Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Ma. De Los ángeles López Sánchez .
Demandado: Cámara De Senadores Del Congreso De La Unión Y Otros..
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3474/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Ma. De Los Ángeles López Sánchez en contra de Cámara De Senadores Del Congreso De La Unión Y Otro en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 13 de Noviembre del 2023 y cuenta con 12 Notificaciones.
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Actor: Ma. de los Ángeles López Sánchez .
Demandado: Cámara de Senadores del Congreso de la Unión y Otros..
Agréguese a los autos los oficios de cuenta provenientes del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, por medio de los cuales, acusa recibo de los autos originales. se advierte que se avocó al conocimiento del asunto. Archívese este expediente como asunto totalmente concluido. En razón de que no obran documentos originales en este cuaderno de antecedentes, no se actualiza la obligación de notificar personalmente a la parte quejosa para que recupere este tipo de papeles. Notifíquese.
Actor: Ma. de los Ángeles López Sánchez .
Demandado: Cámara de Senadores del Congreso de la Unión y Otros..
Agréguese a los autos el oficio del Decimocuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, mediante el cual envía testimonio de la ejecutoria dictada en el amparo en revisión RA. 21/2024, en la que se determinó: "PRIMERO. Se REVOCA la sentencia recurrida. SEGUNDO. Se declara legalmente competente al Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, para conocer del juicio de amparo indirecto... contra la Cámara de Diputados y Cámara de Senadores del Congreso de la Unión y otros." Asimismo, devuelve los autos originales del juicio de amparo 3474/2023-IV; en esas circunstancias, acúsese recibo de estilo al superior jerárquico vía interconexión, e infórmese lo anterior a las autoridades responsables, con copia de la ejecutoria de mérito. atento a lo determinado por la superioridad, el conocimiento de este asunto corresponde a un Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México. Remítase este expediente a dicho Juzgado y solicítese atentamente el acuse de recibo correspondiente y el informe de la determinación recaída al respecto. Notifíquese.
Actor: Ma. de los Ángeles López Sánchez .
Demandado: Cámara de Senadores del Congreso de la Unión y Otros..
Agréguese el oficio proveniente del Decimocuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito; por el cual, comunica el proveído de trece de febrero de este año, dictado en el expediente RA. 21/2024, por el que admitió a trámite el recurso de revisión; de lo que se toma conocimiento para los efectos legales a que haya lugar. Notifíquese.
Actor: Ma. de los Ángeles López Sánchez .
Demandado: Cámara de Senadores del Congreso de la Unión y Otros..
Agréguese la promoción signada electrónicamente por el autorizado de la parte quejosa, por el que interpone recurso de revisión contra la sentencia dictada por este juzgado. se tiene por interpuesto el recurso de revisión en contra de la sentencia dictada en autos. Córrase traslado a las partes con copia de la promoción que lo contiene. en virtud de que este juzgado cuenta con el Expediente Electrónico que contiene las diversas actuaciones que se encuentran en el presente juicio de amparo, además de no desperdiciar recursos materiales ni humanos y equilibrar la carga de trabajo con la que cuenta este juzgado; por consiguiente se ordena formar el expediente de antecedentes sólo con la copia del auto de admisión de demanda, para que el original expediente del presente juicio de amparo pueda ser enviado al Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, que por razón de turno toque conocer del citado recurso de revisión. Con independencia de lo anterior, instrúyase a la encargada del Sistema Integral de Expedientes, que habilite la consulta del expediente electrónico al Tribunal que conozca del asunto. Se ordena a la Secretaria de cuenta que verifique la integridad del expediente electrónico. una vez que obren en autos las constancias de notificación del presente proveído, remítanse los autos originales del expediente en que se actúa, el escrito de presentación de agravios, con copia para el Agente del Ministerio Público Federal adscrito, a la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Primer Circuito, a fin de que lo remita al Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, en turno, para la sustanciación del recurso de mérito. Notifíquese.
