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Loreto Molina Medellín. | Octava Sala Unitaria En Materias Exp: 742/2015

Federal > Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Loreto Molina Medellín.
Demandado: Octava Sala Unitaria En Materias Civil Y Familiar Del Supremo Tribunal De Justicia Del Estado .
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 742/2015 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Loreto Molina Medellín en contra de Octava Sala Unitaria En Materias Civil Y Familiar Del Supremo Tribunal De Justicia Del Estado en el Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 30 de Septiembre del 2015 y cuenta con 16 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 742/2015

  • 01 de Septiembre del 2016

    Reynosa, Tamaulipas, treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis Téngase por recibido el oficio 183, enviado por la Comisionada a la Secretaría de Acuerdos de la Octava Sala Unitaria en Materias Civil y Familiar, con sede en Victoria, Tamaulipas, mediante el cual solicita le sean devueltos los autos originales del toca 73/2014, que remitió como complemento a su informes justificado. En mérito de lo anterior, toda vez que de autos se desprende que mediante proveído de quince de junio del presente año, se ordenó la devolución del expediente 285/2005, a la autoridad responsable Juez Primero de Primera Instancia de lo Familiar del Quinto Distrito Judicial del Estado, con sede en esta ciudad, en virtud de que el presente juicio se encuentra totalmente concluido, sin que a la fecha haya acusado el recibo correspondiente; con fundamento en lo dispuesto por el artículo 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, requiérase a la citada responsable, para que en el plazo de tres días, computado legalmente, acuse el recibo de estilo correspondiente; asimismo, deberá devolver el toca 73/2014, a la Octava Sala Unitaria en Materias Civil y Familiar, con sede en Vitoria, Tamaulipas, en virtud de que le resulta necesario para concluir el mismo; en la inteligencia que deberá remitir copia certificada de las constancias con las que acredite tal cuestión.

  • 13 de Julio del 2016

    Visto lo de cuenta, téngase por recibido el oficio 160, enviado por la Secretaria de Acuerdos de la Octava Sala de lo Familiar del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, con sede en Victoria, Tamaulipas, a través del cual se le tiene acusando recibo del oficio 2979/2016-II, de quince de junio del año en curso, con el cual se le comunicó la ejecutoria causada en este expediente y en donde se ordenó el archivo; agréguese a los autos para que obre como corresponda.

  • 22 de Enero del 2016

    Agréguese a los autos para que obre como en derecho corresponda, el oficio 071/2016, signado por el Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito, con sede en Reynosa, Tamaulipas, mediante el cual informa la admisión a trámite del recurso de revisión hecho valer por ********************, en contra de la sentencia dictada el doce de noviembre de dos mil quince, quedando registrado como amparo en revisión 008/2016. De lo anterior tómese nota para los efectos legales a que haya lugar, y se está a la espera de la resolución relativa al aludido medio de impugnación.

  • 18 de Enero del 2016

    Vista la certificación que antecede, se desprende que el plazo de cinco días que se le concedió a la parte quejosa para que presentara la garantía exigida en resolución de trece de mayo de dos mil quince, transcurrió del veintiuno al veintiocho de diciembre de dos mil quince, tomando como base la notificación realizada el diecisiete de diciembre pasado (foja 79), sin que exista constancia alguna que acredite haber dado cumplimiento a dicho requerimiento; por tanto, se hace efectivo el apercibimiento decretado en la aludida resolución, por lo que con fundamento en el artículo 136, párrafo segundo, de la Ley de Amparo, procede dejar sin efectos la suspensión definitiva concedida. Lo anterior, hágase del conocimiento de las autoridades responsables por oficio y con transcripción del presente auto, de conformidad con el artículo 26, fracción II, inciso a), de la Ley de Amparo vigente, para los efectos legales a que haya lugar. Finalmente, téngase por recibido el oficio 19430/2015-V, enviado por el Secretario del Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con sede en Victoria, a través del cual se le tiene acusando recibo del exhorto 1494/2015/II/A, del índice de este juzgado; agréguese únicamente para que obre como corresponda el oficio de referencia, toda vez que el once de enero de dos mil quince, se acordó respecto de la devolución del referido exhorto.

  • 12 de Enero del 2016

    acusese recibo de oficio...

  • 18 de Diciembre del 2015

    Visto lo de cuenta, téngase por recibido el oficio 43344/2015, enviado por el Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con sede en Victoria, a través del cual se le tiene acusando recibo del exhorto 1405/2015/II/A, del índice de este juzgado, que le fue remitido para notificar a la parte quejosa LORETO MEDINA MEDELLÍN, el acuerdo de veintiocho de octubre del año en curso; al efecto, agréguese el oficio de cuenta sólo para que obre como corresponda, toda vez que en proveído de ocho de diciembre pasado, se tuvo por devuelto como diligenciado el referido exhorto.

  • 15 de Diciembre del 2015

    Téngase por recibido el oficio 316, signado por la Comisionada a la Secretaría de acuerdos de la Octava Sala Unitaria en Materias Civil y Familiar del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, con sede en Victoria, Tamaulipas, mediante el cual se le tiene informado que se da por notificada de la sentencia dictada por este órgano jurisdiccional el doce de noviembre de dos mil quince; por tanto, agréguese a los autos del juicio de amparo en que se actúa sólo para que obre como corresponda.

  • 09 de Diciembre del 2015

    ...AGRÉGUESE EL OFICIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS, MEDIANTE EL CUAL DEVUELVE DILIGENCIADO EL EXHORTO...

  • 02 de Diciembre del 2015

    TENGASE POR RECIBIDO EL ESCRITO DEL QUEJOSO LORETO MEDINA MEDELLIN...A TRAVES DEL CUAL INTERPONE RECUROS DE REVISION...

  • 26 de Noviembre del 2015

    Téngase por recibido el escrito signado por ********************, autorizado de la parte quejosa en amplios términos del artículo 12 de la Ley de Amparo; atento a su contenido, téngasele señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en ********************, por lo que las subsecuentes notificaciones de carácter personal practíquensele en dicho domicilio.

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