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María Del Rocio Morales Soto. | Tribunal De Arbitraje Estado Exp: 69/2021

Federal > Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: María Del Rocio Morales Soto.
Demandado: Tribunal De Arbitraje Del Estado De Puebla .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 69/2021 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por María Del Rocio Morales Soto en contra de Tribunal De Arbitraje Del Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 19 de Marzo del 2021 y cuenta con 2 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 69/2021

  • 05 de Abril del 2021

    Puebla, Puebla, treinta de marzo de dos mil veintiuno. Téngase por recibido el oficio signado por los Magistrados integrantes del Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla, mediante el cual, acusa recibo del expediente laboral de origen. Ahora bien, se advierte que no existe trámite pendiente por realizar; consecuentemente, archívese este asunto. Por tanto, tomando en consideración que el presente asunto no es de relevancia documental, se hace la declaratoria que es susceptible de destrucción en el momento oportuno.

  • 19 de Marzo del 2021

    Puebla, Puebla, dieciocho de marzo de dos mil veintiuno. Se desprende que trascurrió el plazo establecido por el artículo 104 de la Ley de Amparo, sin que ********************, haya interpuesto el recurso de reclamación en contra del proveído de uno de marzo del año en curso, por el que se desechó por extemporánea su demanda de amparo directo; asimismo, que en el libro de registro de correspondencia de la Oficialía de Partes de este colegiado, no existe promoción relacionada con el presente asunto, ni tampoco recurso de reclamación, pendiente de turnar a la mesa de trámite; en consecuencia, se declara que el mismo ha causado estado. En tales condiciones, devuélvanse los autos del expediente laboral D-209/2013 al Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla, y solicítese el acuse de recibo correspondiente.

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