Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: María Felix Edith Meza Meza | María Felix Edith Meza Meza
Demandado: Juez Civil Y Familiar Del Distrito Judicial De Zaragoza
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 615/2006 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por María Felix Edith Meza Meza en contra de Juez Civil Y Familiar Del Distrito Judicial De Zaragoza en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 16 de Mayo del 2006 y cuenta con 18 Notificaciones.
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Actor: MARÍA FELIX EDITH MEZA MEZA
Demandado: Juez Civil y Familiar del Distrito Judicial de Zaragoza
Se hace efectivo el apercibimiento decretado en auto de quince de diciembre de dos mil seis, y al efecto se tiene por consentida dicha resolución, háganse las anotaciones respectivas y en su oportunidad archivese el presente asunto, como asunto totalmente concluido
Actor: MARÍA FELIX EDITH MEZA MEZA
Demandado: Juez Civil y Familiar del Distrito Judicial de Zaragoza
Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa y se procede a notificar por lista la resolución de quince de diciembre de dos mil seis que en síntesis dice: "...Analizado el estado procesal, se declara cumplido el fallo protector..."
Analizado el estado procesal, se declara cumplido el fallo protector. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA
Actor: MARÍA FELIX EDITH MEZA MEZA
Demandado: Juez Civil y Familiar del Distrito Judicial de Zaragoza
Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa y se procede a notificar por lista el auto de veintítrés de noviembre de dos mil seis que en síntesis dice: "... Vistas las manifestaciones de las autoridades responsables Juez Interino y Diligenciaria, ambos del Juzgado Civil y Familiar del Distrito Judicial de Zaragoza, Encargado de la Delegación de Vialidad y Seguridad Pública Área Zacatelco y Director de Vialidad y Seguridad Pública del Estado de Tlaxcala, respecto del cumplimiento al fallo protector, se ordena dar vista a la parte quejosa para que en el plazo de tres días manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida que de no hacerlo se proveera conforme a derecho..."
Actor: MARÍA FELIX EDITH MEZA MEZA
Demandado: Juez Civil y Familiar del Distrito Judicial de Zaragoza
Vistas las manifestaciones de las autoridades responsables Juez Interino y Diligenciaria, ambos del Juzgado Civil y Familiar del Distrito Judicial de Zaragoza, Encargado de la Delegación de Vialidad y Seguridad Pública Área Zacatelco y Director de Vialidad y Seguridad Pública del Estado de Tlaxcala, respecto del cumplimiento al fallo protector, se ordena dar vista a la parte quejosa para que en el plazo de tres días manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida que de no hacerlo se proveera conforme a derecho. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA
Actor: MARÍA FELIX EDITH MEZA MEZA
Demandado: Juez Civil y Familiar del Distrito Judicial de Zaragoza
Se declara que la sentencia que sobresee, ampara y protege ha causado ejecutoria, para todos los efectos legales a que haya lugar. Por lo anterior, requiérase al Juez Civil y Familiar del Distrito Judicial de Zaragoza, Diligenciaria adscrita a dicho Juzgado, Director de Vialidad y Seguridad Pública y Delegado de Vialidad y Seguridad Pública, Área Zacatelco, dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Pública y Readaptación Social todos del Estado de Tlaxcala, para que en el término de veinticuatro horas informen sobre el cumplimiento que hayan dado a la ejecutoria de amparo o los actos tendentes a ese efecto, apercibidas que de no hacerlo se procederá de conformidad a los artículos 104 y 105 de la Ley de Amparo. Finalmente, devuélvasele al juez responsable el expediente generador del acto reclamado
Actor: MARÍA FELIX EDITH MEZA MEZA
Demandado: Juez Civil y Familiar del Distrito Judicial de Zaragoza
Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa y se procede a notificar por lista la resolución de veinticinco de octubre de dos mil seis que en síntesis dice: "... Se resuelve.- Primero: Se sobresee en el juicio de garantías. Segundo: La justicia de la unión ampara y protege a la parte quejosa..."
Actor: MARÍA FELIX EDITH MEZA MEZA
Demandado: Juez Civil y Familiar del Distrito Judicial de Zaragoza
Se resuelve.- Primero: Se sobresee en el juicio de garantías. Segundo: La justicia de la unión ampara y protege a la parte quejosa. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LOS QUEJOSOS
Actor: MARÍA FELIX EDITH MEZA MEZA
Demandado: Juez Civil y Familiar del Distrito Judicial de Zaragoza
Toda vez que se encuentra transcurriendo el término de ocho días, a fin de que los terceros perjudicados Enrique Torres Barbosa y Felipe Torres, se impongan de los autos, se difiere la audiencia constitucional y se señalan las DIEZ HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL ONCE DE AGOSTO DE DOS MIL SEIS, para su celebración
Actor: MARÍA FELIX EDITH MEZA MEZA
Demandado: Juez Civil y Familiar del Distrito Judicial de Zaragoza
Se hace efectivo el apercibimiento hecho a los terceros perjudicados Enrique Torres Barbosa y Felipe Torres, y se procede a notificar por lista los autos que en síntesis dicen: Auto de diecisiete de mayo de dos mil seis "... Se admite a trámite la demanda de amparo. Se fijan las NUEVE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL CATORCE DE JUNIO DE DOS MIL SEIS, para la celebración de la audiencia constitucional; resérvese el emplazamiento del tercero perjudicado hasta en tanto obre el expediente generador del acto reclamado. Se previene a la parte quejosa y a la autoridad responsable para que tan pronto hayan cesado los efectos del acto reclamado o cuando hayan ocurrido causas notorias de sobreseimiento, deberán informarlo a este juzgado, con el apercibimiento que de no hacerlo se les impondrá una multa. Se tiene como representante común de la parte quejosa a María Félix Edith Meza..."; auto de veinticuatro de mayo de dos mil seis "...Dése vista a las partes con los informes justificados que rinden el Juez y Diligenciaria, ambos del Juzgado Civil y Familiar del Distrito Judicial de Zaragoza, y con su anexo. Por otro lado, se ordena emplazar a los terceros perjudicados señalados en los domicilios precisados. Finalmente, como lo solicita la parte quejosa, devuélvasele la documenal que refiere, previa copia certificada que obre en autos..."; auto de catorce de junio de dos mil seis "...Toda vez que se encuentra transcurriendo el término otorgado a la parte quejosa en proveído de ocho de junio del presente año, se difiere la audiencia constitucional y se fijan las NUEVE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL TRECE DE JULIO DE DOS MIL SEIS, para su celebración..." y auto de quince de junio de dos mil seis "...Se tiene a la parte quejosa dando cumplimiento al requerimiento formulado por auto de ocho de junio de dos mil seis; en consecuencia, emplácese a los terceros perjudicados Enrique Torres Barbosa y Felipe Torres, en el domicilio precisado..."
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