Federal
> Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Luis Farid Faz Compean.
Demandado: Junta Especial Número 60 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje, Ciudad .
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 1937/2022 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Luis Farid Faz Compean en contra de Junta Especial Número 60 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje, Ciudad en el Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 06 de Septiembre del 2022 y cuenta con 2 Notificaciones.
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Reynosa, Tamaulipas, doce de septiembre de dos mil veintidós. Visto lo de cuenta, téngase por recibido y agréguese al juicio de amparo en que se actúa para que obre como en derecho corresponda, el informe justificado rendido por la autoridad responsable Junta Especial número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en esta ciudad, por conducto de su Presidente; ahora bien, de las constancias con las que apoya su informe justificado se advierte que se actualiza una causal de improcedencia en este juicio. .. Por tanto, es claro que el estado de incertidumbre en que se encontraba la parte quejosa, generado por el hecho de que no se había acordado el escrito de que se viene hablando, desapareció el veinte de marzo de dos mil veinte, pues en esa fecha se dictó el acuerdo correspondiente, se reitera, con anterioridad a la fecha en que presentó la demanda de amparo, circunstancia que implica por lógica consecuencia, que para cuando se promovió este juicio de amparo no existía ese acto reclamado, surtiéndose la hipótesis contemplada en la fracción IV, del artículo 63, de la ley reglamentaria del juicio constitucional, por lo que, como se dijo, lo procedente es decretar el sobreseimiento fuera de audiencia respecto del acto reclamado en el presente juicio de amparo. .. En consecuencia, archívense las actuaciones como asunto totalmente concluido, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 214 de la Ley de Amparo, interpretado en sentido contrario. ... Notifíquese personalmente. ...
Reynosa, Tamaulipas, cinco de septiembre de dos mil veintidós. AdmisiónVista la demanda de amparo promovida por Luis Farid Faz Compean, contra el acto de la Junta Especial número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje, residente en esta ciudad; por tanto, con fundamento en los artículos 103, fracción I, y 107, fracciones I, VII y XV de la Constitución Federal, en relación con los diversos numerales 1, 33, fracción IV, 35, 37, 107, fracción V, 108, 112 y 115 de la Ley de Amparo, se admite a trámite la demanda, la cual queda registrada en el Libro Uno de Juzgado y en el sistema integral de seguimiento de expedientes con el número 1937/2022-II, por ser el ordinal progresivo que le corresponde; sin tramitar incidente de suspensión en virtud de no haber sido solicitado. Audiencia Constitucional Se señalan las ONCE HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL DIECINUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS, para que tenga verificativo el desahogo de la audiencia constitucional en el presente juicio. ... Por lo que hace al tercero interesado, una vez que la autoridad responsable rinda su informe justificado se proveerá lo conducente, a fin de tener plena certeza del acto reclamado y del carácter que en su caso, aquél pueda tener en el juicio laboral de origen. Intervención de la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita Asimismo, como lo dispone el numeral 5, fracción IV, de la Ley de Amparo, dése a la agente del Ministerio Público de la Federación adscrita a este juzgado, la intervención que legalmente le corresponde; en la inteligencia de que en términos del artículo 110 de la ley de la materia, deberá entregársele copia simple de la demanda de amparo, por conducto del Actuario de la adscripción, o en su caso, podría ser recogida en la secretaría correspondiente, en uno u otro caso, deberá dejarse constancia legal de su recibo. ..Notifíquese. ...
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