Federal
> Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Segundo Circuito de Segundo Circuito
Actor: Marco Antonio García López
Demandado: Tercera Sección De La Sala Superior Del Tribunal De Justicia Administrativa Del Estado De México
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 314/2018 en Materia Administrativa y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Marco Antonio García López en contra de Tercera Sección De La Sala Superior Del Tribunal De Justicia Administrativa Del Estado De México en el Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Segundo Circuito en Circuito 2 (Estado de México). El Proceso inició el 12 de Junio del 2018 y cuenta con 14 Notificaciones.
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Actor: Marco Antonio García López
Demandado: Tercera Sección de la Sala Superior del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México
. Regularización de valoración. En consecuencia, de conformidad con el artículo 58 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria según lo dispuesto por el diverso 2° de la Ley de Amparo, por los motivos antes expuestos, se ordena la regularización del procedimiento, y se deja sin efectos el acuerdo de valoración y archivo; pero únicamente en cuanto a la valoración documental contenida en dicho auto, no así por cuanto hace al envío del archivo. Así, de la revisión de las actuaciones del presente expediente, se advierte que la clasificación y valoración correcta del presente asunto es destruible. Lo anterior, en la inteligencia que la nueva valoración no suspende ni reinicia el cómputo de la temporalidad para la destrucción, depuración o transferencia, según sea el caso, pues no se dejó sin efectos la determinación referente al archivo
En treinta de agosto de dos mil dieciocho, la secretaria de acuerdos da cuenta al magistrado presidente con el oficio TJA/SS/III/8008/2018, suscrito por el secretario general de acuerdos de la Tercera Sección de la Sala Superior del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México y anexo que se acompaña, el cual fue registrado en la oficialía de partes de este tribunal colegiado con el número 5169.- Conste. Naucalpan de Juárez, Estado de México, a treinta de agosto de dos mil dieciocho. Agréguense a los autos el oficio de cuenta y anexo que se acompaña, sin hacer mayor pronunciamiento, en razón de que en auto de veintidós de agosto del año en curso, dictado por la presidencia de este tribunal colegiado, fue ordenado su archivo. Finalmente, devuélvanse los presentes autos al archivo de este órgano colegiado. Cúmplase. Así, lo acordó y firma David Cortés Martínez, magistrado presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, ante María Elena Vargas Burgos, secretaria de acuerdos que autoriza y da fe. hmo La que suscribe María Elena Vargas Burgos, secretaria de acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, con residencia en Naucalpan de Juárez, estado de México, certifica y hace constar que el auto que anteceden se incorporó al expediente impreso como al electrónico. Lo anterior, para todos los efectos legales conducentes.- Doy fe. María Elena Vargas Burgos. Secretaria de acuerdos
Actor: Marco Antonio García López
Demandado: Tercera Sección de la Sala Superior del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México
En treinta de agosto de dos mil dieciocho, la secretaria de acuerdos da cuenta al magistrado presidente con el oficio TJA/SS/III/8008/2018, suscrito por el secretario general de acuerdos de la Tercera Sección de la Sala Superior del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México y anexo que se acompaña, el cual fue registrado en la oficialía de partes de este tribunal colegiado con el número 5169.- Conste. Naucalpan de Juárez, Estado de México, a treinta de agosto de dos mil dieciocho. Agréguense a los autos el oficio de cuenta y anexo que se acompaña, sin hacer mayor pronunciamiento, en razón de que en auto de veintidós de agosto del año en curso, dictado por la presidencia de este tribunal colegiado, fue ordenado su archivo. Finalmente, devuélvanse los presentes autos al archivo de este órgano colegiado. Cúmplase. Así, lo acordó y firma David Cortés Martínez, magistrado presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, ante María Elena Vargas Burgos, secretaria de acuerdos que autoriza y da fe. hmo La que suscribe María Elena Vargas Burgos, secretaria de acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, con residencia en Naucalpan de Juárez, estado de México, certifica y hace constar que el auto que anteceden se incorporó al expediente impreso como al electrónico. Lo anterior, para todos los efectos legales conducentes.- Doy fe. María Elena Vargas Burgos. Secretaria de acuerdos
Naucalpan de Juárez, Estado de México, a veintidós de agosto de dos mil dieciocho. Agréguese a los
Actor: Marco Antonio García López
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Naucalpan de Juárez, Estado de México, a veintidós de agosto de dos mil dieciocho. Agréguese a los autos para que obre como corresponda el oficio de cuenta, mediante el cual se acusa recibo del oficio por el que se le comunicó el proveído de treinta y uno de julio del presente año, y se remitieron los autos originales del recurso de revisión 140/2017, y juicio administrativo 882/2017, descritos en el oficio de cuenta. En razón de que este asunto se sobreseyó, y mediante auto de treinta y uno de julio de dos mil dieciocho, la presidencia de este tribunal colegiado declaró firme el citado auto; consecuentemente, con fundamento en el artículo 214 de la Ley de Amparo, se ordena su archivo, previas las anotaciones que se hagan en el libro de gobierno. Finalmente, atento a lo previsto en el punto cuarto del Manual para la Organización de los archivos judiciales resguardados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relativo a la valoración de los expedientes judiciales y auxiliares, en relación con el Acuerdo General Conjunto 2/2009, de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, cabe señalar que el presente expediente no tiene relevancia documental y es depurable, lo que deberá anotarse en su carátula, así como la fecha del presente proveído
Naucalpan de Juárez, Estado de México, a treinta y uno de julio de dos mil dieciocho. Vista la cert
Actor: Marco Antonio García López
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Naucalpan de Juárez, Estado de México, a treinta y uno de julio de dos mil dieciocho. Vista la certificación hecha por la secretaria de acuerdos de este tribunal colegiado, en la que se hace constar que transcurrió el plazo de tres días, que establece el artículo 104 de la Ley de Amparo, para que se impugnara el auto de dieciséis de julio de dos mil dieciocho, en el cual la presidencia de este tribunal colegiado sobreseyó en el presente juicio de amparo, por existir la declaración expresa de voluntad del quejoso de desistirse de la demanda de amparo promovida. En esas condiciones, al no interponer medio de impugnación alguno; en consecuencia, se declara firme tal proveído. Consecuentemente, devuélvanse a la Tercera Sección de la Sala Superior del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México, los autos originales del recurso de revisión 140/2018, y el juicio administrativo 882/2017, solicitando el acuse respectivo, asimismo debiendo notificar a las diversas autoridades
Naucalpan de Juárez, Estado de México, a dieciséis de julio de dos mil dieciocho. Agréguense a los
Naucalpan de Juárez, Estado de México, a nueve de julio de dos mil dieciocho. Agréguese a los autos
Naucalpan de Juárez, Estado de México, a nueve de julio de dos mil dieciocho. Agréguese a los autos
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