Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Manuela Chavero García .
Demandado: Junta Especial Número Siete De La Federal De Conciliación Y Arbitraje Y Otros..
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3479/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Manuela Chavero García en contra de Junta Especial Número Siete De La Federal De Conciliación Y Arbitraje Y Otro en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 13 de Noviembre del 2023 y cuenta con 7 Notificaciones.
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Actor: Manuela Chavero García .
Demandado: Junta Especial Número Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Agréguese a los autos el oficio de la Secretaria de Acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, en atención a su solicitud y a la información de cuenta, envíese a través de interconexión al superior de instancia, copia certificada de las constancias descritas en la certificación que antecede. NOTIFÍQUESE.
Actor: Manuela Chavero García .
Demandado: Junta Especial Número Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. En ese contexto, atendiendo a los efectos y términos para los cuales se concedió la Protección Federal a la parte quejosa, se considera cumplida la sentencia de amparo, sin que se advierta exceso o defecto en su cumplimiento. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido, previas las anotaciones respectivas que se hagan en el libro de registro de juicios de amparo de este Juzgado. NOTIFÍQUESE; PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Manuela Chavero García .
Demandado: Junta Especial Número Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Agréguese a los autos el oficio de la autoridad responsable, mediante el cual informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Manuela Chavero García .
Demandado: Junta Especial Número Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Vista la certificación, se declara que la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, ha causado ejecutoria. SE REQUIERE. Se apercibe. NOTIFÍQUESE.
Actor: Manuela Chavero García .
Demandado: Junta Especial Número Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
VISTOS PARA RESOLVER: ÚNICO. SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL A LA PARTE QUEJOSA. NOTIFÍQUESE.
Actor: Manuela Chavero García .
Demandado: Junta Especial Número Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Agréguese a los autos la promoción electrónica de la apoderada de la parte tercera interesada en el expediente en que se actúa, personalidad que se le reconoce en términos del documento que exhibe para tal efecto y la manifestación que realiza bajo protesta de decir verdad; en atención a su contenido, se le tiene por apersonado en el presente juicio de amparo. se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica. Téngase como sus autorizados a las personas que refiere en el ocurso que se provee; sin embargo, gozarán de las facultades amplias indicadas en el artículo 12 de la Ley de Amparo, siempre y cuando se tenga la certeza de que cuentan con cédula profesional que los faculte para ejercer la profesión de abogado o licenciado en derecho. De igual forma, se tiene por anunciado el correo electrónico que proporciona la parte tercero interesada, en términos del artículo 22, fracción II, del Acuerdo General 21/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, esto es, solo para efectos de entablar comunicaciones no procesales y en todo caso, el contenido que se lleve a cabo a través de estos medios deberá registrarse y, de ser necesario, incorporarse al expediente previa certificación correspondiente. vista la certificación secretarial que antecede, únicamente se tiene por señalado el nombre de usuario que proporciona, el cual se encuentra registrado en el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación. Notifíquese.
Actor: Manuela Chavero García .
Demandado: Junta Especial Número Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las once horas con cuatro minutos del siete de diciembre de dos mil veintitrés. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de tercero interesado al mencionado en la demanda de amparo. Por ende, con fundamento en los artículos 115 y 116 de la Ley de Amparo, instrúyase al Actuario adscrito para que emplace al tercero interesado, en su domicilio oficial. Notifíquese; y emplácese.
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