Federal
> Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Chihuahua de Décimo Séptimo Circuito
Actor: Luís Gerardo Molinar Varela
Demandado: Congreso Del Estado De Chihuahua Y Otros
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 145/2018 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Luís Gerardo Molinar Varela en contra de Congreso Del Estado De Chihuahua Y Otro en el Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Chihuahua en Circuito 17 (Chihuahua). El Proceso inició el 02 de Marzo del 2018 y cuenta con 14 Notificaciones.
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Actor: Luís Gerardo Molinar Varela
Demandado: Congreso del Estado de Chihuahua y Otros
se declara que la misma causa ejecutoria. Archívese como asunto concluido. Se hace la precisión de que este expediente es depurable, una vez que transcurran cinco años
se declara que la misma causa ejecutoria. Archívese como asunto concluido. Se hace la precisión de que este expediente es depurable, una vez que transcurran cinco años
PRIMERO. Se sobresee en el juicio de amparo 145/2018-III, respecto de los actos atribuidos a las autoridades responsables Gobernador Constitucional, Secretario General de Gobierno y Secretario de Hacienda, todos del Estado de Chihuahua, y Recaudador de Rentas en Ciudad Juárez, Chihuahua, por los motivos expresados en los considerandos segundo y cuarto de esta resolución. SEGUNDO. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a *****************************, por los actos reclamados del Congreso del Estado de Chihuahua, por las razones expuestas en el último considerando de esta sentencia
Actor: Luís Gerardo Molinar Varela
Demandado: Congreso del Estado de Chihuahua
PRIMERO. Se sobresee en el juicio de amparo 145/2018-III, respecto de los actos atribuidos a las autoridades responsables Gobernador Constitucional, Secretario General de Gobierno y Secretario de Hacienda, todos del Estado de Chihuahua, y Recaudador de Rentas en Ciudad Juárez, Chihuahua, por los motivos expresados en los considerandos segundo y cuarto de esta resolución. SEGUNDO. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a *****************************, por los actos reclamados del Congreso del Estado de Chihuahua, por las razones expuestas en el último considerando de esta sentencia
Ciudad Juárez, Chihuahua, diez de abril de dos mil dieciocho. Con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, agréguese el informe justificado rendido por el Secretario de Asuntos Interinstitucionales del Congreso del Estado de Chihuahua, con sede en la capital de esta entidad federativa, con el cual se da vista a las partes para que manifiesten lo que a sus intereses convenga, sin perjuicio de relacionarlo en la audiencia constitucional
Actor: Luís Gerardo Molinar Varela
Demandado: Congreso del Estado de Chihuahua
Ciudad Juárez, Chihuahua, diez de abril de dos mil dieciocho. Con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, agréguese el informe justificado rendido por el Secretario de Asuntos Interinstitucionales del Congreso del Estado de Chihuahua, con sede en la capital de esta entidad federativa, con el cual se da vista a las partes para que manifiesten lo que a sus intereses convenga, sin perjuicio de relacionarlo en la audiencia constitucional
Ciudad Juárez, Chihuahua, seis de abril de dos mil dieciocho. Con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, agréguese el informe justificado rendido por la Consultora Jurídica del Departamento Jurídico Fiscal, en representación de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo en el Estado de Chihuahua, con sede en la capital de esta entidad federativa, y del Recaudador de Rentas en el Municipio de Juárez, con el cual se da vista a las partes para que manifiesten lo que a sus intereses convenga, sin perjuicio de relacionarlo en la audiencia constitucional
Actor: Luís Gerardo Molinar Varela
Demandado: Congreso del Estado de Chihuahua
Ciudad Juárez, Chihuahua, seis de abril de dos mil dieciocho. Con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, agréguese el informe justificado rendido por la Consultora Jurídica del Departamento Jurídico Fiscal, en representación de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo en el Estado de Chihuahua, con sede en la capital de esta entidad federativa, y del Recaudador de Rentas en el Municipio de Juárez, con el cual se da vista a las partes para que manifiesten lo que a sus intereses convenga, sin perjuicio de relacionarlo en la audiencia constitucional
Ciudad Juárez, Chihuahua, cuatro de abril de dos mil dieciocho. Con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, agréguense los informes justificados rendidos por el Director General de Normatividad de la Secretaría General de Gobierno, en representación del Secretario de dicha dependencia y del titular del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, todos con sede en la capital de esta entidad federativa, con los cuales se da vista a las partes para que manifiesten lo que a sus intereses convenga, sin perjuicio de relacionarlos en la audiencia constitucional
Actor: Luís Gerardo Molinar Varela
Demandado: Congreso del Estado de Chihuahua
Ciudad Juárez, Chihuahua, cuatro de abril de dos mil dieciocho. Con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, agréguense los informes justificados rendidos por el Director General de Normatividad de la Secretaría General de Gobierno, en representación del Secretario de dicha dependencia y del titular del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, todos con sede en la capital de esta entidad federativa, con los cuales se da vista a las partes para que manifiesten lo que a sus intereses convenga, sin perjuicio de relacionarlos en la audiencia constitucional
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