Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Margarita Mena Jaramillo
Demandado: Procurador De Justicia Del Estado De Tlaxcala
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 51/2007 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Margarita Mena Jaramillo en contra de Procurador De Justicia Del Estado De Tlaxcala en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 16 de Enero del 2007 y cuenta con 6 Notificaciones.
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Actor: Margarita Mena Jaramillo
Demandado: Procurador de Justicia del Estado de Tlaxcala
Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa y se procede a notificar por lista el auto de nueve de abril de dos mil siete que en síntesis dice: "...Se declara que la sentencia que sobresee, ha causado ejecutoria, para todos los efectos legales conducentes, háganse las anotaciones en el libro de gobierno. Finalmente, una vez que obren la totalidad de las notificaciones del presente proveído sin ulterior acuerdo resérvese el expediente en el archivo para su depuración y toda vez que el mismo será destruido en su totalidad notifíquese a las partes para que en el término de seis meses manifiesten lo que a su derecho convenga..."
Actor: Margarita Mena Jaramillo
Demandado: Procurador de Justicia del Estado de Tlaxcala
Se declara que la sentencia que sobresee, ha causado ejecutoria, para todos los efectos legales conducentes, háganse las anotaciones en el libro de gobierno. Finalmente, una vez que obren la totalidad de las notificaciones del presente proveído sin ulterior acuerdo resérvese el expediente en el archivo para su depuración y toda vez que el mismo será destruido en su totalidad notifíquese a las partes para que en el término de seis meses manifiesten lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA
Actor: Margarita Mena Jaramillo
Demandado: Procurador de Justicia del Estado de Tlaxcala
Se resuelve.- Único: Se sobresee en el juicio
Actor: Margarita Mena Jaramillo
Demandado: Procurador de Justicia del Estado de Tlaxcala
Dése vista a las partes con el informe justificado que rinde el Agente del Ministerio Público de la Mesa de Trámite, número uno, del Distrito Judicial de Zaragoza, Tlaxcala. En razón de que se encuentra transcurriendo el término de ocho días, para que las partes se impongan del contenido del informe justificado, se difiere la audiencia constitucional y se fijan las NUEVE HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL QUINCE DE MARZO DE DOS MIL SIETE, para su celebración
Actor: Margarita Mena Jaramillo
Demandado: Procurador de Justicia del Estado de Tlaxcala
Se requiere por última ocasión a la aludida autoridad, para que dentro del término de tres días, remita copia certificada de la Averiguación Previa 175/2006/ZAC-1; apercibido que de no hacerlo, le será impuesta una multa equivalente a mil pesos. Por otra parte, dígasele al quejoso que deberá de estarse a lo aquí acordado. Finalmente se tiene por ofrecidas la prueba documental que anexa el quejosa a su escrito de cuenta, misma que se tomará en consideración en el momento procesal oportuno
Actor: Margarita Mena Jaramillo
Demandado: Procurador de Justicia del Estado de Tlaxcala
Se admite a trámite la demanda de amparo, fórmese expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número que corresponda. Se fijan las NUEVE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL QUINCE DE FEBRERO DE DOS MIL SIETE, para la celebración de la audiencia constitucional. Se previene a la parte quejosa y a las autoridades responsables para que tan pronto hayan cesado los efectos del acto reclamado o cuando hayan ocurrido causas notorias de sobreseimiento, deberán informarlo a este juzgado, con el apercibimiento que de no hacerlo se les impondrá una multa. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica y por autorizado para el único efecto de oír y recibir notificaciones a Efren Amaro Suárez. En cumplimiento a la ley de transparencia indiquese el derecho que les asiste, hasta dictarse sentencia, para oponerse de manera expresa, en relación con los terceros, a la publicación de sus datos personales, en la inteligencia de que la falta de oposición conlleva su consentimiento para la sentencia respectiva se publique sin supresión de datos
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