Federal
> Juzgado Tercero De Distrito En El Estado De Querétaro de Vigésimo Segundo Circuito
Actor: María Hermila Hidalgo Rangel
Demandado: Director De Investigación Del Delito. Y Otros
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 1590/2009 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por María Hermila Hidalgo Rangel en contra de Director De Investigación Del Delito. Y Otro en el Juzgado Tercero De Distrito En El Estado De Querétaro en Circuito 22 (Querétaro). El Proceso inició el 22 de Octubre del 2009 y cuenta con 14 Notificaciones.
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Vista la certificacion que antecede, se declara que la resolucion dada en autos ha quedado firme... Se ordena el archivo del expediente
... Por lo expuesto y fundado... Se resuelve: unico.- se sobresee
Con fundamento en el articulo 149 de la ley de amparo, tengase por rendido informe justificado, dese vista a las partes con su contenido, para que manifiesten lo que a su interes convenga
... Por lo expuesto y fundado... Se resuelve: unico.- se niega la suspensión definitiva
Con fundamento en el articulo 149 de la ley de amparo, tengase por rendido informe justificado, dese vista a las partes con su contenido, para que manifiesten lo que a su interes convenga
Con fundamento en el articulo 132 de la ley de amparo, tengase por rendido informe previo, dese vista a las partes con su contenido, para que manifiesten lo que a su interes convenga
Con fundamento en el articulo 149 de la ley de amparo, tengase por rendido informe justificado, dese vista a las partes con su contenido, para que manifiesten lo que a su interes convenga
Con fundamento en el articulo 149 de la ley de amparo, tengase por rendido informe justificado, dese vista a las partes con su contenido, para que manifiesten lo que a su interes convenga... Asimismo, con apoyo en lo dispuesto por el articulo 19 de la ley de la materia, tenganse como delegados de la autoridad a las personas que se indican en el ocurso
.... Por lo expuesto y fundado... Se resuelve: primero.- se niega la suspensión definitiva... Segundo.- se concede la suspensión definitiva... Tercero.- se difiere la audiencia incidental a las doce horas con diez minutos del veintinueve de octubre de dos mil nueve
Con fundamento en el articulo 132 de la ley de amparo, tengase por rendido informe previo, dese vista a las partes con su contenido, para que manifiesten lo que a su interes convenga
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