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Julio Cesar Calvario Sánchez | Juez Trigésimo Tercero Familiar Exp: 415/2019

Federal > Juzgado Octavo De Distrito En Materia Civil En El Distrito Federal de Primer Circuito
Actor: Julio Cesar Calvario Sánchez
Demandado: Juez Trigésimo Tercero Familiar Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México
Materia: Civil
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 415/2019 en Materia Civil y de tipo Principal fue promovido por Julio Cesar Calvario Sánchez en contra de Juez Trigésimo Tercero Familiar Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México en el Juzgado Octavo De Distrito En Materia Civil En El Distrito Federal en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 07 de Mayo del 2019 y cuenta con 14 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 415/2019

  • 06 de Diciembre del 2019

    Agréguese a sus autos el oficio de cuenta suscrito por el Juez Trigésimo Tercero Familiar del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México; en atención a su contenido se le tiene acusando recibo del oficio 15336/2019-V, así como del legajo de copias certificadas se le remitió con el mismo, lo anterior para los efectos legales conducentes. Consecuentemente, archívese este expediente como asunto concluido.

  • 28 de Noviembre del 2019

    Vista la certificación que antecede y no apareciendo de autos que se hubiere interpuesto ante este Juzgado recurso de revisión en contra de la sentencia dictada en el presente juicio de garantías, de conformidad con los artículos 81, fracción I, inciso e), 84 y 86, de la Ley de Amparo publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha dos de abril de dos mil trece y con fundamento en el artículo 2o de la propia ley y 356 fracción II del Código Federal de Procedimientos Civiles; se declara que la sentencia dictada en el presente juicio que resolvió: "ÚNICO.- La Justicia de la Unión NO AMPARA NI PROTEGE a ********************por su propio derecho y en su carácter de ********************, contra los actos que reclamó consistente en el proveído de fecha cinco de marzo de dos mil diecinueve, dictado por el JUEZ TRIGÉSIMO TERCERO FAMILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO, en el juicio de controversia del orden familiar expediente número ********************; y, su ejecución atribuida al SUBDIRECTOR DE CONTROL Y EJECUCIÓN DE MULTAS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, por no combatirse por vicios propios.", HA CAUSADO EJECUTORIA; Notifíquese.

  • 04 de Noviembre del 2019

    ÚNICO.- La Justicia de la Unión NO AMPARA NI PROTEGE.

  • 09 de Octubre del 2019

    Visto el estado procesal que guardan los presentes autos, de los que se advierte que está transcurriendo el término para que la parte quejosa se imponga del informe justificado rendido por el Juez responsable en los presentes autos; en consecuencia, se difiere la audiencia señalada para el día de hoy y en su lugar se fijan las DIEZ HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECINUEVE, para su verificativo.

  • 27 de Septiembre del 2019

    Agréguese a sus autos el oficio suscrito por la SECRETARIA DEL JUZGADO DÉCIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, por medio del cual remite el oficio suscrito por el JUEZ TRIGÉSIMO TERCERO DE LO FAMILIAR EN LA CIUDAD DE MÉXICO; en virtud de que no correspondía a dicho juzgado.

  • 17 de Septiembre del 2019

    Vista la certificación que antecede y el estado procesal de autos de los que se advierte que a la fecha la parte quejosa no ha exhibido la garantía que se fijó para que surtiera efectos la suspensión definitiva de los actos reclamados, concedida mediante resolución de tres de septiembre de dos mil diecinueve; por tanto, en cumplimiento a lo ordenado en la misma, hágase del conocimiento de las autoridades responsables que hasta el día de hoy, la impetrante de garantías, no ha exhibido la garantía señalada por este Juzgado Federal a fin de que continuará surtiendo efectos la suspensión definitiva antes aludida.

  • 11 de Septiembre del 2019

    Agréguese a sus autos el oficio suscrito por el Subdirector de Control y Ejecución de Multas del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, por medio del cual rinde su informe justificado que le fue solicitado.

  • 04 de Septiembre del 2019

    R E S U E L V E: UNICO.- Se CONCEDE la suspensión definitiva que solicita la quejosa.

  • 03 de Septiembre del 2019

    Agréguese a sus autos el oficio de cuenta, que suscribe el Juez Trigésimo Tercero de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México; y visto su contenido, se le tiene por rendido el informe previo que le fue solicitado. Con fundamento en el artículo 144 de la Ley de Amparo, dése nueva cuenta en la audiencia incidental.

  • 28 de Agosto del 2019

    Vista la cuenta que antecede, como está ordenado en el cuaderno principal, con fundamento en los artículos 125, 128, 131 y 138, de la Ley de Amparo, con copia del auto de esta fecha y de la demanda de amparo promovida contra actos del Juez Trigésimo Tercero Familiar de la Ciudad de México y Subdirección de Control y Ejecución de Multas Dependiente de la Dirección de Administración Financiera, Dirección Ejecutiva de Recursos Financieros del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, fórmese y tramítese por separado incidente de suspensión, relativo al juicio de amparo 415/2019-V. AUDIENCIA INCIDENTAL. Se fijan las NUEVE HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL TRES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE, para la celebración de la audiencia incidental.

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