Federal
> Cuarto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Segundo Circuito de Segundo Circuito
Actor: Juzgado Cuarto De Distrito En Materias De Amparo Y De Juicios Federales En El Estado De México
Demandado: Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De México, Con Residencia En Naucalpan De Juárez
Materia: Civil
Tipo: Competencia
RESUMEN: El Expediente 2/2019 en Materia Civil y de tipo Competencia fue promovido por Juzgado Cuarto De Distrito En Materias De Amparo Y De Juicios Federales En El Estado De México en contra de Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De México, Con Residencia En Naucalpan De Juárez en el Cuarto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Segundo Circuito en Circuito 2 (Estado de México). El Proceso inició el 05 de Abril del 2019 y cuenta con 6 Notificaciones.
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Actor: Juzgado Cuarto de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Federales en el Estado de México
Demandado: Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez
Toda vez que este Tribunal Federal declaró que sí existe conflicto competencial entre el Juez Cuarto de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México y el Juez Séptimo de Distrito en el Estado de México con residencia en Naucalpan de Juárez, declarando competente al Juez Séptimo de Distrito en el Estado de México con residencia en Naucalpan de Juárez, para conocer del juicio de amparo indirecto número 202/2019-III; asimismo, se remitió el testimonio de la resolución dictada en este asunto, tanto al Juez Séptimo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, como al Juez Cuarto de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, cuyos acuses de recibo ya obran en el presente asunto; en consecuencia, archívese este asunto como totalmente concluido, previas las anotaciones en el libro de gobierno. Por ello, se concluye que este expediente es susceptible de ser CONSERVABLE
Toda vez que este Tribunal Federal declaró que sí existe conflicto competencial entre el Juez Cuarto de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México y el Juez Séptimo de Distrito en el Estado de México con residencia en Naucalpan de Juárez, declarando competente al Juez Séptimo de Distrito en el Estado de México con residencia en Naucalpan de Juárez, para conocer del juicio de amparo indirecto número 202/2019-III; asimismo, se remitió el testimonio de la resolución dictada en este asunto, tanto al Juez Séptimo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, como al Juez Cuarto de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, cuyos acuses de recibo ya obran en el presente asunto; en consecuencia, archívese este asunto como totalmente concluido, previas las anotaciones en el libro de gobierno. Por ello, se concluye que este expediente es susceptible de ser CONSERVABLE
Si existe conflicto competencial entre las autoridades contendientes y corresponde al juez séptimo de distrito en el estado de méxico, con residencia en naucalpan de juárez el conocimiento y decisión del juicio de amparo
Actor: Juzgado Cuarto de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Federales en el Estado de México
Demandado: Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez
Si existe conflicto competencial entre las autoridades contendientes y corresponde al juez séptimo de distrito en el estado de méxico, con residencia en naucalpan de juárez el conocimiento y decisión del juicio de amparo
SE ADMITE a trámite el presente conflicto competencial; notifíquese lo anterior por medio de lista al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito. Con fundamento en el artículo 183 de la Ley de Amparo, túrnense los presentes autos al Magistrado Javier Cardoso Chávez, para la formulación del proyecto de sentencia respectivo
Actor: Juzgado Cuarto de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Federales en el Estado de México
Demandado: Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez
SE ADMITE a trámite el presente conflicto competencial; notifíquese lo anterior por medio de lista al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito. Con fundamento en el artículo 183 de la Ley de Amparo, túrnense los presentes autos al Magistrado Javier Cardoso Chávez, para la formulación del proyecto de sentencia respectivo
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