Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: María Teresa Meléndez Huerta
Demandado: Junta Especial Número Cuarenta Y Seis De La Federal De Conciliación Y Arbitraje
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 341/2025 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por María Teresa Meléndez Huerta en contra de Junta Especial Número Cuarenta Y Seis De La Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 27 de Febrero del 2025 y cuenta con 1 Notificaciones.
Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes
Buscar Antecedentes
Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Recibir notificacionesEs gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Actor: María Teresa Meléndez Huerta
Demandado: Junta Especial número Cuarenta y Seis de la Federal de Conciliación y Arbitraje
Vista la demanda de amparo promovida por ***. Se ordena: a) anotar en el Libro de Control Electrónico de Juicios de Amparo con el número 341/2025-N. Se admite la demanda de amparo. No es el caso tramitar el incidente de suspensión, por no haberlo solicitado expresamente la parte quejosa. Se señalan las ONCE HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL VEINTISEIS DE MARZO DE DOS MIL VEINTICINCO, para llevar a cabo la audiencia constitucional. Dese la intervención que corresponde al Agente del Ministerio Público Federal adscrito. Se requiere a la(s) autoridad(es) responsable(s) su informe con justificación, el cual deberá(n) rendir dentro del plazo de quince días. Le reviste el carácter de tercera interesada a la autoridad siguiente: Instituto Mexicano del Seguro Social, Delegación Puebla. Realícese su emplazamiento mediante oficio, que se entregue en su oficina principal, debiendo agregar copia de la demanda, y auto admisorio para que, si lo considera conveniente, se apersone al presente juicio. Con independencia de lo expuesto por la parte quejosa, respecto a la parte tercera interesada, se requiere a la(s) autoridad(es) responsable(s), que al rendir informe con justificación señale(n) si alguna persona, dentro del procedimiento, del cual deriva el acto reclamado, se le ha reconocido la calidad de demandado; o bien, aquella a quien le interese subsista el acto reclamado. Apercibido(s) el(los) ente(s) oficial(es) de referencia, que en caso de ser cierto el acto controvertido y desatender este mandamiento, se le(s) podrá imponer una multa. Por otro lado, como lo solicita la promovente, se ordena a la Oficial Judicial "A" adscrita a este juzgado, realice la autorización correspondiente para que el usuario "***", se encuentren en aptitud de consultar vía internet el expediente electrónico, promover lo que a su derecho convenga y notificarse de los acuerdos y resoluciones que se dicten en el presente sumario constitucional, mediante la vía electrónica. En otro ámbito, se tienen como autorizados en términos restringidos a las personas que indica, por así solicitarlo expresamente. Asimismo, se tiene por señalado el número de teléfono y correo electrónico proporcionado por dicha autoridad, a efecto de entablar comunicaciones no procesales
PoderJudicialVirtual.com
Servicio al Cliente
Información