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Luis Antonio Nájera Vázquez | Procurador General De Justicia Exp: 339/2016

Federal > Juzgado Primero De Distrito De Amparo Y Juicios Federales En El Estado De Chiapas, Con Residencia En Tuxtla Gutiérrez de Vigésimo Circuito
Actor: Luis Antonio Nájera Vázquez
Demandado: Procurador General De Justicia Del Estado.- Ciudad
Materia: Penal, Laboral, Civil, Familiar, Administrativa o Fiscal
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 339/2016 en Materia Penal, Laboral, Civil, Familiar, Administrativa o Fiscal y de tipo Principal fue promovido por Luis Antonio Nájera Vázquez en contra de Procurador General De Justicia Del Estado.- Ciudad en el Juzgado Primero De Distrito De Amparo Y Juicios Federales En El Estado De Chiapas, Con Residencia En Tuxtla Gutiérrez en Circuito 20 (Chiapas). El Proceso inició el 08 de Abril del 2016 y cuenta con 6 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 339/2016

  • 10 de Mayo del 2016

    Se ordena el archivo de este expediente y se determina que es susceptible de depuración, pues se concedió la suspensión provisional, por lo que en su momento únicamente se dejerán para su conservación las actuaciones relativas al otorgamiento de la medida cautelar y se destruirán el resto de las actuaciones por considerarse que no tienen relevancia documental para su conservación.-

  • 10 de Mayo del 2016

    Ha causado ejecutoria la sentencia dictada en el presente juicio de garantías.- Archívese el presente como asunto concluido.- Este expediente es susceptible de destrucción y una vez que transcurran tres años deberá transferirse al Centro Archivístico Judicial.-

  • 10 de Mayo del 2016

    Ha causado ejecutoria la sentencia dictada en el presente juicio de garantías.- Archívese el presente como asunto concluido.- Este expediente es susceptible de destrucción y una vez que transcurran tres años deberá transferirse al Centro Archivístico Judicial.-

  • 10 de Mayo del 2016

    Se ordena el archivo de este expediente y se determina que es susceptible de depuración, pues se concedió la suspensión provisional, por lo que en su momento únicamente se dejerán para su conservación las actuaciones relativas al otorgamiento de la medida cautelar y se destruirán el resto de las actuaciones por considerarse que no tienen relevancia documental para su conservación.-

  • 08 de Abril del 2016

    Decision.- unica. Se sobresee en el presente juicio de amparo *****.-

  • 08 de Abril del 2016

    Actor: Luis Antonio Nájera Vázquez

    Demandado: Procurador General de Justicia del Estado.- Ciudad

    Decision.- unica. Se sobresee en el presente juicio de amparo *****.-

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