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María De La Paz Fuentes Martínez | Junta Especial Número 33 Exp: 94/2015

Federal > Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: María De La Paz Fuentes Martínez
Demandado: Junta Especial Número 33 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje En El Estado De Puebla
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 94/2015 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por María De La Paz Fuentes Martínez en contra de Junta Especial Número 33 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje En El Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 23 de Febrero del 2015 y cuenta con 9 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 94/2015

  • 01 de Septiembre del 2015

    Puebla, Puebla, treinta y uno de agosto de dos mil quince. Archívese este asunto como totalmente concluido. Tomando en consideración que el mismo no es de relevancia documental, se hace la declaratoria que es susceptible de depuración en su momento oportuno.

  • 13 de Julio del 2015

    Puebla, Puebla, diez de julio de dos mil quince. Túrnense los autos al Magistrado Miguel Mendoza Montes, para que elabore el proyecto de resolución correspondiente.

  • 23 de Junio del 2015

    Puebla, Puebla, veintidós de junio de dos mil quince. Téngase por recibido el oficio de la Presidenta de la junta responsable, mediante el cual, en cumplimiento a la ejecutoria dictada en el juicio de garantías en que se actúa, remite copia certificada del laudo de diez de junio del presente año; dese vista a las partes, para que dentro del término de diez días, expresen lo que a su interés corresponda.

  • 12 de Junio del 2015

    Puebla, Puebla, once de junio de dos mil quince. Visto el estado que guardan los autos del presente asunto, de los que se advierte que la junta responsable no ha dado cumplimiento a la ejecutoria dictada; requiérase a cada uno de los integrantes de la junta responsable, Presidenta Marbella Medrano Hurtado, representante del trabajo José Arturo Soto Martínez y representante de los patrones Octaviano Escandón Báez, para que en el término de cinco días hábiles, remita laudo.

  • 13 de Mayo del 2015

    Puebla, Puebla, doce de mayo de dos mil quince. Téngase por recibido el oficio de la Presidenta de la junta responsable, mediante el cual adjunta copia certificada del proveído de ocho del presente mes y año, e informa las medidas adoptadas por la autoridad responsable para dar cumplimiento a la ejecutoria dictada en el presente asunto; requiérasele para que en el término de quince días hábiles, emita laudo y remita constancia que así lo acredite.

  • 08 de Mayo del 2015

    PRIMERO. La Justicia de la Unión ampara y protege a María de la Paz Fuentes Martínez, contra el laudo dictado el veinte de enero de dos mil quince, por la Junta Especial Número Treinta y Tres de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en Puebla, Puebla, en el juicio laboral 1655/2012, para los efectos precisados en el considerando octavo de este fallo. SEGUNDO. Requiérase sin demora a la Junta Especial Número Treinta y Tres de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en Puebla, Puebla, para que cumpla con la ejecutoria dentro del plazo de tres días hábiles, en los términos precisados en la parte final del último considerando de ésta sentencia.

  • 23 de Marzo del 2015

    Puebla, Puebla, veinte de marzo de dos mil quince. Toda vez que del sorteo de asuntos celebrado en esta fecha el presente correspondió al Magistrado Miguel Mendoza Montes, túrnense los autos a la ponencia a su cargo, a fin de que elabore el proyecto de resolución.

  • 26 de Febrero del 2015

    Puebla, Puebla, veinticinco de febrero de dos mil quince. Agréguese el oficio de la Presidenta de la junta responsable mediante el cual informa que no existe alguna otra demanda de garantías promovida por las partes en el procedimiento laboral, diversa del quejoso, en contra del laudo aquí reclamado, y que hasta el momento considera que no se actualiza causa de sobreseimiento.

  • 23 de Febrero del 2015

    Puebla, Puebla, veinte de febrero de dos mil quince. Ténganse por recibido el oficio de la Presidenta de la Junta Especial Número Treinta y Tres de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Puebla; mediante el cual rinde informe justificado y remite la demanda de amparo promovida por María de la Paz Fuentes Martínez a través de su apoderada legal María Lizbeth Toriz Cid en contra del laudo de veinte de enero de dos mil quince, y anexos. ADMISIÓN Considerando que la demanda se presentó oportunamente conforme a la certificación que remite la autoridad responsable y la diversa con que se dio cuenta y por otra, que este Tribunal Colegiado es competente, se admite y se ordena registrarlo con el número 94/2015. EMPLAZAMIENTO AL TERCERO INTERESADO Se tiene por legalmente emplazado en su carácter de tercero interesado al Instituto Mexicano del Seguro Social. DOMICILIO PARA OIR NOTIFICACIONES Como lo solicita la parte quejosa se le tiene por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica en su escrito de demanda. Respecto a las personas que señala en su escrito, se les tiene por autorizados para oír y recibir notificaciones en términos de la última parte del segundo párrafo del artículo 12 de la Ley de Amparo. NOTIFICACIÓN A LAS PARTES Y AMPARO ADHESIVO Hágase saber a las partes que conforme al diverso numeral 181, de la ley de la materia cuentan con un plazo de quince días para formular alegatos o promover amparo adhesivo. En el entendido de que la falta de amparo adhesivo de quien obtuvo sentencia favorable, hará que precluya su derecho para alegar posteriormente las violaciones procesales que se hubieren cometido en su contra.

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