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Luis Morán Arciniega . | Junta Especial Número Ocho De La Exp: 3576/2023

Federal > Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Luis Morán Arciniega .
Demandado: Junta Especial Número Ocho De La Federal De Conciliación Y Arbitraje Y Otros..
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 3576/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Luis Morán Arciniega en contra de Junta Especial Número Ocho De La Federal De Conciliación Y Arbitraje Y Otro en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 21 de Noviembre del 2023 y cuenta con 7 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 3576/2023

  • 01 de Febrero del 2024

    Actor: Luis Morán Arciniega .

    Demandado: Junta Especial Número Ocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..

    Vista la certificación. Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. se considera cumplida la sentencia de amparo, sin que se advierta exceso o defecto en su cumplimiento. archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido. este expediente deberá conservarse en el archivo de este Juzgado por el término de tres años y es susceptible de conservación. este expediente no es de relevancia documental. NOTIFÍQUESE; Y POR LISTA A LA PARTE QUEJOSA.

  • 19 de Enero del 2024

    Actor: Luis Morán Arciniega .

    Demandado: Junta Especial Número Ocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje .

    Se declara que la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, ha causado ejecutoria. Agréguese a los autos el oficio de la Presidenta de la Junta Especial Número Ocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje, informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; Y POR LISTA A LA PARTE QUEJOSA.

  • 02 de Enero del 2024

    Actor: Luis Morán Arciniega .

    Demandado: Junta Especial Número Ocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..

    VISTOS PARA RESOLVER: ÚNICO. SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL A LA PARTE QUEJOSA. NOTIFÍQUESE.

  • 08 de Diciembre del 2023

    Actor: Luis Morán Arciniega .

    Demandado: Junta Especial Número Ocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..

    Agréguese a los autos la promoción electrónica remitida por el Juzgado Decimotercero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, por el cual devuelve diligenciado el exhorto 187/2023-II, derivado del expediente en que se actúa, que el juzgado exhortante registró con el número de exhorto 476/2023 (número de orden 677/2023). En esas condiciones, se tiene por emplazada a la parte tercera interesada, al presente juicio. Sin que haya lugar acusar el recibo correspondiente, toda vez que así lo indica el Juzgado exhortado. NOTIFÍQUESE.

  • 28 de Noviembre del 2023

    Actor: Luis Morán Arciniega .

    Demandado: Junta Especial Número Ocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..

    Agréguese a los autos el oficio signado por la Presidenta de la Junta Federal responsable, mediante el cual rinde su informe justificado y al efecto remite copia certificada de diversas constancias relativas al juicio laboral; en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónese en la audiencia constitucional. NOTIFÍQUESE.

  • 27 de Noviembre del 2023

    Actor: Luis Morán Arciniega .

    Demandado: Junta Especial Número Ocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..

    Agréguese a los autos el escrito signado electrónicamente por la apoderada legal del tercero interesado, personalidad que se le reconoce en términos del documento que exhibe para tal efecto, el cual manifiesta bajo protesta de decir verdad que es copia íntegra e inalterada de su original; y en atención a su contenido, se le tiene por apersonado en el presente juicio de amparo. se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica. Asimismo, téngase como sus autorizados a las personas que refiere; en el entendido de que gozaran de facultades amplias siempre y cuando estén registradas sus cédulas profesionales en el Sistema Computarizado para el Registro Único de Profesionales del Derecho, ante los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, o en su caso, proporcionen el número de su cédula profesional que los faculte para ejercer la profesión de licenciados en derecho. Asimismo, se tiene por señalado el correo electrónico que proporciona la parte tercero-interesada, para los efectos legales a los que haya lugar. vista la certificación secretarial que antecede, únicamente se tiene por señalado el nombre de usuario que proporciona, el cual se encuentra registrado en el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación, toda vez que no solicitó expresamente la consulta del expediente vía electrónica, ni las notificaciones por el mismo medio. NOTIFÍQUESE.

  • 21 de Noviembre del 2023

    Actor: Luis Morán Arciniega .

    Demandado: Junta Especial Número Ocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..

    Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se señalan las nueve horas con treinta y dos minutos del quince de diciembre de dos mil veintitrés, para la audiencia constitucional. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de terceros interesados a los indicados por la parte quejosa. Por ende, con fundamento en los artículos 26, fracción I, inciso b), 115 y 116 de la Ley de Amparo, instrúyase al Actuario adscrito para que emplace a la tercero interesada, en el domicilio que señala la parte quejosa en su escrito inicial de demanda. considerando que el domicilio señalado por la parte quejosa para emplazar ... se ubica fuera de la jurisdicción de este juzgado, gírese atento exhorto vía electrónica al Juez de Distrito en el Estado de México, con Residencia en Naucalpan de Juárez, en Turno a fin de que se sirva emplazar al tercero interesado de referencia, en el domicilio QUE SE INDICA. Notifíquese; y emplácese a los terceros interesados como se indica.

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