Federal
> Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Maria Del Carmen Avila Zapata
Demandado: Agente Del Ministerio Publico Investigador De La Agencia Del Ministerio Publico De Atencion Inmediata En Tampico, Tam. Y Otros | Agente Del Ministerio Publico Investigador De La Agencia Del Ministerio Publico De Atencion Inmediata En Tampico, Tam. Y Otros
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 323/2024 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Maria Del Carmen Avila Zapata en contra de Agente Del Ministerio Publico Investigador De La Agencia Del Ministerio Publico De Atencion Inmediata En Tampico, Tam. Y Otro en el Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 17 de Abril del 2024 y cuenta con 10 Notificaciones.
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Actor: Maria del Carmen Avila Zapata
Demandado: Agente del Ministerio Publico Investigador de la Agencia del Ministerio Publico de Atencion Inmediata En Tampico, Tam
Del estado procesal de los autos y la certificación que antecede, se advierte que en esta fecha se ordenó el archivo del juicio principal del cual deriva este expediente; en consecuencia, debido a que no existen escritos, pruebas, ni diligencias pendientes de desahogar, se ordena el archivo del cuaderno incidental en que se actúa como asunto concluido
Actor: Maria del Carmen Avila Zapata
Demandado: Agente del Ministerio Publico Investigador de la Agencia del Ministerio Publico de Atencion Inmediata En Tampico, Tam
De la certificación secretarial que antecede, se advierte que las partes no interpusieron recurso de revisión en contra de la sentencia dictada en este asunto; en consecuencia, con fundamento en los artículos 356, fracción II, y 357 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se declara que HA CAUSADO EJECUTORIA para todos los efectos legales. Hágase la anotación de rigor en el Libro de Gobierno correspondiente y con fundamento en el artículo 214 de la Ley de Amparo archívese este expediente como concluido
Actor: Maria del Carmen Avila Zapata
Demandado: Agente del Ministerio Publico Investigador de la Agencia del Ministerio Publico de Atencion Inmediata En Tampico, Tam
Sentencia: primero.- se sobresee en el juicio de amparo. Segundo.- como está ordenado entréguese copia autorizada de este fallo a la parte que lo solicite y tercero.- cúmplase lo establecido en el considerando último de esta resolución
Actor: Maria del Carmen Avila Zapata
Demandado: Agente del Ministerio Publico Investigador de la Agencia del Ministerio Publico de Atencion Inmediata En Tampico, Tam
R E S O L U T I V O: PRIMERO. Se niega la suspensión definitiva por los motivos expuestos en el considerando segundo de esta resolución. SEGUNDO. Como está ordenado en el considerando último, entréguese copia autorizada de esta resolución interlocutoria a la parte que lo solicite
Actor: Maria del Carmen Avila Zapata
Demandado: Agente del Ministerio Publico Investigador de la Agencia del Ministerio Publico de Atencion Inmediata En Tampico, Tam
Vista la cuenta que antecede, con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, téngase a la autoridad responsable Policía Investigadora, adscrita a la Procuraduría General de Justicia en el Estado de Tamaulipas, con sede en esta Ciudad, rindiendo su informe justificado; con el mismo, dese vista a las partes, y nueva cuenta al momento de celebrar la audiencia constitucional
Actor: Maria del Carmen Avila Zapata
Demandado: Agente del Ministerio Publico Investigador de la Agencia del Ministerio Publico de Atencion Inmediata En Tampico, Tam
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 140 de la Ley de Amparo vigente, agréguese el oficio de cuenta, por el que rinde su informe previo la autoridad responsable Policía Investigadora, adscrita a la Procuraduría General de Justicia en el Estado de Tamaulipas, con sede en esta Ciudad con el cual, con conocimiento de las partes, dese nueva cuenta al momento de celebrar la audiencia incidental
