Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Leonardo Daniel ángeles Huerta .
Demandado: Junta Especial Número Cuatro De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México Y Otros.. | Actuario Adscrito A La Junta Especial Número Cuatro De La Local De Conciliación Y Arbitraje De La Ciudad De México (actualmente Junta Especial "b" De La Local De Conciliación Y Arbitraje De La Ciudad De México) .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3713/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Leonardo Daniel Ángeles Huerta en contra de Junta Especial Número Cuatro De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México Y Otro en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 30 de Noviembre del 2023 y cuenta con 13 Notificaciones.
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Actor: Leonardo Daniel Ángeles Huerta .
Demandado: Actuario adscrito a la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México (Actualmente Junta Especial "B" de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México) .
SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA AL QUEJOSO EL PROVEÍDO DE VEINTIDÓS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO: "Vista la certificación. Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. se llega a la conclusión que el cumplimiento de la sentencia de amparo ha quedado sin materia, pues la nueva situación jurídica que impera en el expediente laboral no puede ser modificada por los efectos del fallo protector. archívese el expediente como asunto totalmente concluido. este expediente deberá conservarse en el archivo de este Juzgado por el término de tres años y es susceptible de conservación. este expediente no es de relevancia documental. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA."
Actor: Leonardo Daniel Ángeles Huerta .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CUATRO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Vista la certificación. Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. se llega a la conclusión que el cumplimiento de la sentencia de amparo ha quedado sin materia, pues la nueva situación jurídica que impera en el expediente laboral no puede ser modificada por los efectos del fallo protector. archívese el expediente como asunto totalmente concluido. este expediente deberá conservarse en el archivo de este Juzgado por el término de tres años y es susceptible de conservación. este expediente no es de relevancia documental. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Leonardo Daniel Ángeles Huerta .
Demandado: Actuario adscrito a la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México (Actualmente Junta Especial "B" de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México) .
SE NOTIFICA POR LISTA A LA PARTE QUEJOSA, EL ACUERDO DE CINCO DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO: "Agréguese a los autos el oficio signado por la autoridad responsable, mediante el cual informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA."
Actor: Leonardo Daniel Ángeles Huerta .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CUATRO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguese a los autos el oficio signado por la autoridad responsable, mediante el cual informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Leonardo Daniel Ángeles Huerta .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CUATRO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguese a los autos el oficio signado por la Presidenta de la Junta Especial "B" (antes Número Cuatro) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, pretende atender el requerimiento de trece de marzo del año en curso, y al efecto, remite copia certificada de la diligencia de trece de marzo de dos mil veinticuatro, relativa al juicio laboral de origen; de lo que se toma conocimiento. SE REQUIERE a la Junta Especial "B" (antes Número Cuatro) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, para que dentro del plazo legal de TRES DÍAS... Se apercibe. NOTIFÍQUESE.
Actor: Leonardo Daniel Ángeles Huerta .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CUATRO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Vista la certificación. Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. Revisadas las actuaciones allegadas por la autoridad responsable en el juicio de amparo en que se actúa, se llega a la conclusión de que no obran constancias suficientes para determinar que la sentencia de amparo haya sido cumplida. SE REQUIERE a la Junta Especial "B" (antes Número Cuatro) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, para que dentro del plazo legal de TRES DÍAS... Se apercibe. NOTIFÍQUESE.
Actor: Leonardo Daniel Ángeles Huerta .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CUATRO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguese a los autos el oficio signado por la autoridad responsable, mediante el cual informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Leonardo Daniel Ángeles Huerta .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CUATRO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguese a los autos el oficio signado por la Presidenta de la Junta Especial Número "B" de la Local Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México (antes Número Cuatro), mediante el cual atiende el requerimiento contenido en proveído de treinta y uno de enero del año en curso; y al efecto, remite copia con firmas autógrafas del proveído de ocho de febrero de dos mil veinticuatro, dictado en el juicio laboral de origen, del que se advierte que la autoridad responsable comisionó al actuario adscrito a efecto de que notifique a las partes el auto de nueve de noviembre de dos mil veintitrés; o bien, manifiesta la imposibilidad que tenga para ello; de lo que se toma conocimiento. tomando en consideración que la fecha señalada para el desahogo de la prueba testimonial ofrecida por la demandada en el juicio de origen, se llevaría a cabo el día de la fecha; se REQUIERE a la Junta Especial "B" de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México (Número Cuatro), para que dentro del plazo legal TRES DÍAS... Se apercibe. NOTIFÍQUESE.
Actor: Leonardo Daniel Ángeles Huerta .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CUATRO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Vista la certificación, se declara que la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, ha causado ejecutoria. SE REQUIERE. Se apercibe. NOTIFÍQUESE.
Actor: Leonardo Daniel Ángeles Huerta .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CUATRO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
VISTOS PARA RESOLVER: PRIMERO. SE SOBRESEE EN EL JUICIO DE AMPARO. SEGUNDO. SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL A LA PARTE QUEJOSA. NOTIFÍQUESE.
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