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Luisa López De La Torre . | Junta Especial Número Dieciocho De Exp: 3297/2023

Federal > Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Luisa López De La Torre .
Demandado: Junta Especial Número Dieciocho De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 3297/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Luisa López De La Torre en contra de Junta Especial Número Dieciocho De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 06 de Noviembre del 2023 y cuenta con 9 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 3297/2023

  • 07 de Mayo del 2024

    Actor: Luisa López de la Torre .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECIOCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .

    Agréguese a los autos el oficio signado por el Actuario Judicial del Octavo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, en atención a su solicitud y a la información de cuenta, envíese al superior de instancia, copia certificada de las constancias descritas en la certificación que antecede. devuélvase al archivo el presente expediente. NOTIFÍQUESE.

  • 12 de Febrero del 2024

    Actor: Luisa López de la Torre .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECIOCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .

    Vista la certificación. Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. se considera cumplida la sentencia de amparo, sin que se advierta exceso o defecto en su cumplimiento. archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido. este expediente deberá conservarse en el archivo de este Juzgado por el término de tres años y es susceptible de conservación. este expediente no es de relevancia documental. NOTIFÍQUESE; VÍA ELECTRÓNICA A LA PARTE QUEJOSA.

  • 02 de Febrero del 2024

    Actor: Luisa López de la Torre .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECIOCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .

    Agréguese a los autos el oficio de la autoridad responsable, mediante el cual informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; VÍA ELECTRÓNICA A LA PARTE QUEJOSA.

  • 18 de Enero del 2024

    Actor: Luisa López de la Torre .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECIOCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .

    Agréguese a los autos el oficio signado por el Presidente y Secretaria Jurídica de la Junta Especial "I" (antes Número Dieciocho) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, atienden el requerimiento de tres de enero de dos mil veinticuatro, hacen del conocimiento el contenido del acuerdo de quince de enero de dos mil veinticuatro. SE REQUIERE a la Junta Especial "I" (antes Número Dieciocho) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, para que dentro del plazo legal de TRES DÍAS, realice lo siguiente: . . . Se apercibe. NOTIFÍQUESE.

  • 04 de Enero del 2024

    Actor: Luisa López de la Torre .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECIOCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .

    Vista la certificación, se declara que la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, ha causado ejecutoria. SE REQUIERE. Se apercibe. NOTIFÍQUESE.

  • 01 de Diciembre del 2023

    Actor: Luisa López de la Torre .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECIOCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .

    VISTOS PARA RESOLVER: ÚNICO. SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA DE LA UNIÓN A LA PARTE QUEJOSA. NOTIFÍQUESE.

  • 17 de Noviembre del 2023

    Actor: Luisa López de la Torre .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECIOCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .

    Agréguese el oficio remitido por la autoridad responsable, mediante el cual, rinde informe justificado; en su apoyo, adjunta copia relativa al juicio natural; en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónense en la audiencia constitucional. Notifíquese.

  • 15 de Noviembre del 2023

    Actor: Luisa López de la Torre .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECIOCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .

    SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA CON EFECTOS DE EMPLAZAMIENTO A LA PARTE TERCERA INTERESADA EL ACUERDO DE TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS: "Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las ONCE HORAS CON CUATRO MINUTOS DEL TREINTA DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de tercera interesada a las señaladas por la parte quejosa. Por ende, con fundamento en los artículos 115 y 116 de la Ley de Amparo, instrúyase al Actuario adscrito para que las emplace en el domicilio que se señala para tal efecto en la demanda. Notifíquese; y emplácese."

  • 06 de Noviembre del 2023

    Actor: Luisa López de la Torre .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECIOCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .

    Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las ONCE HORAS CON CUATRO MINUTOS DEL TREINTA DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de tercera interesada a las señaladas por la parte quejosa. Por ende, con fundamento en los artículos 115 y 116 de la Ley de Amparo, instrúyase al Actuario adscrito para que las emplace en el domicilio que se señala para tal efecto en la demanda. Notifíquese; y emplácese.

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