Federal
> Décimo Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: * * * * *.
Demandado: Juzgado Segundo De Distrito Del Centro Auxiliar De La Primera Region Con Residencia En La Ciudad De Mexico .
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo en revisión
RESUMEN: El Expediente 63/2025 en Materia Administrativa y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por * * * * * en contra de Juzgado Segundo De Distrito Del Centro Auxiliar De La Primera Region Con Residencia En La Ciudad De Mexico en el Décimo Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 22 de Enero del 2025 y cuenta con 1 Notificaciones.
Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes
Buscar Antecedentes
Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Recibir notificacionesEs gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Actor: * * * * *.
Demandado: Juzgado Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Region con residencia en la Ciudad de Mexico .
Por recibido el oficio de cuenta, mediante el cual se remiten dos oficios de expresión de agravios y los autos del incidente de suspensión del juicio de amparo mencionado. SE ADMITEN los recursos de revisión que interponen el Gobernador Constitucional; y la Directora General del Instituto Nayarita de Cultura Física y Deporte del Gobierno; ambos del Estado de Nayarit, en contra de la interlocutoria de siete de marzo de dos mil veinticuatro, dictada en los autos del incidente de suspensión del juicio de amparo mencionado. En cumplimiento al ordinal 82 de la Ley de Amparo, se da vista a la parte que tenga interés jurídico en que subsista el acto reclamado, en el juicio de amparo indirecto del que deriva el presente recurso, y se le informa que está en posibilidad de promover recurso de revisión adhesivo en el plazo de cinco días contados a partir del día siguiente al en que surta sus efectos la notificación del presente proveído, como lo prevén los preceptos 22 y 31 de la citada ley. NOTIFÍQUESE POR LISTA ELECTRÓNICA; Y ELECTRÓNICAMENTE AL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN ADSCRITO.
PoderJudicialVirtual.com
Servicio al Cliente
Información