Federal
> Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Macedonia Blanco Cayetano
Demandado: Representante Legal De La Empresa Productiva Del Estado, Comision Federal De Electricidad, Distribucion | Comision Federal De Electricidad, Suministrador De Servicios Basicos En Tampico, Tam | Macedonia Blanco Cayetano | Comision Federal De Electricidad, Suministrador De Servicios Basicos En Tampico, Tam. Y Otros
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Procesos civiles o administrativos
RESUMEN: El Expediente 25/2023 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Procesos Civiles O Administrativos fue promovido por Macedonia Blanco Cayetano en contra de Representante Legal De La Empresa Productiva Del Estado, Comision Federal De Electricidad, Distribucion en el Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 17 de Mayo del 2023 y cuenta con 23 Notificaciones.
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Actor: Macedonia Blanco Cayetano
Demandado: Representante Legal de la Empresa Productiva del Estado, Comision Federal de Electricidad, Distribucion
con fundamento en los artículos 1055 y 1066 del Código de Comercio, agréguense a los autos los oficios remitidos vía interconexión del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE), por la Secretaria de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito, con sede en Ciudad Victoria, Tamaulipas, y en atención a su contenido, téngasele al superior jerárquico informando que se admitieron las demandas de amparo promovidas por las partes, en contra de la sentencia dictada el siete de mayo de dos mil veinticuatro, lo anterior para los efectos legales a que haya lugar
Actor: Macedonia Blanco Cayetano
Demandado: Comision Federal de Electricidad, Suministrador de Servicios Basicos En Tampico, Tam
agréguese a los autos el escrito de la apoderada de la parte demandada Comisión Federal de Electricidad Suministrador de Servicios Básicos Empresa Productiva Subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad. Ahora bien, como lo solicita se tiene únicamente como usuario para tener acceso al expediente electrónico el indicado en el ocurso de cuenta, sin que ello implique que las notificaciones que deriven del presente expediente se realicen por la vía electrónica, mismas que deberán realizarse en el domicilio señalado por la ocursante
Actor: Macedonia Blanco Cayetano
Demandado: Macedonia Blanco Cayetano
agréguese a sus antecedentes para que obre como en derecho corresponda, el escrito del autorizado de la parte actora; y en atención a su contenido, dígasele que tiene expedito su derecho para acudir a los autos del expediente a fin de obtener la información que requiere
Actor: Macedonia Blanco Cayetano
Demandado: Comision Federal de Electricidad, Suministrador de Servicios Basicos En Tampico, Tam
CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 27 DE LA LEY DE AMPARO, SE NOTIFICA CON EFECTOS DE EMPLAZAMIENTO A LA PARTE TERCERO INTERESADA MACEDONIA BLANCA CAYETANO Y/O MACEDONIA BLANCO C. (PARTE ACTORA EN EL JUICIO ORAL MERCANTIL 25/2023), Y CFE SUMINISTRADORA DE SERVICIOS BASICOS, EMPRESA PRODUCTIVA SUBSIDIARIA DE COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, POR CONDUCTO DE QUIEN LEGALMENTE LA REPRESENTE (PARTE DEMANDADA EN EL JUICIO ORAL MERCANTIL 25/2023), POR MEDIO DE LISTA DE ACUERDOS QUE SE FIJE EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO, ASÍ COMO EN EL PORTAL DE INTERNET DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN (www.cjf.gob.mx), EL ACUERDO DE DOCE DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICUATRO, EN EL QUE En atención al escrito signado por el apoderado de Comisión Federal de Electricidad Distribución empresa productiva subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad, por el cual promueve demanda de amparo directo en contra de la sentencia de siete de mayo de dos mil veinticuatro, agréguese a los autos para que obre como en derecho corresponda y fórmese el cuadernillo respectivo. AMPARO DIRECTO. En consecuencia, se tiene a ********* en su carácter de apoderado de Comisión Federal de Electricidad Distribución empresa productiva subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad, presentando demanda de amparo directo, contra la sentencia de siete de mayo del año en curso, dictado en el juicio oral mercantil 25/2023-V3. Como se ve, ********** en su carácter de apoderado de Comisión Federal de Electricidad Distribución empresa productiva subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad, por conducto de esta autoridad jurisdiccional (autoridad responsable), promueve juicio de amparo directo, por ello, se procede al trámite respectivo que inicia desde la presentación de la demanda hasta la remisión al Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil de este Decimonoveno Circuito, con sede en Ciudad Victoria, Tamaulipas, que por razón de turno le corresponda conocer de dicha demanda. INFORME JUSTIFICADO. Es cierto el acto reclamado, en razón que el siete de mayo de dos mil veinticuatro, se