Federal
> Tribunal Colegiado En Materias Administrativa Y Civil Del Octavo Circuito de Octavo Circuito
Actor: Margarito Zamora Huerta
Demandado: Juez Segundo De Primera Instancia En Materia Mercantil De Saltillo, Coahuila
Materia: Civil o Administrativa
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 16/2011 en Materia Civil o Administrativa y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Margarito Zamora Huerta en contra de Juez Segundo De Primera Instancia En Materia Mercantil De Saltillo, Coahuila en el Tribunal Colegiado En Materias Administrativa Y Civil Del Octavo Circuito en Circuito 8 (Coahuila). El Proceso inició el 26 de Enero del 2011 y cuenta con 6 Notificaciones.
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Actor: Margarito Zamora Huerta
Demandado: Juez Segundo de Primera Instancia En Materia Mercantil de Saltillo, Coahuila
Agréguese a los presentes autos el oficio por duplicado que remite el Juez Segundo de Primera Instancia en Materia Mercantil, de esta ciudad, mediante el cual acusa recibo del comunicado 5330 enviado por este tribunal, archívese el presente asunto como concluido y en su oportunidad depúrese
Actor: Margarito Zamora Huerta
Demandado: Juez Segundo de Primera Instancia En Materia Mercantil de Saltillo, Coahuila
Resolución. ÚNICO. La Justicia de la Unión NO AMPARA NI PROTEGE a MARGARITO ZAMORA HUERTA y MARÍA EULOGIA ROCHA VARGAS
Actor: Margarito Zamora Huerta
Demandado: Juez Segundo de Primera Instancia En Materia Mercantil de Saltillo, Coahuila
Vista la certificación de cuenta, este tribunal tiene con el carácter de representante común de los quejosos a Margarito Zamora Huerta
Actor: Margarito Zamora Huerta
Demandado: Juez Segundo de Primera Instancia En Materia Mercantil de Saltillo, Coahuila
Agréguese a los presentes autos el escrito signado por Antonio Gerardo Pérez Narváez, autorizado de Paula Molina González, aquí tercero perjudicada, mediante el cual formula diversas manifestaciones. Ahora, y toda vez que el agente del Ministerio Público de la Federación adscrito manifestó que no formulará pedimento, túrnese este asunto a la ponencia del suscrito, para que se formule el proyecto de resolución correspondiente, este acuerdo tiene efectos de citación para sentencia
Actor: Margarito Zamora Huerta
Demandado: Juez Segundo de Primera Instancia En Materia Mercantil de Saltillo, Coahuila
Con fundamento en el artículo 30 fracción I de la Ley de Amparo, se notifica por lista a la parte quejosa el auto de veinticinco de enero de dos mil once, en la que se admite la presente demanda de garantías. Notifíquese al agente del Ministerio Público Federal adscrito por medio de oficio con copia de la demanda. Se tiene a la parte quejosa por señalando domicilio para oír y recibir notificaciones y como autorizados a las personas que menciona. Asimismo, en virtud de que la autoridad responsable envió un sobre que contiene dos pagarés de cuatro de diciembre de dos mil siete y nueve de enero de dos mil ocho, por las cantidades de de catorce mil y ocho mil pesos 00/100, moneda nacional respectivamente, entréguese el sobre de méritoal licenciado encargado de la caja de seguridad de este órgano jurisdiccional, para que los guarde con el cuidado debido. Por otra parte, se previene a los quejosos para que dentro del término de tres días contados a partir de la notificación del presente auto, designen un representante común de entre ellos, apercibidos que de no hacerlo se designará con tal carácter al primero de los mencionados en su escrito. Finalmente, en cumplimiento a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, dígase a las partes que las resoluciones y la sentencia que se dicten en el presente asunto, constituyen información pública una vez que se emitan y causen estado
Actor: Margarito Zamora Huerta
Demandado: Juez Segundo de Primera Instancia En Materia Mercantil de Saltillo, Coahuila
Se admite la presente demanda de garantías. Notifíquese al agente del Ministerio Público Federal adscrito por medio de oficio con copia de la demanda. Se tiene a la parte quejosa por señalando domicilio para oír y recibir notificaciones y como autorizados a las personas que menciona. Asimismo, en virtud de que la autoridad responsable envió un sobre que contiene dos pagarés de cuatro de diciembre de dos mil siete y nueve de enero de dos mil ocho, por las cantidades de de catorce mil y ocho mil pesos 00/100, moneda nacional respectivamente, entréguese el sobre de méritoal licenciado encargado de la caja de seguridad de este órgano jurisdiccional, para que los guarde con el cuidado debido. Por otra parte, se previene a los quejosos para que dentro del término de tres días contados a partir de la notificación del presente auto, designen un representante común de entre ellos, apercibidos que de no hacerlo se designará con tal carácter al primero de los mencionados en su escrito. Finalmente, en cumplimiento a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, dígase a las partes que las resoluciones y la sentencia que se dicten en el presente asunto, constituyen información pública una vez que se emitan y causen estado
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