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María Leticia García Escobedo | Tribunal De Arbitraje Del Exp: 206/2018

Federal > Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: María Leticia García Escobedo
Demandado: Tribunal De Arbitraje Del Estado De Puebla
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 206/2018 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por María Leticia García Escobedo en contra de Tribunal De Arbitraje Del Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 23 de Marzo del 2018 y cuenta con 16 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 206/2018

  • 18 de Enero del 2019

    Puebla, Puebla, veintisiete de diciembre de dos mil dieciocho. En este contexto, una vez analizados los efectos de la ejecutoria de amparo y las constancias remitidas por la responsable para justificar el cumplimiento de aquélla, con fundamento en los artículos 192, 196 y 214, de la Ley de Amparo vigente, se tiene por cumplida la ejecutoria dictada por este tribunal en el juicio de amparo directo 206/2018, ya que la autoridad responsable cumplió con todos y cada uno de los puntos que fueron objeto de la concesión de amparo y no se advierte exceso o defecto alguno en ese cumplimiento. Lo anterior, hágase del conocimiento a la tercera Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla, así como a la autoridad responsable, para los efectos legales a que haya lugar; sin embargo, en atención a sus oficios número SFA-CGJ-(9)-3943/2018 y 7423/2018 de once de diciembre y trece de noviembre de este año, respectivamente, se advierte que se encuentra transcurriendo su segundo periodo vacacional de dichas dependencias, mismos que comprenden, del diecisiete al treinta y uno de diciembre de los actuales, por lo que se instruye al Actuario para que una vez que dichas dependencias reanude sus labores, proceda a efectuar la notificación del oficio que emane del presente acuerdo.

  • 28 de Diciembre del 2018

    Puebla, Puebla, veintisiete de diciembre de dos mil dieciocho. En este contexto, una vez analizados los efectos de la ejecutoria de amparo y las constancias remitidas por la responsable para justificar el cumplimiento de aquélla, con fundamento en los artículos 192, 196 y 214, de la Ley de Amparo vigente, se tiene por cumplida la ejecutoria dictada por este tribunal en el juicio de amparo directo 206/2018, ya que la autoridad responsable cumplió con todos y cada uno de los puntos que fueron objeto de la concesión de amparo y no se advierte exceso o defecto alguno en ese cumplimiento. Lo anterior, hágase del conocimiento a la tercera Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla, así como a la autoridad responsable, para los efectos legales a que haya lugar; sin embargo, en atención a sus oficios número SFA-CGJ-(9)-3943/2018 y 7423/2018 de once de diciembre y trece de noviembre de este año, respectivamente, se advierte que se encuentra transcurriendo su segundo periodo vacacional de dichas dependencias, mismos que comprenden, del diecisiete al treinta y uno de diciembre de los actuales, por lo que se instruye al Actuario para que una vez que dichas dependencias reanude sus labores, proceda a efectuar la notificación del oficio que emane del presente acuerdo.

  • 29 de Noviembre del 2018

    Puebla, Puebla, veintitrés de noviembre de dos mil dieciocho. Téngase por recibido el oficio de los Magistrados Integrantes del Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla, por el que en cumplimiento al acuerdo de trece de los actuales, remite el escrito de aclaración de demanda de la actora María Leticia García Escobedo, a través de su apoderado legal Marco Antonio Amaro Huertero (aquí parte quejosa). Por tanto, con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, dese vista a las partes, para que dentro del término de diez días, contado a partir del siguiente al en que surta sus efectos la notificación del presente proveído, expresen lo que a su interés corresponda.

  • 26 de Noviembre del 2018

    Puebla, Puebla, veintitrés de noviembre de dos mil dieciocho. Téngase por recibido el oficio de los Magistrados Integrantes del Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla, por el que en cumplimiento al acuerdo de trece de los actuales, remite el escrito de aclaración de demanda de la actora María Leticia García Escobedo, a través de su apoderado legal Marco Antonio Amaro Huertero (aquí parte quejosa). Por tanto, con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, dese vista a las partes, para que dentro del término de diez días, contado a partir del siguiente al en que surta sus efectos la notificación del presente proveído, expresen lo que a su interés corresponda.

  • 16 de Octubre del 2018

    Puebla, Puebla, quince de octubre de dos mil dieciocho. Téngase por recibido el oficio de los Magistrados Integrantes del Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla, por el que en cumplimiento a la ejecutoria dictada en el presente juicio de garantías, remite copia autógrafa del laudo de diez de octubre del año en curso. Por tanto, con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, dese vista a las partes, para que dentro del término de diez días, contado a partir del siguiente al en que surta sus efectos la notificación del presente proveído, expresen lo que a su interés corresponda, debiendo correrles traslado con copia certificada de dicho laudo.

  • 03 de Octubre del 2018

    Puebla, Puebla, dos de octubre de dos mil dieciocho. Agréguese el oficio de los Magistrados Integrantes del Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla, mediante el cual, en cumplimiento a la ejecutoria dictada en este asunto, así como al requerimiento formulado en proveído veinticuatro de septiembre de esta anualidad, remiten copia certificada de su acuerdo de veintisiete de septiembre pasado, del que se advierte que turnaron los autos al proyectista para que emita la resolución en forma de laudo; en tales condiciones, requiérasele para que una vez que emita el laudo correspondiente, remita de manera inmediata a este órgano colegiado, copia certificada de la constancia que así lo acredite.

  • 25 de Septiembre del 2018

    Puebla, Puebla, veinticuatro de septiembre de dos mil dieciocho. Requiérase al tribunal responsable, para que en el término de tres días, informe el estado procesal que guardan los autos del juicio laboral de origen, así como para que señale las actuaciones pendientes en el mismo para dejar dicho juicio en estado de resolución.

  • 20 de Agosto del 2018

    Puebla, Puebla, diecisiete de agosto de dos mil dieciocho. Agréguense los oficios de los Magistrados Integrantes del Tribunal responsable por medio de los cuales remiten copia certificada de la diligencia de trece de agosto de dos mil dieciocho, de la que se advierte que señalaron como nueva fecha para que tenga verificativo el desahogo de la prueba confesional ofrecida por la parte demandada Sindicato de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla y Organismos Públicos Descentralizados; requiérase a la responsable para que continúe informando los trámites tendientes a dar cumplimiento a la sentencia de amparo.

  • 03 de Agosto del 2018

    Puebla, Puebla, dos de agosto de dos mil dieciocho. Agréguese el oficio de los Magistrados Integrantes del Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla, por medio del cual remite copia certificada de la audiencia de ley de nueve de julio de esta anualidad, requiérase a la responsable para que continúe informando los trámites tendientes a dar cumplimiento a la sentencia de amparo.

  • 05 de Julio del 2018

    Puebla, Puebla, cuatro de julio de dos mil dieciocho. Téngase por recibido el oficio de los Magistrados que integran el Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla, mediante el cual remite copia certificada del proveído de veintinueve de junio del año en curso; estese en espera de que la autoridad oficiante continúe informando los trámites que se encuentra realizando para dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo.

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