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Juez Décimo Cuarto Oral Mercantil Del Primer Partido Judicial Exp: 181/2024

Federal > Tercer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Tercer Circuito de Tercer Circuito
Demandado: Juez Décimo Cuarto Oral Mercantil Del Primer Partido Judicial Del Estado De Jalisco
Materia: Civil
Tipo: Amparo en revisión

RESUMEN: El Expediente 181/2024 en Materia Civil y de tipo Amparo En Revisión en contra de Juez Décimo Cuarto Oral Mercantil Del Primer Partido Judicial Del Estado De Jalisco en el Tercer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Tercer Circuito en Circuito 3 (Jalisco). El Proceso inició el 23 de Abril del 2024 y cuenta con 9 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 181/2024

  • 19 de Febrero del 2025

    Demandado: Juez Décimo Cuarto Oral Mercantil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco

    Mediante el oficio de cuenta, el juzgado de distrito acusa recibo del diverso por el que se remitió copia con firmas electrónicas de la resolución pronunciada por este tribunal en el presente recurso de revisión, así como los autos originales del amparo indirecto del que derivó la sentencia combatida y anexos; por tanto, archívese este toca como asunto concluido. Visto lo de cuenta, se hace constar que no obra agregado documento original alguno exhibido por las partes, además de que se estima que el presente toca carece de relevancia documental, debido a que no se actualiza ninguna de las hipótesis previstas en el artículo 15 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de valoración, destrucción, digitalización, transferencia, resguardo y destino final de los expedientes judiciales generados por los órganos jurisdiccionales; por tanto, en cumplimiento al diverso numeral 17, fracción I, inciso b), del invocado acuerdo, el asunto en que se actúa debe considerarse como CONSERVABLE, por lo que una vez que transcurra el plazo previsto en el citado artículo, procédase a tal cuestión

  • 12 de Febrero del 2025

    Demandado: Juez Décimo Cuarto Oral Mercantil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco

    PRIMERO. Se confirma la sentencia recurrida. SEGUNDO. La Justicia de la Unión ampara y protege a ***, albacea de la sucesión a bienes de ***, contra el acto del Juez Décimo Cuarto Oral Mercantil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, consistente en la interlocutoria de trece de noviembre de dos mil veintitrés, emitida en los autos del juicio oral mercantil ***, de su índice. Por unanimidad de votos

  • 27 de Noviembre del 2024

    Demandado: Juez Décimo Cuarto Oral Mercantil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco

    Agréguese el escrito de ***, parte tercera interesada en el amparo indirecto del que deriva la sentencia recurrida; y como lo solicita se tiene como sus autorizados en amplios términos del artículo 12 de la Ley de Amparo a los profesionistas que refiere, mientras al resto de personas que indica, se les autoriza en los términos restringidos que prevé dicho numeral por así solicitarlo expresamente. Finalmente, de conformidad con los artículos 3°, 26, fracción IV y 30 de la Ley de Amparo, en relación con lo establecido en los numerales 35, 36, 37, 38, 55 y 57 del Acuerdo General 12/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, se ordena autorizar en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes el usuario: ***, a fin de que tenga acceso al expediente electrónico relativo a este asunto y se le practiquen las notificaciones personales que emanen del mismo por vía electrónica, a través del Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación; por tanto, se instruye a la oficial judicial "A", para que proceda a realizar el registro y anotaciones correspondientes en el sistema en cita

  • 22 de Noviembre del 2024

    Demandado: Juez Décimo Cuarto Oral Mercantil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco

    Del contenido del oficio de cuenta, se advierte entre otras cuestiones, en lo que aquí interesa, que de conformidad con el acuerdo general 9/2024, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, el Juzgado Sexto de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado, cambió su denominación y competencia y actualmente se denomina Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, conservando su actual domicilio, jurisdicción territorial y tendrá como nueva competencia la materia civil, por lo que continuara con el trámite del amparo indirecto ***, al cual se le asignó el número ***, de lo que se toma nota para los efectos legales conducentes

  • 21 de Noviembre del 2024

    Demandado: Juez Décimo Cuarto Oral Mercantil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco

