Federal
> Juzgado Octavo De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Marcos González González Y Otros
Demandado: Secretaría De Administración Y Finanzas De La Ciudad De México | Director General De Administración De Personal Y Desarrollo Administrativo De La Secretaría De Administración Y Finanzas De La Ciudad De México | Dirección General De Administración De Personal Y Desarrollo Administrativo
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 2340/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Marcos González González Y Otros en contra de Secretaría De Administración Y Finanzas De La Ciudad De México en el Juzgado Octavo De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 26 de Julio del 2023 y cuenta con 17 Notificaciones.
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Actor: MARCOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ y Otros
Demandado: DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Se tiene por recibido el oficio signado por el ***, mediante el cual, devuelve el diverso oficio de diecinueve de diciembre de dos mil veintitrés, por los motivos que aduce. En ese sentido y tomando en consideración lo expuesto por el oficiante, reexpídase dicho comunicado, para que esté en posibilidad de imponerse de su contenido la ***. Por lo tanto, se comisiona a cualquiera de los actuarios de la adscripción, para que se constituya en el domicilio de la autoridad en comento y realice la diligencia correspondiente
Actor: MARCOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ
Demandado: DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Ha causado estado, la sentencia de quince de noviembre de dos mil veintitrés, en la que este órgano jurisdiccional sobreseyó en el juicio. Archívese el presente expediente como asunto concluido. Tomando en consideración que, en la sentencia dictada en este expediente, se sobreseyó en el juicio, este se clasifica como DESTRUIBLE EN UN PLAZO DE TRES AÑOS. Por otra parte, toda vez que en los cuadernos original y duplicado del incidente de suspensión, se negó y concedió la medida cautelar solicitada, el primero de ellos se clasifica como CONSERVABLE EN UN PLAZO DE TRES AÑOS
Actor: MARCOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ
Demandado: DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
R E S U E L V E: ÚNICO. Se SOBRESEE en el presente juicio de amparo que promovio la parte quejosa
Actor: MARCOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ
Demandado: DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Visto el estado procesal de los autos, se advierte que mediante acuerdo de dieciocho de septiembre de este año, se fijaron las trece horas con diez minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintitrés, para que tuviera verificativo la audiencia constitucional en el presente asunto. Sin embargo, para esa fecha se suspendieron las labores en los Juzgados de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México, conforme al aviso publicado el dieciocho de octubre del año que transcurre. En virtud de lo anterior, se fijan las DOCE HORAS DEL QUINCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS, para su celebración
Actor: MARCOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ
Demandado: DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Se tiene por recibido el informe justificado que rinde la autoridad responsable; con su contenido, dese vista a las partes para que manifiesten lo que a su derecho convenga. Relaciónese en la audiencia constitucional. Con las pruebas que ofrece, dése cuenta en la audiencia constitucional. Ahora bien para dar margen a que las partes se impongan del informe justificado antes mencionado, se difiere la audiencia constitucional señalada para el día de hoy y en su lugar se fija las TRECE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL DIECIOCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS, para su celebración
Actor: MARCOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ
Demandado: DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Agréguese el informe justificado rendido por la autoridad responsable; con su contenido, dese vista a las partes para que manifiesten lo que a su derecho convenga. Relaciónese en la audiencia constitucional
Actor: MARCOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ y Otros
Demandado: DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Se hace efectivo el apercibimiento a la parte quejosa, se procede a notificar por lista el auto de veinticinco de agosto año en curso: Agréguese el escrito de cuenta que signa *****, autorizado de la parte quejosa, por medio del cual, pretende desistirse de la presente demanda de amparo; sin embargo, no ha lugar a acordar de conformidad su solicitud, toda vez que, dentro de las facultades que le confiere la Ley de Amparo, no se prevé que pueda desistirse, tal y como se advierte del texto del citado artículo que en su parte conducente determina lo siguiente: **** De lo anterior se colige que, si bien al autorizado "en términos amplios" para oír notificaciones en el juicio de amparo se le confieren facultades de manera enunciativa y no limitativa, de tal suerte que puede considerársele como un auténtico representante judicial, su actuación dentro del juicio de garantías queda sujeta a la condición de que los actos que realice puedan estimarse necesarios para la defensa de los derechos de su autorizante, pues el desistimiento constituye la renuncia de la parte accionante a los actos procesales o a su pretensión litigiosa, lo que pone de manifiesto la trascendencia de los efectos que genera. En este orden de ideas, se concluye que el autorizado "en términos amplios" no tiene facultad para desistirse del juicio de amparo, aunado a que resulta necesario que exista la manifestación de la facultad expresa para ello. No obstante lo anterior, dese vista a la parte quejosa, para que dentro del término de tres días, manifieste si es su deseo desistirse de la presente demanda de amparo, y de ser el caso, manifieste expresamente su deseo para hacerlo, ya sea, por propio derecho, o bien, por conducto de persona que tenga facultad expresa para desistirse
Actor: MARCOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ
Demandado: DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Agréguese el oficio de cuenta que remite la Secretaría responsable, mediante el cual pretende rendir el informe previo a través de su representante; sin embargo, no ha lugar a tomarlo en consideración, toda vez que resulta extemporáneo a la celebración de la audiencia incidental, la cual se llevó a cabo a las diez horas con quince minutos del veintiocho de agosto mil de dos mil veintitrés. Finalmente en atención a su solicitud de consultar el expediente por medio de cualquier aparato electrónico, se le comunica que las partes que pueden imponerse de las actuaciones del presente expediente dentro de las instalaciones de este juzgado, mediante cualquier aparato electrónico o digital
Actor: MARCOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ
Demandado: DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Agréguese el informe justificado que remite la autoridad responsable, por conducto de su representante, con su contenido, dese vista a las partes para que manifiesten lo que a su derecho convenga. Relaciónese en la audiencia constitucional
Actor: MARCOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ
Demandado: DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO
R E S U E L V E: PRIMERO. Se NIEGA LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA a la parte quejosa. SEGUNDO. Se CONCEDE LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA a la parte quejosa
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