Federal
> Décimo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: * * * * *.
Demandado: Juzgado Tercero De Distrito En Materia Civil En La Ciudad De México .
Materia: Civil
Tipo: Amparo en revisión
RESUMEN: El Expediente 273/2022 en Materia Civil y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por * * * * * en contra de Juzgado Tercero De Distrito En Materia Civil En La Ciudad De México en el Décimo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 30 de Agosto del 2022 y cuenta con 8 Notificaciones.
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A SUS AUTOS ÚNICAMENTE PARA QUE OBRE COMO CORRESPONDA EL OFICIO DEL JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, POR MEDIO DEL CUAL ACUSA RECIBO DEL DIVERSO OFICIO 6534/2022 GIRADO POR ESTE TRIBUNAL COLEGIADO; LO ANTERIOR, TODA VEZ QUE EN PROVEÍDO DE TRECE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS, SE DETERMINÓ QUE COMO DEL SELLO RECEPTOR DE LA CITADA AUTORIDAD FEDERAL AL OFICIO QUE SE LE ENVIÓ SE ADVERTÍA QUE SI SE HABÍAN RECEPCIONADO LAS ACTUACIONES REMITIDAS, RESULTABA INNECESARIO EL REQUERIMIENTO RESPECTIVO Y COMO CONSECUENCIA, SE ORDENÓ SU ARCHIVO CORRESPONDIENTE. DEVUÉLVASE LOS PRESENTES AUTOS AL ARCHIVO
A SUS AUTOS EL OFICIO DEL DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO, DÍGASE AL TRIBUNAL COLEGIADO OFICIANTE QUE, EN PROVEÍDO DE VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO, SE ADMITIÓ A TRÁMITE EL PRESENTE RECURSO DE REVISIÓN, Y EN RESOLUCIÓN DE NUEVE DE NOVIEMBRE DE LOS CORRIENTES SE CONFIRMÓ LA RESOLUCIÓN RECURRIDA Y SE NEGÓ EL AMPARO A LA RECURRENTE, LO CUAL SE HACE DE SU CONOCIMIENTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. DEVUÉLVASE LOS PRESENTES AUTOS AL ARCHIVO
JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, NO HA ACUSADO RECIBO DEL OFICIO 6534/2022 GIRADO POR ESTE TRIBUNAL COLEGIAOD; SIN EMBARGO, DEL SELLO RECEPTOR DE LA CITADA AUTORIDAD FEDERAL SE ADVIERTE QUE ÉSTA SI RECEPCIONÓ DICHAS ACTUACIONES. ESTE EXPEDIENTE ES SUSCEPTIBLE DE DEPURACIÓN, ARCHÍVESE EL PRESENTE ASUNTO COMO TOTAL Y DEFINITIVAMENTE CONCLUIDO
CONFIRMA Y NIEGA
A SUS AUTOS EL ESCRITO DE CUENTA; DÍGASE AL RECURRENTE QUE SE ESTÉ A LO ACORDADO EN PROVEÍDO DE OCHO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, EN EL CUAL SE ORDENÓ TURNAR EL PRESENTE AL MAGISTRADO CORRESPONDIENTE. DEVUÉLVANSE LOS PRESENTES AUTOS A LA PONENCIA DEL SUSCRITO MAGISTRADO PRESIDENTE
TÚRNENSE LOS PRESENTES AUTOS AL SUSCRITO MAGISTRADO PRESIDENTE PARA QUE FORMULE EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE
A SUS AUTOS EL ESCRITO PRESENTADO POR LA QUEJOSA; DÍGASE AL RECURRENTE QUE SE ESTÉ A LO ACORDADO EN PROVEÍDO DE VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO, EN EL CUAL SE ADMITIÓ EL PRESENTE RECURSO DE REVISIÓN Y NO EL RECURSO DE REVISIÓN, COMO INCORRECTAMENTE LO MENCIONA
SE ADMITE A TRÁMITE EL RECURSO EN CUESTIÓN. OBRA OTRO ESCRITO DE LA PARTE QUEJOSA ARRIBA SEÑALADA; TÉNGASE POR FORMULADOS LOS ALEGATOS QUE HACE VALER, LAS CUALES SERÁN TOMADAS EN CONSIDERACIÓN, SI ASÍ PROCEDIERE, AL MOMENTO DE PRONUNCIARSE LA EJECUTORIA CORRESPONDIENTE. SE LE AUTORIZA AL ACCESO DEL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO Y A EJERCER SU MANDATO POR DICHA VÍA; ADEMÁS, COMO LO SOLICITA EXPRESAMENTE, LAS NOTIFICACIONES AÚN LAS DE CARÁCTER PERSONAL SE REALIZARÁN DE FORMA ELECTRÓNICA. SE HACE DEL CONOCIMIENTO TANTO DE LA PARTE QUEJOSA, COMO DE LA PARTE TERCERA INTERESADA, QUE TIENEN UN TÉRMINO DE TRES DÍAS, PARA MANIFESTAR, RESPECTIVAMENTE, SI OTORGAN SU CONSENTIMIENTO A FIN DE PERMITIR EL ACCESO A SU INFORMACIÓN CONFIDENCIAL; DE NO HACERLO, SE ENTENDERÁ SU OPOSICIÓN AL REFERIDO ACCESO. PARA MEJORAR LA COMUNICACIÓN CON LAS PARTES, SE LES EXHORTA A QUE, DE ESTIMARLO PERTINENTE, TRANSITEN SU ASUNTO AL ESQUEMA DE ACTUACIÓN DESDE EL PORTAL DE SERVICIOS EN LÍNEA, PARA ELLO LAS PARTES, SUS REPRESENTANTES O EL AUTORIZADO EN TÉRMINOS AMPLIOS DEL ARTÍCULO 12 DE LA LEY DE AMPARO, DEBERÁN SOLICITAR DE MANERA EXPRESA LA CONSULTA DEL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO Y LA PRÁCTICA DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS
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