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Luis Conde Durán. | Tercera Sala Civil Del Tribunal Superior De Exp: 429/2020

Federal > Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Luis Conde Durán.
Demandado: Tercera Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México .
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 429/2020 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Luis Conde Durán en contra de Tercera Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México en el Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 22 de Octubre del 2020 y cuenta con 12 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 429/2020

  • 04 de Junio del 2021

    Se hace constar que ya transcurrió el plazo de quince días con que cuenta la parte quejosa para interponer el recurso de inconformidad, contra la resolución que tuvo por cumplida la ejecutoria de amparo; en consecuencia, se tiene por consentido el acuerdo de referencia y archívese este expediente como asunto concluido. Depúrese. Notifíquese.

  • 21 de Mayo del 2021

    Agréguese el oficio proveniente de la Tercera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, por medio del cual acusa recibo de la resolución dictada en el presente asunto, de lo que se toma conocimiento. Notifíquese.

  • 07 de Mayo del 2021

    Se declara cumplida la ejecutoria de amparo. Notifíquese, personalmente a la parte quejosa y por lista a la parte tercera interesada.

  • 30 de Abril del 2021

    Agréguese el escrito presentado vía electrónica por la tercera interesada ***, a través del cual hace diversas manifestaciones respecto del cumplimiento que dictó la autoridad responsable, lo que se tomara en consideración por el Secretario correspondiente, una vez que sea calificado el cumplimiento dado a la ejecutoria de amparo. Notifíquese.

  • 22 de Abril del 2021

    Agréguese el escrito presentado vía electrónica por los quejosos ***, a través de su mandataria ***, a través del cual hace diversas manifestaciones respecto del cumplimiento que dictó la autoridad responsable, lo que se tomará en consideración por el Secretario correspondiente, una vez que sea calificado el cumplimiento dado a la ejecutoria de amparo. Notifíquese.

  • 15 de Abril del 2021

    Agréguese el oficio proveniente de la Tercera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, al que anexa el auto de nueve de abril del año en curso, donde hace del conocimiento a este tribunal colegiado la nueva integración de los magistrados de dicha sala. Notifíquese.

  • 14 de Abril del 2021

    Agréguense los oficios del índice de la Tercera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México al que anexa copia certificada de la resolución dictada en cumplimiento a la ejecutoria de amparo pronunciada por este Tribunal Colegiado. En consecuencia, dese vista a las partes para que en un plazo de diez días manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que una vez que transcurra, se efectuará el pronunciamiento respecto del cumplimiento dado al fallo protector. Notifíquese y personalmente a las partes.

  • 08 de Abril del 2021

    Agréguese el oficio mediante el cual acusa recibo del oficio de este índice, mediante el cual se le remitió testimonio de la ejecutoria, así como los autos y documentos que envió con su informe justificado. Asimismo, se tiene a la oficiante informando el auto de cinco de abril del año en curso, dictado en toca ***/2020, en el cual dejó insubsistente la sentencia reclamada en cumplimiento a la ejecutoria emitida por este órgano colegiado. Se tiene a la autoridad oficiante informando las gestiones que realiza para dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo. Notifíquese.

  • 12 de Marzo del 2021

    Agréguese el escrito presentado por los quejosos ***, a través de su mandataria ***. Como lo solicita el promovente, se autoriza a la persona que señala para que para que por medio del usuario proporcionado, realice la consulta vía internet del expediente electrónico. Asimismo, se tiene por proporcionado el correo electrónico del promovente; a efecto de que en caso de ser necesario, se utilice esta herramienta para la atención del justiciable. NOTIFÍQUESE VÍA ELECTRÓNICA AL USUARIO PROPORCIONADO POR EL PROMOVENTE.

  • 02 de Marzo del 2021

    PRIMERO. La Justicia de la Unión AMPARA Y PROTEGE. SEGUNDO. Se requiere a la autoridad responsable para que dentro del plazo concedido en esta ejecutoria informe sobre su cumplimiento.

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