Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: * * * * *.
Demandado: Junta Especial Número Seis De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3321/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por * * * * * en contra de Junta Especial Número Seis De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 06 de Noviembre del 2023 y cuenta con 4 Notificaciones.
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Actor: * * * * *.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO SEIS DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Vista la certificación, se declara que ha quedado firme el acuerdo donde se sobreseyó este juicio fuera de la audiencia constitucional. Archívese este expediente como asunto totalmente concluido. Debido a que no obran documentos originales en el expediente principal, no se actualiza la obligación de notificar personalmente a las partes para que recuperen este tipo de papeles. NOTIFÍQUESE.
Actor: * * * * *.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO SEIS DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguese a los autos el oficio signado por la Presidenta de la junta responsable, a través del cual rinde su informe justificado y al efecto remite copia certificada de diversas constancias del juicio laboral de origen. SE SOBRESEE EN EL PRESENTE JUICIO FUERA DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. Por tanto, se dejan sin efectos la hora y fecha señaladas para ello. Notifíquese; vía electrónica a la parte quejosa con copia del oficio y anexo de cuenta.
Actor: * * * * *.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO SEIS DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Vista la certificación, y dada la imposibilidad que manifiesta la fedataria adscrita a este juzgado Federal para notificar con efectos de emplazamiento a los terceros interesados referidos; en términos de los artículos 115 y 116 de la Ley de Amparo, por tanto, provéase lo conducente, en su caso, en la audiencia constitucional que se celebre. NOTIFÍQUESE.
Actor: * * * * *.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO SEIS DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .
Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se señalan las nueve horas con veintidós minutos del treinta de noviembre de dos mil veintitrés, para la audiencia constitucional. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, les asiste el carácter de terceros interesados a las mencionadas por la parte quejosa, en virtud de que son las partes demandadas en el juicio laboral de origen. Por ende, con fundamento en los artículos 26, fracción I, inciso b), 115 y 116 de la Ley de Amparo, instrúyase al Actuario adscrito para que emplace a los terceros interesados señalados, en el domicilio que señala la parte quejosa en su escrito inicial de demanda. se acoge la petición de la parte quejosa de oponerse a la publicación de sus datos personales. Por ende, se ordena a la Secretaria encargada de este expediente que lo tome en consideración al momento de elaborar las versiones públicas de las resoluciones; al actuario adscrito, que lo tenga presente al elaborar las síntesis que se publican en las listas correspondientes a este Juzgado, y a la Analista Jurídico del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, que disponga lo conducente en esta plataforma. NOTIFÍQUESE; Y EMPLÁCESE A LOS TERCEROS INTERESADOS.
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