Federal
> Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Chihuahua de Décimo Séptimo Circuito
Actor: María De Lourdes Solís Portillo
Demandado: Junta Especial Número 55 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 778/2021 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por María De Lourdes Solís Portillo en contra de Junta Especial Número 55 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Chihuahua en Circuito 17 (Chihuahua). El Proceso inició el 08 de Noviembre del 2021 y cuenta con 6 Notificaciones.
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Actor: María de Lourdes Solís Portillo
Demandado: Junta Especial Número 55 de la Federal de Conciliación y Arbitraje
Ciudad Juárez, Chihuahua, treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno. Como se advierte de la certificación de cuenta, a la fecha transcurrió el plazo de diez días, que se refiere el artículo 86 de la Ley de Amparo, para interponer recurso de revisión contra la sentencia de catorce de diciembre de dos mil veintiuno, en la cual se sobreseyó el presente juicio; en tales condiciones, con fundamento en el artículo 356, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de la materia, se declara que la misma causa ejecutoria. No es obstáculo para lo anterior el que no obre el acuse de recibo correspondiente al oficio enviado a la autoridad responsable foránea, con el que se pretende notificarle la sentencia dictada en el presente juicio, pues dado el sentido de dicho fallo a la única que perjudica es a la parte quejosa. Toda vez que en el presente juicio no existe diligencia pendiente de practicar, ni ulterior acuerdo que emitir, archívese el presente asunto como totalmente concluido y, en su oportunidad, remítase al área correspondiente para su resguardo en este juzgado. Se hace la precisión de que este expediente es susceptible de destrucción, una vez que transcurran tres años posteriores a la fecha de este acuerdo, por ubicarse en los supuestos previstos en los artículos 6, 12, y 21, inciso a) del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de valoración, depuración, destrucción, digitalización, transferencia y resguardo de los expedientes judiciales generados por los órganos jurisdiccionales, así como en los supuestos previstos en el capítulo ocho, apartado 8.1.2, número 1, del Manual para la organización de los archivos judiciales resguardados por el Consejo de la Judicatura Federal; toda vez que se decretó el sobreseimiento del juicio respecto de los actos reclamados, aunado a que al prudente arbitrio del suscrito no tiene relevancia documental
Actor: María de Lourdes Solís Portillo
Demandado: Junta Especial Número 55 de la Federal de Conciliación y Arbitraje
trece. Por lo expuesto y fundado, se resuelve: ÚNICO. Se sobresee en el juicio de amparo 299/2021-III, promovido por la quejosa Ma. de Lourdes Solís Portillo, por propio derecho, contra actos de la Junta Federal y Secretaria General de Peritajes y Exhortos, ambas de Conciliación y Arbitraje en la Ciudad de México; y Junta Especial número Cincuenta y Cinco de la Federal de Conciliación y Arbitraje, por las razones expuestas en los considerando tercero y último de esta sentencia. Notifíquese
Actor: María de Lourdes Solís Portillo
Demandado: Junta Especial Número 55 de la Federal de Conciliación y Arbitraje
Ciudad Juárez, Chihuahua, tres de diciembre de dos mil veintiuno. Con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo agréguese el informe justificado rendido por el Secretario Auxiliar de Peritajes y Diligencias de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en la Ciudad de México; con el cual se da vista a las partes para que manifiesten lo que a sus intereses convengan, sin perjuicio de relacionarlo en la audiencia constitucional. Notifíquese
Actor: María de Lourdes Solís Portillo
Demandado: Junta Especial Número 55 de la Federal de Conciliación y Arbitraje
Ciudad Juárez, Chihuahua, treinta de noviembre de dos mil veintiuno. Agréguese el oficio signado por la Administradora de Correos de México, con residencia en esta localidad fronteriza; atento a su contenido, se le tiene atendiendo el requerimiento de veinticuatro de los actuales, y al efecto informa que la pieza registrada con el consecutivo 920216, correspondiente al oficio 22472, dirigido a la Secretaría Auxiliar de Peritajes y Diligencias de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje en la Ciudad de México, fue entregada a su destinatario, como se advierte de la copia certificada de la pieza postal que anexa. Por lo que, con fundamento a lo establecido en el artículo 28, fracción I, segundo párrafo, de la Ley de Amparo, se tiene por hecha la notificación del proveído de veintinueve de octubre último, con el que, entre otras cosas, dio inicio el presente y se le solicitó el aludido informe justificado. Notifíquese
Actor: María de Lourdes Solís Portillo
Demandado: Junta Especial Número 55 de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros
Ciudad Juárez, Chihuahua, veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno. se difiere la audiencia constitucional señalada para el día de hoy y se fijan las diez horas del catorce de diciembre de dos mil veintiuno, para que tenga verificativo. Con independencia de lo expuesto, requiérase al Administrador de Correos de México, con sede en esta localidad fronteriza y se apercibe. Finalmente, con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo agréguese el informe justificado rendido por la Presidenta de la Junta Especial número Cincuenta y Cinco de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad fronteriza, al que anexa copia certificada de los proveídos de veintidós y veintitrés actuales, dictados en el expediente laboral 455/2015, del que derivan los actos reclamados; con el cual se da vista a las partes para que manifiesten lo que a sus intereses convengan, sin perjuicio de relacionarlo en la audiencia constitucional. Asimismo, con apoyo en el numeral 9 de la ley invocada, se le tiene designando como su delegada a la profesionista que refiere
Actor: María de Lourdes Solís Portillo
Demandado: Junta Especial Número 55 de la Federal de Conciliación y Arbitraje
Ciudad Juárez, Chihuahua, cinco de noviembre de dos mil veintiuno. Con fundamento en el artículo 124 de la Ley de Amparo, agréguese el pedimento signado por la agente del Ministerio Público de la Federación adscrita a este juzgado en materia de amparos, con el que realiza diversas manifestaciones a guisa de alegatos, sin perjuicio de tomarlas en consideración al momento de celebrar la audiencia constitucional. En cuanto a las copias que solicita, dígasele que se esté a lo acordado en proveído de veintinueve de octubre último, en el que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 278 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, desde ese momento se autorizó la utilización de cualquier medio digital, fotográfico o que resulte apto para copiar el contenido de las constancias que integren este expediente; así como la expedición a su costa de copias simples o certificadas que sean de su interés, previa constancia de entrega-recepción que se deje en autos. En la inteligencia que tal autorización excluye la reproducción de documentos o textos cuya difusión esté reservada por disposición legal expresa. Para tal efecto, con fundamento en el artículo 6 del Acuerdo General 21/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, deberá generar cita a través del sistema "Agenda OJ"; sistema que otorgará a la persona a cuyo nombre se solicite, un Código QR, el cual permitirá que ella y, en su caso, otra persona autorizada en el expediente respectivo, ingresen al órgano jurisdiccional. Notifíquese
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