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Leydi Espino Osorio | Titular De La Oficina Representación Del Exp: 1080/2022

Federal > Juzgado Primero De Distrito En Materia Administrativa En El Estado De Nuevo León de Cuarto Circuito
Actor: Leydi Espino Osorio
Demandado: Titular De La Oficina De Representación Del Instituto Nacional De Migración En Guadalupe, Nuevo León | Director De La Estación Migratoria, Con Domicilio En Guadalupe, Nuevo León
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 1080/2022 en Materia Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Leydi Espino Osorio en contra de Titular De La Oficina De Representación Del Instituto Nacional De Migración En Guadalupe, Nuevo León en el Juzgado Primero De Distrito En Materia Administrativa En El Estado De Nuevo León en Circuito 4 (Nuevo León). El Proceso inició el 06 de Julio del 2022 y cuenta con 4 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 1080/2022

  • 29 de Julio del 2022

    Actor: Leydi Espino Osorio

    Demandado: DIRECTOR DE LA ESTACIÓN MIGRATORIA, CON DOMICILIO EN GUADALUPE, NUEVO LEÓN

    Infórmesele al Secretario adscrito al Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León, que mediante auto del día cinco de julio de dos mil veintidós, se determinó la incompetencia para conocer de la presente demanda constitucional por conocimiento previo,

  • 18 de Julio del 2022

    Actor: Leydi Espino Osorio

    Demandado: TITULAR DE LA OFICINA DE REPRESENTACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN EN GUADALUPE, NUEVO LEÓN

    El Juzgado Tercero en Materia Administrativa en el Estado de Nuevo León, comunica el acuerdo de siete de julio del año en curso, en el que ordenó la remisión de los autos del juicio de amparo 1097/2022 de su índice, promovido por Leydi Espino Osorio, contra actos del Instituto Nacional de Migración en el Estado de Nuevo León, asimismo, rechazó conocer de la citada demanda remitida por conocimiento previo respecto de los actos reclamados. Incompetencia. Este órgano jurisdiccional carece de competencia legal, por razón de materia, para resolver la pretensión planteada por la promovente del amparo, puesto que, por la naturaleza de los actos reclamados, se estima que quien debe conocer de la presente demanda es el Juez de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León, en turno

  • 08 de Julio del 2022

    Actor: Leydi Espino Osorio

    Demandado: TITULAR DE LA OFICINA DE REPRESENTACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN EN GUADALUPE, NUEVO LEÓN

    Se notifica por lista de acurdos a la parte quejosa, por conducto de su representante legal, la determinacion de cinco de julio de dos mil veintidos

  • 06 de Julio del 2022

    Actor: Leydi Espino Osorio

    Demandado: TITULAR DE LA OFICINA DE REPRESENTACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN EN GUADALUPE, NUEVO LEÓN

    Vista la demanda promovida por Mario Alejandro Camacho Mina, en representación de Leydi Espino Osorio, en contra de las autoridades que describe en su escrito de demanda; fórmese expediente; captúrese su ingreso en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE); anótese su ingreso en el Libro de Gobierno de este juzgado y regístrese con el número de juicio de amparo 1080/2022. Incompetencia. Criterio general de relación, por conocimiento previo. Al analizar en su integridad la demanda de amparo, se estima que el órgano judicial que debe conocer de este asunto, lo es el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Nuevo León. Determinación sobre la competencia por criterio general de vinculación en razón de turno

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