dictó la sentencia dentro del juicio oral mercantil 25/2023. SUSPENSIÓN ACTO RECLAMADO En ese orden, se concede la suspensión provisional a la quejosa Comisión Federal de Electricidad Distribución empresa productiva subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad, para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que actualmente guardan y no se ejecuten las consecuencias derivadas del dictado de la sentencia reclamada; lo anterior tomando consideración que se encuentran reunidos los requisitos a los que se refiere el artículo 128 de la Ley de Amparo, toda vez que expresamente se solicita se decrete la medida cautelar; y por otro lado, en el presente caso no se sigue perjuicio al interés social, ni se contravienen disposiciones del orden público Una vez acatado las obligaciones precedentes, remítase la demanda, la copia que corresponda al Ministerio Público de la Federación y los autos originales, al Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil de este Circuito, que por razón de turno le corresponda, acompañado del informe justificado, dentro del término legal
Actor: Macedonia Blanco Cayetano
Demandado: Comision Federal de Electricidad, Suministrador de Servicios Basicos En Tampico, Tam
En atención al escrito signado por el apoderado de Comisión Federal de Electricidad Distribución empresa productiva subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad, por el cual promueve demanda de amparo directo en contra de la sentencia de siete de mayo de dos mil veinticuatro, agréguese a los autos para que obre como en derecho corresponda y fórmese el cuadernillo respectivo. AMPARO DIRECTO. En consecuencia, se tiene a ********* en su carácter de apoderado de Comisión Federal de Electricidad Distribución empresa productiva subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad, presentando demanda de amparo directo, contra la sentencia de siete de mayo del año en curso, dictado en el juicio oral mercantil 25/2023-V3. Como se ve, ********** en su carácter de apoderado de Comisión Federal de Electricidad Distribución empresa productiva subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad, por conducto de esta autoridad jurisdiccional (autoridad responsable), promueve juicio de amparo directo, por ello, se procede al trámite respectivo que inicia desde la presentación de la demanda hasta la remisión al Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil de este Decimonoveno Circuito, con sede en Ciudad Victoria, Tamaulipas, que por razón de turno le corresponda conocer de dicha demanda. INFORME JUSTIFICADO. Es cierto el acto reclamado, en razón que el siete de mayo de dos mil veinticuatro, se dictó la sentencia dentro del juicio oral mercantil 25/2023. SUSPENSIÓN ACTO RECLAMADO En ese orden, se concede la suspensión provisional a la quejosa Comisión Federal de Electricidad Distribución empresa productiva subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad, para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que actualmente guardan y no se ejecuten las consecuencias derivadas del dictado de la sentencia reclamada; lo anterior tomando consideración que se encuentran reunidos los requisitos a los que se refiere el artículo 128 de la Ley de Amparo, toda vez que expresamente se solicita se decrete la medida cautelar; y por otro lado, en el presente caso no se sigue perjuicio al interés social, ni se contravienen disposiciones del orden público Una vez acatado las obligaciones precedentes, remítase la demanda, la copia que corresponda al Ministerio Público de la Federación y los autos originales, al Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil de este Circuito, que por razón de turno le corresponda, acompañado del informe justificado, dentro del término legal
Actor: Macedonia Blanco Cayetano
Demandado: Representante Legal de la Empresa Productiva del Estado, Comision Federal de Electricidad, Distribucion
CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 27 DE LA LEY DE AMPARO, SE NOTIFICA CON EFECTOS DE EMPLAZAMIENTO A LA PARTE TERCERO INTERESADA MACEDONIA BLANCA CAYETANO Y/O MACEDONIA BLANCO C. PARTE ACTORA EN EL JUICIO ORAL MERCANTIL 25/2023, ASI COMO CFE DISTRIBUCION, EMPRESA PRODUCTIVA SUBSIDIARIA DE LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, POR CONDUCTO DE QUIEN LEGALMENTE LO REPRESENTE, PARTE DEMANDADA AQUI TERCERO INTERESADO, POR MEDIO DE LISTA DE ACUERDOS QUE SE FIJE EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO, ASÍ COMO EN EL PORTAL DE INTERNET DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN (www.cjf.gob.mx), EL ACUERDO DE TREINTA Y UNO DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO, EN EL QUE En atención al escrito signado por la apoderada de Comisión Federal de Electricidad Suministrador de Servicios Básicos, Empresa Productiva Subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad, por el cual promueve demanda de amparo directo en contra de la sentencia de siete de mayo de dos mil veinticuatro, agréguese a los autos para que obre como en derecho corresponda y fórmese el cuadernillo respectivo. AMPARO DIRECTO. En consecuencia, se tiene a la apoderada de Comisión Federal de Electricidad Suministrador de Servicios Básicos, Empresa Productiva Subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad, presentando demanda de amparo directo, contra la sentencia de siete de mayo del año en curso, dictado en el juicio oral mercantil 25/2023-V3. Por otra parte, emplácese a los terceros interesados de referencia, para que comparezcan ante el Tribunal Colegiado de Circuito a defender sus derechos o a presentar alegatos. Ahora bien, se rinde el informe justificado en los términos de referencia. SUSPENSIÓN ACTO RECLAMADO En ese orden, se concede la suspensión provisional a la aquí quejosa