    Con el oficio de cuenta, el Secretario Ejecutivo de Adscripción del Consejo de la Judicatura Federal informa que en sesión celebrada el seis de noviembre de dos mil veinticuatro, el Pleno del mencionado Consejo designó a Armando Márquez Álvarez como secretario en funciones de magistrado de circuito, en sustitución del magistrado Álvaro Ovalle Álvarez, a partir del dieciséis de noviembre de este año, y mientras subsistan las condiciones, o hasta que el citado Pleno lo determine. En consecuencia de lo anterior, hágase del conocimiento de las partes que este órgano colegiado a partir de la referida fecha, quedará integrado con el suscrito y con el magistrado Ubaldo García Armas, así como con el secretario en funciones de magistrado de circuito Armando Márquez Álvarez. Consiguientemente, con fundamento en el artículo 101 de la Ley de Amparo, retúrnese el presente asunto al mencionado secretario en funciones de magistrado de circuito, a fin de que en su oportunidad formule el proyecto de resolución correspondiente

  • 10 de Mayo del 2024

    Demandado: Juez Décimo Cuarto Oral Mercantil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco

    Agréguese el escrito de ***, carácter que se le reconoce por así tenerlo acreditado ante el juez federal; y por cuanto a la designación de autorizados que hace, indíquesele que no ha lugar, virtud a que el artículo 12 de la ley de la materia señala que las atribuciones conferidas a los autorizados en amplios términos no podrán ser delegadas ni sustituidas en un tercero. Por otra parte, respecto a las solicitudes que hace, en el sentido de que se le autorice la consulta así como la práctica de notificaciones a través del usuario que refiere, dígasele que no ha lugar, pues si bien conforme con el artículo 35 del Acuerdo General 12/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, las personas autorizadas en términos amplios conforme a la legislación adjetiva correspondiente, pueden hacer tales peticiones, lo cierto es que esto depende de que se incluya expresamente tal facultad; lo que en la especie no aconteció, pues del contenido del escrito en el que se le concedieron la facultades como autorizado en amplios términos del numeral 12 de la invocada ley de la materia, no se aprecia que su autorizante le hubiere otorgado expresamente la facultad para solicitar tales cuestiones. Finalmente, se faculta al ocursante la reproducción electrónica del presente toca mediante cámara fotográfica, escáner o cualquier otro medio de reproducción electrónica similar

  • 09 de Mayo del 2024

    Demandado: Juez Décimo Cuarto Oral Mercantil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco

    Túrnese el presente expediente a la ponencia "a", a cargo del magistrado álvaro ovalle álvarez, para formular el proyecto de resolución correspondiente

  • 30 de Abril del 2024

    Demandado: Juez Décimo Cuarto Oral Mercantil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco

    Agréguese el oficio de la juez Sexta de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado, mediante el cual acusa recibo del diverso con el que se comunicó el proveído que admitió a trámite el presente recurso de revisión, y en atención al requerimiento formulado en ese auto, remite el juicio de amparo indirecto *** y dos cuadernos de pruebas; por tanto, una vez que se dicte la resolución correspondiente en este toca, devuélvase al juzgado federal el juicio mencionado y anexos

  • 23 de Abril del 2024

    Demandado: Juez Décimo Cuarto Oral Mercantil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco

    De conformidad en los artículos 107, fracción VIII, inciso b), último párrafo, de la Constitución General de la República, 80, 81, fracción I, inciso e) de la Ley de Amparo, y 38, fracción V, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el siete de junio de dos mil veintiuno, se admite el recurso de revisión interpuesto por ***, apoderado de ***, tercera interesada en el amparo indirecto del que deriva la resolución recurrida, carácter que se le reconoce por tenerlo acreditado ante el juez federal, contra la sentencia autorizada el veintisiete de febrero de dos mil veinticuatro, por la juez Sexta de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco, en el amparo indirecto ***, en la que concedió el amparo. Dado que el artículo 82 de la Ley de Amparo dispone que la parte que obtuvo resolución favorable puede adherirse a la revisión interpuesta por otra de las partes, notifíqueseles este auto para que de estimar que están en tal hipótesis interpongan recurso de revisión adhesiva, lo cual deberá hacerse dentro del plazo de cinco días a partir de que surta efectos la notificación de este acuerdo... se ordena autorizar en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes el usuario: ***, a fin de que tenga acceso al expediente electrónico relativo a este asunto y se le practiquen las notificaciones personales que emanen del mismo por vía electrónica, a través del Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación; por tanto, se instruye a la oficial judicial "A", para que proceda a realizar el registro y anotaciones correspondientes en el sistema en cita

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