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Maquiladora De Espuma Y Poliuretano Sociedad Anónima Capital Exp: 402/2020

Federal > Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Maquiladora De Espuma Y Poliuretano, Sociedad Anónima De Capital Variable .
Demandado: Séptima Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México .
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 402/2020 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Maquiladora De Espuma Y Poliuretano, Sociedad Anónima De Capital Variable en contra de Séptima Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México en el Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 19 de Octubre del 2020 y cuenta con 7 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 402/2020

  • 20 de Mayo del 2021

    Agréguese a los autos para los fines legales procedentes el oficio que remite la autoridad responsable, a través del cual acusa recibo. Archívese este expediente como asunto concluido. Destrúyase. Notifíquese.

  • 28 de Abril del 2021

    Visto el estado que guardan los presentes autos así como la resolución dictada en el recurso de reclamación REC. **/2020, en la que se determinó declarar infundado el recurso de reclamación, interpuesto en contra del proveído de diecinueve de noviembre del año próximo pasado, mediante el cual se tuvo por no interpuesta la demanda de amparo formulada por ***, a través de ***. En atención a lo anterior, devuélvasele a la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, el toca **/2020, el expediente ****/2018, así como una bolsa con documentos, solicitándole el acuse de recibo correspondiente. Por otra parte, visto el escrito presentado por la tercera ***, por conducto de su autorizado *** , dígasele al promovente que se esté a lo acordado en líneas precedentes. Notifíquese.

  • 19 de Febrero del 2021

    SE LEVANTA LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS Y TÉRMINOS PROCESALES DECRETADA DEL CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE AL QUINCE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIUNO. EN EL ENTENDIDO QUE DICHO LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN IMPLICA LA REANUDACIÓN DE LOS PLAZOS EN EL PUNTO EN QUE QUEDARON PAUSADOS, MÁS NO SU REINICIO. EN CONSECUENCIA, CONTINÚESE CON LA SECUELA PROCESAL DEL PRESENTE ASUNTO. NOTIFÍQUESE.

  • 18 de Febrero del 2021

    Agréguese a los autos el escrito formulado por la tercera interesada ***, por conducto de su autorizado por el que solicita se declare firme el proveído de diecinueve de noviembre del presente año, por el que se tuvo por no presentada la demanda de amparo en el presente expediente. Dígasele que mediante proveído de dos de diciembre del presente año, se admitió a trámite el recurso de reclamación en contra del proveído señalado en el párrafo anterior, radicándose bajo el expediente R.R. **/2020, por lo que una vez que se resuelva el mismo se dictara lo que en derecho corresponda en el presente asunto. NOTIFÍQUESE POR LISTA A LAS PARTES CUANDO EL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL LEVANTE LA SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS JUDICIALES Y LABORES PRESENCIALES.

  • 23 de Noviembre del 2020

    SE TIENE POR NO PRESENTADA la demanda de amparo promovida por ***, a través de ***, en su carácter de mandatario judicial. Infórmese lo anterior a la autoridad responsable y, una vez que se declare firme el presente proveído devuélvanse los autos que se adjuntaron con el informe justificado. Agréguese a los autos los oficios de cuenta formulados por *** y como lo solicita, SE AUTORIZA LA CONSULTA VÍA ELECTRÓNICA DEL EXPEDIENTE, lo cual podrá realizar a través del Portal de Servicio en Línea del Poder Judicial de la Federación en el Juicio Electrónico, a través de los usuarios "***" y "***", siempre y cuando estén activos y debidamente registrados en el sistema; hágase lo conducente en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes. Como lo solicita la parte tercera interesada, realícense todas las notificaciones, aún las de carácter personal, electrónicamente. NOTIFÍQUESE Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.

  • 28 de Octubre del 2020

    Se notifica por medio de lista al promovente el proveído de dieciséis de octubre del presente año, mediante el cual se requirió al para que en el término de tres días presente documento idóneo con el que acredite ser titular del derecho de acción o representante legal o apoderado a efecto de acreditar que está facultado para promover el juicio de amparo en representación de dicha sociedad, con el apercibimiento que de b) de la Ley de Amparo. Notifíquese.

  • 19 de Octubre del 2020

    Se tiene por recibido el oficio que remite la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, mediante el cual rinde su informe justificado para el presente asunto y al que anexa la demanda de amparo formulada por ***, a través de ***, en su carácter de mandatario judicial. Intégrense los expedientes físico y electrónico. Requiérase al promovente *** para que en el término de tres días presente documento idóneo con el que acredite ser titular del derecho de acción o representante legal o apoderado ***, a efecto de acreditar que está facultado para promover el juicio de amparo en representación de dicha sociedad, con el apercibimiento que de no hacerlo se tendrá por no presentada la demanda de amparo. Notifíquese y, personalmente al promovente.

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