Actor: Ma. de los Ángeles López Sánchez .
Demandado: Cámara de Senadores del Congreso de la Unión y Otros..
VISTOS PARA RESOLVER: PRIMERO. Se SOBRESEE en el juicio. SEGUNDO. Se NIEGA el amparo y protección de la Justicia Federal a la parte quejosa. Notifíquese.
Actor: Ma. de los Ángeles López Sánchez .
Demandado: Cámara de Senadores del Congreso de la Unión y Otros..
Agréguese el oficio remitido por la autoridad responsable, mediante él rinde su informe justificado; en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónense en la audiencia constitucional. Con fundamento en el artículo 9 de la Ley de Amparo, se tienen como delegados a las personas que refiere en el oficio que se provee; asimismo, por señalado el domicilio que indica para oír y recibir notificaciones, siempre y cuando se trate del oficial. Se tienen por anunciadas las pruebas que indica de las que se proveerá su admisión y desahogo en la audiencia constitucional. con relación a las causales de sobreseimiento de que invoca, dígasele que será objeto de estudio en la sentencia que, en su caso, se dicte en el presente juicio de amparo. Notifíquese.
Actor: Ma. de los Ángeles López Sánchez .
Demandado: Cámara de Senadores del Congreso de la Unión y Otros..
Agréguese el oficio remitido por la autoridad responsable, mediante él rinde su informe justificado; en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónense en la audiencia constitucional. Con fundamento en el artículo 9 de la Ley de Amparo, se tienen como delegados a las personas que refiere en el oficio que se provee; asimismo, por señalado el domicilio que indica para oír y recibir notificaciones, siempre y cuando se trate del oficial. con relación a las causales de sobreseimiento de que invoca, dígasele que será objeto de estudio en la sentencia que, en su caso, se dicte en el presente juicio de amparo. Notifíquese.
Actor: Ma. de los Ángeles López Sánchez .
Demandado: Cámara de Senadores del Congreso de la Unión y Otros..
Visto el estado que guarda el presente juicio de amparo y la certificación que antecede, SE DIFIERE la audiencia constitucional señalada para el día de hoy, fijándose en su lugar las DIEZ HORAS CON CUARENTA Y CUATRO MINUTOS DEL DOCE DE ENERO DE DOS MIL VEINTICUATRO, para que tenga lugar su celebración. Notifíquese.
Actor: Ma. de los Ángeles López Sánchez .
Demandado: Cámara de Senadores del Congreso de la Unión y Otros..
Agréguese el oficio remitido por la autoridad responsable, mediante él rinde su informe justificado; en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónense en la audiencia constitucional. Con fundamento en el artículo 9 de la Ley de Amparo, se tienen como delegados a las personas que refiere en el oficio que se provee; asimismo, por señalado el domicilio que indica para oír y recibir notificaciones, siempre y cuando se trate del oficial. con relación a las causales de sobreseimiento de que invoca, dígasele que será objeto de estudio en la sentencia que, en su caso, se dicte en el presente juicio de amparo. Notifíquese.
Actor: Ma. de los Ángeles López Sánchez .
Demandado: Cámara de Senadores del Congreso de la Unión y Otros..
Agréguese el oficio remitido por la autoridad responsable, mediante él rinde su informe justificado; en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónense en la audiencia constitucional. Con fundamento en el artículo 9 de la Ley de Amparo, se tienen como delegados a las personas que refiere en el oficio que se provee; asimismo, por señalado el domicilio que indica para oír y recibir notificaciones, siempre y cuando se trate del oficial. Se tienen por señalados el número de teléfono y correo electrónico que indica, para entablar comunicaciones no procesales, en términos del artículo 22, fracción II, del Acuerdo General 21/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal. con relación a las causales de sobreseimiento de que invoca, dígasele que será objeto de estudio en la sentencia que, en su caso, se dicte en el presente juicio de amparo. Notifíquese.
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