Federal
> Décimo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: * * * * *.
Demandado: Juzgado Octavo De Distrito En Materia Civil En La Ciudad De México .
Materia: Civil
Tipo: Queja
RESUMEN: El Expediente 229/2022 en Materia Civil y de tipo Queja fue promovido por * * * * * en contra de Juzgado Octavo De Distrito En Materia Civil En La Ciudad De México en el Décimo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 04 de Julio del 2022 y cuenta con 6 Notificaciones.
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JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, ACUSA RECIBO DE LA COMUNICACIÓN 4035/2022 GIRADA POR ESTE TRIBUNAL COLEGIADO. ESTE EXPEDIENTE ES SUSCEPTIBLE DE DESTRUCCIÓN, ARCHÍVESE EL PRESENTE ASUNTO COMO TOTAL Y DEFINITIVAMENTE CONCLUIDO
JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, INFORMA QUE EN CUMPLIMIENTO A LO REQUERIDO, POR DIVERSO DE OFICIO REMITIÓ LAS CONSTANCIAS QUE TUVO A LA VISTA PARA EMITIR EL ACUERDO DE VEINTISIETE DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIDÓS; LO ANTERIOR, ÚNICAMENTE PARA QUE OBRE COMO CORRESPONDA TODA VEZ QUE POR DIVERSO AUTO DE CINCO DE JULIO DEL AÑO EN CURSO, SE TUVO POR RECIBIDAS LAS MISMAS
SE DECLARA INFUNDADO EL RECURSO DE QUEJA. NOTIFÍQUESE; CON TESTIMONIO DE ESTA RESOLUCIÓN AL JUEZ DE DISTRITO Y EN SU OPORTUNIDAD, ARCHÍVESE EL PRESENTE EXPEDIENTE COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO
SE ADMITE A TRÁMITE EL RECURSO DE QUEJA. TÚRNENSE LOS PRESENTES AUTOS AL MAGISTRADO VÍCTOR HUGO DÍAZ ARELLANO
SE ADVIERTE QUE LA PARTE RECURRENTE INTERPONE RECURSO DE QUEJA, TODA VEZ QUE ESTE TRIBUNAL COLEGIADO DEBE TENER A LA VISTA LAS CONSTANCIAS NECESARIAS PARA PODER DICTAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE; DADA LA NATURALEZA DEL ACTO RECLAMADO SE SOLICITA AL JUEZ OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA QUE DE MANERA INMEDIATA, REMITA EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, DE SU ÍNDICE, LAS DOCUMENTALES REMITIDAS POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES EN DICHO ASUNTO, ASÍ COMO TODAS LAS CONSTANCIAS QUE TUVO A LA VISTA PARA DICTAR EL ACUERDO DE VEINTISIETE DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIDÓS, O EN SU CASO, INFORME LA IMPOSIBILIDAD QUE TIENE PARA HACERLO
DEL ESCRITO DE AGRAVIOS QUE SE ANALIZA, SE ADVIERTE QUE LA RECURRENTE INTERPONE RECURSO DE QUEJA. SIN EMBARGO, DEL LEGAJO QUE EN COPIA CERTIFICADA SE ACOMPAÑÓ CON EL INFORME RENDIDO POR LA JUEZ OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, SE OBSERVA QUE NO OBRAN LAS CONSTANCIAS DE NOTIFICACIÓN A LAS PARTES DEL AUTO QUE DIO TRÁMITE AL RECURSO DE QUEJA; EN TAL VIRTUD, A FIN DE ACORDAR LO CONDUCENTE RESPECTO DEL MEDIO DE IMPUGNACIÓN QUE SE ANALIZA, SE SOLICITA AL JUEZ DE DISTRITO DE REFERENCIA QUE DADA LA NATURALEZA DEL ASUNTO DE QUE SE TRATA, REMITA COPIA CERTIFICADA DE LAS NOTIFICACIONES REALIZADAS A LAS PARTES DE LA FORMA EN QUE LO HUBIERE ORDENADO, DE MANERA INMEDIATA, A EFECTO DE QUE ESTE TRIBUNAL COLEGIADO ESTÉ EN APTITUD DE PODER DETERMINAR LO CONDUCENTE. SE AUTORIZA AL USUARIO QUE CITA AL ACCESO EXPEDIENTE ELECTRÓNICO Y A EJERCER SU MANDATO POR DICHA VÍA; ADEMÁS, COMO LO SOLICITA EXPRESAMENTE, LAS NOTIFICACIONES AÚN LAS DE CARÁCTER PERSONAL SE REALIZARÁN DE FORMA ELECTRÓNICA. SE TRANSITA EL PRESENTE ASUNTO AL ESQUEMA DE ACTUACIÓN DESDE EL PORTAL DE SERVICIO EN LÍNEA. SE HACE DEL CONOCIMIENTO TANTO DE LA PARTE QUEJOSA, COMO DE LA PARTE TERCERA INTERESADA, QUE TIENEN UN TÉRMINO DE TRES DÍAS, PARA MANIFESTAR, RESPECTIVAMENTE, SI OTORGAN SU CONSENTIMIENTO A FIN DE PERMITIR EL ACCESO A SU INFORMACIÓN CONFIDENCIAL; DE NO HACERLO, SE ENTENDERÁ SU OPOSICIÓN AL REFERIDO ACCESO. PARA MEJORAR LA COMUNICACIÓN CON LA PARTE TERCERA INTERESADA, SE LE EXHORTA A QUE, DE ESTIMARLO PERTINENTE, TRANSITE SU ASUNTO AL ESQUEMA DE ACTUACIÓN DESDE EL PORTAL DE SERVICIO EN LÍNEA, PARA ELLO, SU REPRESENTANTE O EL AUTORIZADO EN TÉRMINOS AMPLIOS DEL ARTÍCULO 12 DE LA LEY DE AMPARO, DEBERÁ SOLICITAR DE MANERA EXPRESA LA CONSULTA DEL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO Y LA PRÁCTICA DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS
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