Federal
> Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Tercer Circuito de Tercer Circuito
Actor: Mariano Jiménez Márquez
Demandado: Juzgado Séptimo De Distrito En Materias Administrativa Y De Trabajo En El Estado De Jalisco
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo en revisión
RESUMEN: El Expediente 172/2016 en Materia Administrativa y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por Mariano Jiménez Márquez en contra de Juzgado Séptimo De Distrito En Materias Administrativa Y De Trabajo En El Estado De Jalisco en el Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Tercer Circuito en Circuito 3 (Jalisco). El Proceso inició el 18 de Marzo del 2016 y cuenta con 10 Notificaciones.
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Actor: Mariano Jiménez Márquez
Demandado: Juzgado Séptimo de Distrito en Materias Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco
Se tiene por recibido el oficio número 9956/2017, suscrito por el Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materias Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, en el que transcribe el auto de dos de este mes de marzo, mediante el cual su titular acusa recibo del oficio girado por este tribunal federal, por el que se remitió testimonio de la sentencia dictada en este asunto, y los autos respectivos. Por tanto, archívese este expediente, y dado que el mismo encuadra en el supuesto de la fracción IV, del artículo vigésimo primero del Acuerdo General Conjunto número 2/2009, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, porque la resolución dictada modificó la resolución recurrida; en consecuencia, se determina que procede la depuración del expediente conservando sólo el escrito de agravios y la sentencia, una vez que transcurran más de cinco años como lo establece el citado acuerdo. Además de que en este asunto no se exhibieron documentos originales ni se considera de relevancia documental
Se tiene por recibido el oficio número 9956/2017, suscrito por el Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materias Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, en el que transcribe el auto de dos de este mes de marzo, mediante el cual su titular acusa recibo del oficio girado por este tribunal federal, por el que se remitió testimonio de la sentencia dictada en este asunto, y los autos respectivos. Por tanto, archívese este expediente, y dado que el mismo encuadra en el supuesto de la fracción IV, del artículo vigésimo primero del Acuerdo General Conjunto número 2/2009, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, porque la resolución dictada modificó la resolución recurrida; en consecuencia, se determina que procede la depuración del expediente conservando sólo el escrito de agravios y la sentencia, una vez que transcurran más de cinco años como lo establece el citado acuerdo. Además de que en este asunto no se exhibieron documentos originales ni se considera de relevancia documental
... Por lo expuesto y fundado se resuelve: primero.- se modifica la sentencia recurrida pronuncida por... Segundo.- se sobresee en el juicio de amparo número 2574/2015 promovido por... Tercero.- la justicia de la unión ampara y protege a
Actor: Mariano Jiménez Márquez
Demandado: Juzgado Séptimo de Distrito en Materias Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco
... Por lo expuesto y fundado se resuelve: primero.- se modifica la sentencia recurrida pronuncida por... Segundo.- se sobresee en el juicio de amparo número 2574/2015 promovido por... Tercero.- la justicia de la unión ampara y protege a
Se turnan estos autos para que formule el proyecto de resolución al magistrado josé manuel mojica hernández
Actor: Mariano Jiménez Márquez
Demandado: Juzgado Séptimo de Distrito en Materias Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco
Se turnan estos autos para que formule el proyecto de resolución al magistrado josé manuel mojica hernández
TENGASE A LA AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN ADSCRITA A ESTE TRIBUNAL, FORMULANDO PEDIMENTO. RESPECTO A LA EXPEDICIÓN DE COPIA CERTIFICADA QUE SOLICITA DE LA RESOLUCIÓN QUE SE DICTE EN EL PRESENTE ASUNTO, DÍGASELE QUE CONFORME A SU PETICIÓN CONTENIDA EN EL OFICIO 25/2016, SE LE NOTIFICARÁ MEDIANTE OFICIO, HACIÉNDOLE DE SU CONOCIMIENTO TAL COMO LO SOLICITÓ ÚNICAMENTE LOS PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA MISMA, INCLUYENDO LA PRIMER HOJA EN QUE SE CONTIENE LA FECHA, PUDIENDO TAMBIÉN, ADEMÁS, HACER USO DE APARATOS COMO LO SON LAS CÁMARAS O LECTORES ÓPTICOS. Visto el
Actor: Mariano Jiménez Márquez
Demandado: Juzgado Séptimo de Distrito en Materias Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco
TENGASE A LA AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN ADSCRITA A ESTE TRIBUNAL, FORMULANDO PEDIMENTO. RESPECTO A LA EXPEDICIÓN DE COPIA CERTIFICADA QUE SOLICITA DE LA RESOLUCIÓN QUE SE DICTE EN EL PRESENTE ASUNTO, DÍGASELE QUE CONFORME A SU PETICIÓN CONTENIDA EN EL OFICIO 25/2016, SE LE NOTIFICARÁ MEDIANTE OFICIO, HACIÉNDOLE DE SU CONOCIMIENTO TAL COMO LO SOLICITÓ ÚNICAMENTE LOS PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA MISMA, INCLUYENDO LA PRIMER HOJA EN QUE SE CONTIENE LA FECHA, PUDIENDO TAMBIÉN, ADEMÁS, HACER USO DE APARATOS COMO LO SON LAS CÁMARAS O LECTORES ÓPTICOS. Visto el
Se tiene por recibido el oficio número 20230/2016, signado por la Juez Séptimo de Distrito en Materias Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, por el que remite el juicio de amparo 2574/2015, foliado hasta la foja 136, así como original y copia de un escrito de agravios. Acúsese recibo. Con fundamento en el artículo 81, fracción I, inciso e) y 91 Ley de Amparo, se ADMITE el RECURSO DE REVISIÓN interpuesto por Gabriel Lara Castro, delegado de las autoridades responsables, Presidente y Síndico Municipal del Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco, carácter que tiene reconocido a foja 136 del expediente de origen, contra la resolución dictada el dos de febrero de dos mil dieciséis, en el citado juicio de garantías. Dese a la Agente del MINISTERIO PÚBLICO de la Federación adscrita a este tribunal, la intervención que legalmente le corresponde. Hágase del conocimiento de las partes, que este Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de este Tercer Circuito, se encuentra integrado por los magistrados Elías H. Banda Aguilar, Hugo Gómez Ávila y José Manuel Mojica Hernández
Actor: Mariano Jiménez Márquez
Demandado: Juzgado Séptimo de Distrito en Materias Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco
Se tiene por recibido el oficio número 20230/2016, signado por la Juez Séptimo de Distrito en Materias Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, por el que remite el juicio de amparo 2574/2015, foliado hasta la foja 136, así como original y copia de un escrito de agravios. Acúsese recibo. Con fundamento en el artículo 81, fracción I, inciso e) y 91 Ley de Amparo, se ADMITE el RECURSO DE REVISIÓN interpuesto por Gabriel Lara Castro, delegado de las autoridades responsables, Presidente y Síndico Municipal del Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco, carácter que tiene reconocido a foja 136 del expediente de origen, contra la resolución dictada el dos de febrero de dos mil dieciséis, en el citado juicio de garantías. Dese a la Agente del MINISTERIO PÚBLICO de la Federación adscrita a este tribunal, la intervención que legalmente le corresponde. Hágase del conocimiento de las partes, que este Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de este Tercer Circuito, se encuentra integrado por los magistrados Elías H. Banda Aguilar, Hugo Gómez Ávila y José Manuel Mojica Hernández
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