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. | Juzgado Primero De Distrito En Materia Extinción Dominio Con Exp: 75/2025

Federal > Décimo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: * * * * *.
Demandado: Juzgado Primero De Distrito En Materia De Extinción De Dominio Con Competencia En La República Mexicana Y Especializado En Juicios Orales Mercantiles En El Primer Circuito Con Sede En La Ciudad De México .
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 75/2025 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por * * * * * en contra de Juzgado Primero De Distrito En Materia De Extinción De Dominio Con Competencia En La República Mexicana Y Especializado En Juicios Orales Mercantiles En El Primer Circuito Con Sede En La Ciudad De México en el Décimo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 22 de Enero del 2025 y cuenta con 1 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 75/2025

  • 22 de Enero del 2025

    Actor: * * * * *.

    Demandado: JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO CON COMPETENCIA EN LA REPÚBLICA MEXICANA Y ESPECIALIZADO EN JUICIOS ORALES MERCANTILES EN EL PRIMER CIRCUITO CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO .

    SE ORDENA LA VINCULACIÓN DEL CITADO JUICIO PARA LA SUBSTANCIACIÓN DEL JUICIO DE AMPARO DIRECTO QUE NOS OCUPA, SE ADMITE A TRÁMITE LA DEMANDA DE AMPARO. SIN QUE EN EL PRESENTE ASUNTO LE ASISTA EL CARÁCTER DE TERCERO INTERESADO A PERSONA ALGUNA, POR LO QUE EN EL SORTEO QUE PROCEDA TÚRNENSE LOS PRESENTES AUTOS A LA PONENCIA QUE CORRESPONDA. SE AUTORIZA AL ACCESO DEL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO; ADEMÁS, COMO LO SOLICITA EXPRESAMENTE, LAS NOTIFICACIONES AÚN LAS DE CARÁCTER PERSONAL SE REALIZARÁN DE FORMA ELECTRÓNICA. POR LO ANTERIOR, SE TRANSITA EL PRESENTE ASUNTO AL ESQUEMA DE ACTUACIÓN DESDE EL PORTAL DE SERVICIO EN LÍNEA, A TRAVÉS DEL USUARIO QUE INDICA LA PARTE QUEJOSA EN SU DEMANDA DE AMPARO. SE TIENE AL PROMOVENTE PROPORCIONANDO UNA DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO COMO FORMA DE COMUNICACIÓN NO PROCESAL, MISMA QUE DE MANERA EXCEPCIONAL Y DE SER NECESARIA SE LE HARÁ SABER POR ESE MEDIO EL CONTENIDO DE ALGUNA DETERMINACIÓN QUE EMITA ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL; LA CUAL NO PODRÁ SER CONSIDERADO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES. HÁGASE DEL CONOCIMIENTO, POR MEDIO DE LISTA, LA PRESENTE DETERMINACIÓN A LA AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN ADSCRITA, QUEDANDO A SU DISPOSICIÓN EN LA ACTUARÍA DE ESTE TRIBUNAL COPIA DE LA DEMANDA DE AMPARO. SE HACE DEL CONOCIMIENTO A LA QUEJOSA, QUE TIENE UN TÉRMINO DE TRES DÍAS, PARA MANIFESTAR SI OTORGA SU CONSENTIMIENTO A FIN DE PERMITIR EL ACCESO A SU INFORMACIÓN CONFIDENCIAL; DE NO HACERLO, SE ENTENDERÁ SU OPOSICIÓN AL REFERIDO ACCESO

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