Federal
> Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Junta Especial Número 1 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla
Demandado: Tribunal De Arbitraje Del Estado De Puebla
Materia: Laboral
Tipo: Competencia
RESUMEN: El Expediente 1/2018 en Materia Laboral y de tipo Competencia fue promovido por Junta Especial Número 1 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla en contra de Tribunal De Arbitraje Del Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 11 de Abril del 2018 y cuenta con 8 Notificaciones.
Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes
Buscar Antecedentes
Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Recibir notificacionesEs gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Puebla, Puebla, veintiocho de junio de dos mil dieciocho. Téngase por recibido el oficio signado por la responsable, mediante el cual, acusa recibo del testimonio de ejecutoria dictada en el presente asunto. archívese este asunto. tomando en consideración que el mismo no se encuentra contemplado en los supuestos de depuración o destrucción que establece el Acuerdo General 2/2009, de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la Transferencia, Digitalización, Depuración y Destrucción de los Expedientes Generados en los Tribunales Colegiados de Circuito, consérvese íntegramente, tal como lo refiere el Manual para la Organización de los Archivos Judiciales Resguardados por dicha Corte.
Puebla, Puebla, doce de junio de dos mil dieciocho. Téngase por recibido el oficio de los Magistrados Integrantes del Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla, mediante el cual, acusa recibo respecto de las copias certificadas del testimonio de ejecutoria dictado en el presente asunto; lo anterior, para los efectos legales a que haya lugar.
Puebla, Puebla, seis de junio de dos mil dieciocho. se remitió al Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla, copia certificada del testimonio de ejecutoria dictada en el presente asunto y a la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, copia certificada del testimonio de ejecutoria, así como los autos del expediente de origen en tres tomos, sin que a la fecha hayan acusado recibo de los mismos. requiéraseles para que en el término de tres días, lo realicen.
Se declara sin materia el conflicto competencial y se ordena seguir conociendo a la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla.
Puebla, Puebla, veintisiete de abril de dos mil dieciocho. Del estado de autos se advierte que el presente asunto se encuentra turnado a la Secretaria de Tribunal Gilda Herrera Salazar, autorizada por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, para desempeñar las funciones de Magistrada, notificada mediante oficio CCJ/ST/6890/2017, con motivo de la licencia académica otorgada al Magistrado Miguel Ángel Ramos Pérez, del dieciséis al veintisiete de abril del año en curso. Ahora, toda vez que la mencionada licencia fenece el día de hoy; en tales condiciones, se returna el expediente en que se actúa al titular de dicha ponencia Magistrado Miguel Ángel Ramos Pérez, para la formulación del proyecto de resolución.
Puebla, Puebla, veinte de abril de dos mil dieciocho. Del estado de autos, se advierte que la parte
Puebla, Puebla, diecisiete de abril de dos mil dieciocho. Téngase por recibido el escrito de Jorge Efrén Domínguez y Ramírez (parte actora en el juicio de origen); se tienen por hechas sus manifestaciones. Por otra parte, téngasele señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica en su escrito de cuenta. se les tiene por autorizadas en términos amplios del artículo 12 de la Ley de Amparo, por ser parte trabajadora en el juicio laboral de origen a la persona que menciona.
Puebla, Puebla, diez de abril de dos mil dieciocho. Téngase por recibido el oficio signado por los Magistrados Presidente y Representante del Estado del Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla, por el que designa delegados y remite el expediente laboral D-192/2017 en tres tomos, en virtud, de que por resolución de fecha seis de abril de dos mil dieciocho (fojas 2 y 3), determinó que existe un conflicto competencial entre la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla y ese Tribunal de Arbitraje para conocer del juicio laboral promovido por Jorge Efrén Domínguez y Ramírez. ADMISIÓN se admite a trámite el conflicto competencial suscitado entre el Tribunal de Arbitraje y la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje, ambos del Estado de Puebla; se ordena registrarla con el número 1/2018. MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN dese al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a este tribunal la intervención que el numeral de mérito le confiere, y córrasele traslado con los autos que integran el presente asunto, por el término de cinco días, para que se imponga de ellos. Finalmente, una vez que haya transcurrido el término a que se hace referencia en el párrafo que precede, se acordará lo conducente respecto al turno del conflicto que nos ocupa a ponencia, para su resolución. PROTECCIÓN DE DATOS De conformidad con los numerales 16, 68 y 71 de la Ley Federal, así como el diverso 73 de la Ley General, ambas de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se hace de conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación está obligado a proteger los datos personales que obren en su poder, así como a poner a disposición del público y actualizar las versiones públicas de las sentencias que sean de interés público, en las cuales la información clasificada -reservada o confidencial- que obre en la misma no puede ser objeto de publicación.
PoderJudicialVirtual.com
Servicio al Cliente
Información