Federal
> Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Tercer Circuito de Tercer Circuito
Actor: María Del Carmen Marmolejo Esparza
Demandado: Segunda Sala Regional De Occidente Del Tribunal Federal De Justicia Fiscal Y Administrativa | Juzgado Segundo De Distrito En Materia De Amparo Civil, Administrativo Y De Trabajo Y De Juicios Federales En El Estado De Nayarit
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 126/2016 en Materia Administrativa y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por María Del Carmen Marmolejo Esparza en contra de Segunda Sala Regional De Occidente Del Tribunal Federal De Justicia Fiscal Y Administrativa en el Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Tercer Circuito en Circuito 3 (Jalisco). El Proceso inició el 21 de Enero del 2016 y cuenta con 17 Notificaciones.
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Actor: María del Carmen Marmolejo Esparza
Demandado: Segunda Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Se tiene por recibido el oficio suscrito por el magistrado presidente de la segunda sala responsable, por el cual, acusa recibo del diverso oficio girado por este tribunal federal, por el que se remitió el juicio de nulidad 3534/15-07-02-4, archívese este expediente. Dado que encuadra en el supuesto de la fracción iii, del artículo vigésimo primero del acuerdo general conjunto número 2/2009, del... Porque la resolución emitida en el expediente en que se actúa, negó la protección constitucional; se determina que procede la depuración del expediente conservando sólo la demanda y la sentencia, una vez que transcurran más de cinco años como lo establece el citado acuerdo. Además de que en este asunto no se exhibieron documentos originales ni se considera de relevancia documental
Se tiene por recibido el oficio suscrito por el magistrado presidente de la segunda sala responsable, por el cual, acusa recibo del diverso oficio girado por este tribunal federal, por el que se remitió el juicio de nulidad 3534/15-07-02-4, archívese este expediente. Dado que encuadra en el supuesto de la fracción iii, del artículo vigésimo primero del acuerdo general conjunto número 2/2009, del... Porque la resolución emitida en el expediente en que se actúa, negó la protección constitucional; se determina que procede la depuración del expediente conservando sólo la demanda y la sentencia, una vez que transcurran más de cinco años como lo establece el citado acuerdo. Además de que en este asunto no se exhibieron documentos originales ni se considera de relevancia documental
Vista la certificación de la secretaria de acuerdos de este colegiado, se advierte que ha transcurrido el término de diez días, sin que se interpusiera recurso de revisión en contra de la sentencia dictada en este juicio de amparo, por lo que ha causado ejecutoria. En consecuencia, devuélvase el expediente, a la segunda sala responsable
Actor: María del Carmen Marmolejo Esparza
Demandado: Segunda Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Vista la certificación de la secretaria de acuerdos de este colegiado, se advierte que ha transcurrido el término de diez días, sin que se interpusiera recurso de revisión en contra de la sentencia dictada en este juicio de amparo, por lo que ha causado ejecutoria. En consecuencia, devuélvase el expediente, a la segunda sala responsable
... Por lo expuesto y fundado se resuelve: único.- la justicia de la unión no ampara ni protege a
Actor: María del Carmen Marmolejo Esparza
Demandado: Segunda Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
... Por lo expuesto y fundado se resuelve: único.- la justicia de la unión no ampara ni protege a
Vista la anterior constancia, se provee: de conformidad con el artículo 183 de la Ley de Amparo, se turnan estos autos para que formule el proyecto de resolución al magistrado Elías H. Banda Aguilar
Actor: María del Carmen Marmolejo Esparza
Demandado: Segunda Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Vista la anterior constancia, se provee: de conformidad con el artículo 183 de la Ley de Amparo, se turnan estos autos para que formule el proyecto de resolución al magistrado Elías H. Banda Aguilar
Vista la certificación de la secretaria de acuerdos de este tribunal, se advierte que ha precluido el término de tres días, sin que se interpusiera recurso de reclamación en contra del auto de veintinueve de marzo último, por el que se desechó parcialmente la demanda de amparo promovida por maría del carmen marmolejo esparza, por lo que respecta al magistrado instructor de la segunda sala responsable. Continúese con el trámite de este juicio de amparo directo, y una vez que se encuentre integrado, túrnese a la ponencia que corresponda, para que en su oportunidad, formule proyecto de resolución respectivo
Actor: María del Carmen Marmolejo Esparza
Demandado: Segunda Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Vista la certificación de la secretaria de acuerdos de este tribunal, se advierte que ha precluido el término de tres días, sin que se interpusiera recurso de reclamación en contra del auto de veintinueve de marzo último, por el que se desechó parcialmente la demanda de amparo promovida por maría del carmen marmolejo esparza, por lo que respecta al magistrado instructor de la segunda sala responsable. Continúese con el trámite de este juicio de amparo directo, y una vez que se encuentre integrado, túrnese a la ponencia que corresponda, para que en su oportunidad, formule proyecto de resolución respectivo
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