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Lázaro Enrique Quiñones Rodríguez | Andrés Manuel López Exp: 946/2019

Federal > Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Lázaro Enrique Quiñones Rodríguez
Demandado: Andrés Manuel López Obrador, Presidente De Los Estados Unidos Mexicanos, Con Sede En México Distrito Federal
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 946/2019 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Lázaro Enrique Quiñones Rodríguez en contra de Andrés Manuel López Obrador, Presidente De Los Estados Unidos Mexicanos, Con Sede En México Distrito Federal en el Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 15 de Agosto del 2019 y cuenta con 37 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 946/2019

  • 15 de Febrero del 2021

    Reynosa, Tamaulipas, a doce de febrero de dos mil veintiuno. Vista la certificación secretarial que antecede, se advierte que ha transcurrido el plazo de diez días a que se refiere el artículo 86 de la Ley de Amparo, sin que la parte quejosa, que es a quien le pudo irrogar agravios la sentencia, la haya recurrido; en consecuencia, con fundamento en el artículo 356, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se declara que dicha sentencia de veintidós de enero de dos mil veintiuno, que sobreseyó en el presente juicio, HA CAUSADO EJECUTORIA para todos los efectos legales procedentes. Sin que sea obstáculo a lo anterior, el hecho que a la fecha no se cuente con el acuse de recibo del oficio con el cual se notificó la sentencia a las autoridades responsables domiciliadas fuera de la sede de este órgano judicial, toda vez que no afecta los actos a ella atribuidos, por lo que en términos del artículo 87 de la Ley de Amparo, no se actualiza la hipótesis de procedencia del aludido recurso de revisión.

  • 25 de Enero del 2021

    R E S U E L V E: PRIMERO. Se sobresee en este juicio de amparo promovido por Lázaro Enrique Quiñónes Rodríguez, respecto de los actos reclamados, a las autoridades responsables precisadas en esta resolución SEGUNDO. La presente resolución será publicable en términos de la consideración última del presente fallo.

  • 11 de Diciembre del 2020

    Reynosa, Tamaulipas, a diez de diciembre de dos mil veinte. Vista la certificación secretarial que antecede, se desprende la imposibilidad de celebrar la audiencia constitucional señalada para el día de hoy, en virtud de que la autoridad responsable Comisionado de la Policía Federal, con sede en la Ciudad de México, no ha rendido su informe solicitado. Ahora, en esta propia fecha se manda agregar a los autos para que obre como corresponda, el oficio 6779/2020, dirigido al Comisionado de la Policía Federal, con sede en la Ciudad de México, devuelto por el Servicio Postal Mexicano, por las razones que se asientan en el sobre postal que lo contiene; en consecuencia, de conformidad con el artículo 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se concede a la parte quejosa el término de tres días, computado legalmente a partir de su notificación, para que realice la manifestación que a su interés convenga, apercibido que de ser omisa, se suspenderá todo tipo de comunicación con la autoridad de trato, y se tendrá por inexistente. Por tanto, para dar oportunidad a lo anterior, se difiere la audiencia constitucional señalada para esta fecha y se fijan las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL VEINTIDÓS DE ENERO DE DOS MIL VEINTIUNO, para que tenga verificativo. Notifíquese, y personalmente a la parte quejosa. ...

  • 27 de Noviembre del 2020

    Reynosa, Tamaulipas, a veintiséis de noviembre de dos mil veinte. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el oficio 401/19/1800, firmado por la Directora de Amparos en ausencia de la Titular de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobernación, en representación del Presidente de la República, con sede en la Ciudad de México, en representación del Presidente de la República, con sede en la Ciudad de México, por medio del cual acusa recibo del oficio 6775/2020, que contiene el acuerdo de cuatro de agosto de dos mil veinte, en el que se reanudó el procedimiento del presente asunto, refiere lo recibió el veinte de noviembre del año en curso; al respecto, tómese nota y agréguese a los autos, para que obre como corresponda.

  • 05 de Noviembre del 2020

    Reynosa, Tamaulipas, cuatro de noviembre de dos mil veinte. Ténganse por recibido el oficio INM/OSCJ/DAJ/AMP/1575/2020, signado por la Subdirectora de Juicios de Amparo del Instituto Nacional de Migración, con sede en Ciudad de México, por medio del cual en atención al requerimiento formulado en auto de once de septiembre del año en curso, informa que el uno del mismo mes y año, quedó notificado del auto por el cual se reanudo el procedimiento del presente expediente. En tales condiciones, téngasele dando cumplimiento a dicho requerimiento y tómese nota de lo anterior para los efectos legales conducentes.

  • 28 de Octubre del 2020

    Reynosa, Tamaulipas, veintisiete de octubre de dos mil veinte. Vista la certificación secretarial que antecede, se desprende la imposibilidad de celebrar la audiencia constitucional señalada para el día de hoy, en virtud de que la autoridad responsable foránea Comisionado de la Policía Federal, con sede en la Ciudad de México, no ha rendido su informe justificado, sin que obre en autos constancia de la notificación del proveído por el cual se le requirió. Por tanto, para dar oportunidad a lo anterior, se difiere la audiencia constitucional y se fijan las DIEZ HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL DIEZ DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE, para que tenga verificativo la misma.

  • 23 de Octubre del 2020

    Reynosa, Tamaulipas, veintidós de octubre de dos mil veinte. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el oficio signado por el Jefe de la Unidad Jurídica de la Secretaria de Marina, con sede en la Ciudad de México, mediante el cual acusa recibo del oficio 6778/2020, a través del cual se le informa la reanudación de plazos y el regreso escalonado de los órganos jurisdiccionales ante la contingencia por el virus COVID-19, recibido en esa Secretaría, el veintiocho de agosto de dos mil veinte; en consecuencia, tómese nota de su contenido, para los efectos legales inherentes.

  • 22 de Octubre del 2020

    Reynosa, Tamaulipas, veintiuno de octubre de dos mil veinte. Ténganse por recibido el oficio 401/19/1800, signado electrónicamente por la Directora de Amparos de la Unidad de Asuntos de la Secretaría de Gobernación, en representación de la autoridad responsable Presidente de la República, residente en la Ciudad de México, por medio del cual en atención al requerimiento formulado en proveídos de once y veintiuno de septiembre pasado, acusa recibo de la notificación de dichos proveídos. De igual manera, informa que después de realizar una búsqueda en los archivos con que cuenta dicha dependencia, no encontró registro alguno de recibo de la diversa comunicación oficial 6775/2020, de cuatro de agosto del año en curso, por el cual se reanudó el procedimiento en el presente asunto.

  • 20 de Octubre del 2020

    Reynosa, Tamaulipas, diecinueve de octubre de dos mil veinte. Ténganse por recibido el oficio AMP-PENAL 23667, signado por el Jefe de la Sección de Amparo de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaria de la Defensa Nacional, con sede en Ciudad de México, por medio del cual, en cumplimiento a lo solicitado en autos, informa que el catorce de octubre de la anualidad, recibió el oficio 6777/2020, por medio del cual se le hizo de su conocimiento la reanudación del procedimiento del presente expediente; por lo que, tómese nota de lo anterior para los efectos legales conducentes.

  • 09 de Octubre del 2020

    TENGASE POR RECIBIDO EL OFICIO SIGNADO POR EL DIRECTOR JURIDICO Y DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA, CON SEDE EN VICTORIA, TAMAULIPAS...

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