Actor: Maria del Carmen Avila Zapata
Demandado: Agente del Ministerio Publico Investigador de la Agencia del Ministerio Publico de Atencion Inmediata En Tampico, Tam
no ha lugar a celebrar la audiencia incidental prevista para este día y en su lugar se fijan las NUEVE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL SEIS DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO, para que tenga verificativo
Actor: Maria del Carmen Avila Zapata
Demandado: Agente del Ministerio Publico Investigador de la Agencia del Ministerio Publico de Atencion Inmediata En Tampico, Tam
CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 27 DE LA LEY DE AMPARO, SE NOTIFICA A LA PARTE QUEJOSA MARIA DEL CARMEN AVILA ZAPATA, POR MEDIO DE LISTA DE ACUERDOS QUE SE FIJE EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO, ASÍ COMO EN EL PORTAL DE INTERNET DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN (www.cjf.gob.mx), EL ACUERDO DE DIECISEIS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO, EN EL QUE SE ADMITE LA DEMANDA DE AMPARO; SE SEÑALAN LAS ONCE HORAS CON OCHO MINUTOS DEL CATORCE DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO, PARA LA CELEBRACION DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. TRAMITESE EL INCIDENTE DE SUSPENSION. TENGASE COMO AUTORIZADOS DE LA PARTE QUEJOSA A QUIENES INDICA Y COMO DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EL QUE SEÑALA PARA TAL FIN. SE RESERVA PROVEER RESPECTO DEL TERCERO INTERESADO. SE HACE DEL CONOCIMIENTO DE LAS PARTES QUE LAS RESOLUCIONES QUE SE DICTEN DURANTE EL DESARROLLO DEL JUICIO, CONSTITUYEN INFORMACIÓN PÚBLICA Y PODRÁN SER CONSULTADAS POR CUALQUIER PERSONA; EN LA INTELIGENCIA DE QUE EXISTIR ALGUNA OPOSICIÓN SE OMITIRA LA PUBLICACIÓN DE LOS DATOS PERSONALES EN LISTAS DE NOTIFICACIÓN QUE SE PUBLIQUEN. CONFORME CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 3 Y DÉCIMO PRIMERO TRANSITORIO DE LA LEY DE AMPARO, PROCÉDASE EN SU MOMENTO A LA DIGITALIZACIÓN DEL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO
Actor: Maria del Carmen Avila Zapata
Demandado: AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO INVESTIGADOR DE LA AGENCIA DEL MINISTERIO PUBLICO DE ATENCION INMEDIATA EN TAMPICO, TAM. y Otros
Se concede la suspension provisional. Se señalan las nueve horas con cincuenta y cuatro minutos del veintidós de abril de dos mil veinticuatro, para que se efectue la audiencia incidental. Expídase a la parte quejosa copia certificada de este provéido. Conforme con lo establecido en los artículos 3 y décimo primero transitorio de la ley de amparo, procédase en su momento a la digitalización del expediente electrónico
Actor: Maria del Carmen Avila Zapata
Demandado: AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO INVESTIGADOR DE LA AGENCIA DEL MINISTERIO PUBLICO DE ATENCION INMEDIATA EN TAMPICO, TAM. y Otros
Se admite la demanda de amparo; se señalan las once horas con ocho minutos del catorce de mayo de dos mil veinticuatro, para la celebracion de la audiencia constitucional. Tramitese el incidente de suspension. Tengase como autorizados de la parte quejosa a quienes indica y como domicilio para oir y recibir notificaciones el que señala para tal fin. Se reserva proveer respecto del tercero interesado. Se hace del conocimiento de las partes que las resoluciones que se dicten durante el desarrollo del juicio, constituyen información pública y podrán ser consultadas por cualquier persona; en la inteligencia de que existir alguna oposición se omitira la publicación de los datos personales en listas de notificación que se publiquen. Conforme con lo establecido en los artículos 3 y décimo primero transitorio de la ley de amparo, procédase en su momento a la digitalización del expediente electrónico
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