Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: María Virginia Becerril Hernández .
Demandado: Junta Especial Número Trece De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3469/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por María Virginia Becerril Hernández en contra de Junta Especial Número Trece De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 13 de Noviembre del 2023 y cuenta con 5 Notificaciones.
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Actor: María Virginia Becerril Hernández .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO TRECE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .
Vista la certificación, se declara que ha quedado firme el acuerdo donde se sobreseyó este juicio fuera de la audiencia constitucional. Archívese este expediente como asunto totalmente concluido. En razón de que no obran documentos originales en el expediente principal, no se actualiza la obligación de notificar personalmente a las partes para que recuperen este tipo de papeles. Notifíquese.
Actor: María Virginia Becerril Hernández .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO TRECE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .
Agréguense a los autos el oficio enviado por la autoridad responsable, por la cual rinde su informe justificado; en su apoyo, acompaña copia certificada de diversa constancia vinculada con el trámite del expediente laboral. se sobresee en el presente juicio fuera de la audiencia constitucional. Por tanto, se dejan sin efectos la hora y fecha señaladas para ello. Notifíquese, y personalmente a la parte quejosa.
Actor: María Virginia Becerril Hernández .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO TRECE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .
Agréguese a los autos el escrito signado por quien se ostenta como apoderado de la tercera interesada, mediante el cual devuelve los citatorios realizados a las terceras interesadas ... Sin embargo, resulta preciso destacar que no se le reconoce la personalidad que ostenta.. en relación con la devolución de los citatorios relativos a las terceras interesadas ... por los motivos que indica, provéase lo conducente, en su caso, en la audiencia constitucional que se celebre. NOTIFÍQUESE.
Actor: María Virginia Becerril Hernández .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO TRECE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .
SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA CON EFECTOS DE EMPLAZAMIENTO A LA PARTE TERCERA INTERESADA EL ACUERDO DE DIEZ DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS: "Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las DIEZ HORAS CON ONCE MINUTOS DEL DOCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de terceros interesados a los señalados por la parte quejosa. Por ende, con fundamento en los artículos 115 y 116 de la Ley de Amparo, instrúyase al Actuario adscrito para que los emplace, en el domicilio que se señala para tal efecto en la demanda. Notifíquese y emplácese."
Actor: María Virginia Becerril Hernández .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO TRECE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .
Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las DIEZ HORAS CON ONCE MINUTOS DEL DOCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de terceros interesados a los señalados por la parte quejosa. Por ende, con fundamento en los artículos 115 y 116 de la Ley de Amparo, instrúyase al Actuario adscrito para que los emplace, en el domicilio que se señala para tal efecto en la demanda. Notifíquese y emplácese.
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