Actor: Macedonia Blanco Cayetano
Demandado: Comision Federal de Electricidad, Suministrador de Servicios Basicos En Tampico, Tam
En atención al escrito signado por la apoderada de Comisión Federal de Electricidad Suministrador de Servicios Básicos, Empresa Productiva Subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad, por el cual promueve demanda de amparo directo en contra de la sentencia de siete de mayo de dos mil veinticuatro, agréguese a los autos para que obre como en derecho corresponda y fórmese el cuadernillo respectivo. AMPARO DIRECTO. En consecuencia, se tiene a la apoderada de Comisión Federal de Electricidad Suministrador de Servicios Básicos, Empresa Productiva Subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad, presentando demanda de amparo directo, contra la sentencia de siete de mayo del año en curso, dictado en el juicio oral mercantil 25/2023-V3. Por otra parte, emplácese a los terceros interesados de referencia, para que comparezcan ante el Tribunal Colegiado de Circuito a defender sus derechos o a presentar alegatos. Ahora bien, se rinde el informe justificado en los términos de referencia. SUSPENSIÓN ACTO RECLAMADO En ese orden, se concede la suspensión provisional a la aquí quejosa
Actor: Macedonia Blanco Cayetano
Demandado: Comision Federal de Electricidad, Suministrador de Servicios Basicos En Tampico, Tam
con fundamento en los artículos 1055 y 1066 del Código de Comercio, agréguese a los autos únicamente para que obre como en derecho corresponda, el escrito de Abraham Benjamín Martinez Tovar, en su carácter de autorizado de la parte actora, en razón que la sentencia ya fue emitida en los presentes autos
Actor: Macedonia Blanco Cayetano
Demandado: Comision Federal de Electricidad, Suministrador de Servicios Basicos En Tampico, Tam
R E S U E L V E PRIMERO. Es procedente la vía oral mercantil intentada, de conformidad con el considerado segundo de la presente resolución. SEGUNDO. La parte actora acreditó su acción y las demandadas no justificaron sus excepciones y defensas, por lo tanto: Se declara la nulidad absoluta de la determinación del ajuste de facturación contenido en el oficio número 62095/2021 de nueve de mayo de dos mil veintitrés, signado por el responsable del departamento comercial de la Comisión Federal de Electricidad Suministrador de Servicios Básicos Empresa Productiva Subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad, en donde se realizó un ajuste de consumo de energía al usuario Macedonia Blanco Cayetano y/o Macedonia Blanco C. con número de servicio (RPU) 903060601232, en el inmueble ubicado en Andador C 210, Colonia San Antonio, Altamira, Tamaulipas, por el periodo comprendido del cinco de abril de dos mil doce al cinco de abril de dos mil veintiuno, en el que se determinó que consumió energía eléctrica no facturada, por la cantidad de $263,071.35 (Doscientos sesenta y tres mil setenta y un pesos 35/100 moneda nacional), incluyendo en dicho monto el impuesto del valor agregado (IVA); asimismo, la constancia de revisión al sistema de medición y la instalación eléctrica, realizada el cinco de abril de dos mil veintiuno, en el citado inmueble. Como consecuencia de la aludida nulidad, se condena a CFE SUMINISTRADOR DE SERVICIOS BÁSICOS", Empresa Productiva Subsidiaria de la COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD y CFE DISTRIBUCION, Empresa Productiva Subsidiaria de la COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, a la nulidad y cancelación del adeudo por la cantidad de $263,071.35 (Doscientos sesenta y tres mil setenta y un pesos 35/100 moneda nacional), en los registros o archivos contables, electrónicos, históricos y en el sistema informático y, como consecuencia de ello, la reconexión del servicio de energía eléctrica en dicho domicilio. TERCERO. Se absuelve a las partes al pago de gastos y costas, en términos del considerando séptimo.??????????????? CUARTO. Expídanse copias de esta sentencia a las partes, en términos del considerando octavo. QUINTO. Los datos personales de las partes estarán reservados, en términos del considerando noveno
Actor: Macedonia Blanco Cayetano
Demandado: Macedonia Blanco Cayetano
Continuación de audiencia de juicio oral mercantil celebrada
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