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Mario González Montiel | Junta Local De Conciliación Y Exp: 718/2012

Federal > Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Mario González Montiel
Demandado: Junta Local De Conciliación Y Arbitraje Para El Estado De Tlaxcala
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 718/2012 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Mario González Montiel en contra de Junta Local De Conciliación Y Arbitraje Para El Estado De Tlaxcala en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 26 de Abril del 2012 y cuenta con 5 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 718/2012

  • 19 de Junio del 2012

    Actor: MARIO GONZÁLEZ MONTIEL

    Demandado: JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE PARA EL ESTADO DE TLAXCALA

    Visto el estado de autos, se ordena regularizar el procedimiento para el único efecto de que se notifiquen a las autoridades responsables el auto de once junio de dos mil doce

  • 12 de Junio del 2012

    Actor: MARIO GONZÁLEZ MONTIEL

    Demandado: JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE PARA EL ESTADO DE TLAXCALA

    Se declara que la sentencia que sobreseyó el juicio, ha causado ejecutoria para todos los efectos legales procedentes. Háganse las anotaciones correspondientes en el libro de gobierno y una vez que obren en autos las constancias de notificación del presente proveído, sin ulterior acuerdo, archívese el presente expediente como asunto concluido. Este juzgador estima que el presente expediente carece de relevancia documental; por tanto, será destruible

  • 23 de Mayo del 2012

    Actor: MARIO GONZÁLEZ MONTIEL

    Demandado: JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE PARA EL ESTADO DE TLAXCALA

    Se resuelve.- Único: Se sobresee en el juicio

  • 15 de Mayo del 2012

    Actor: MARIO GONZÁLEZ MONTIEL

    Demandado: JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE PARA EL ESTADO DE TLAXCALA

    Se hace efectivo el apercibimiento hecho al tercero perjudicado Lino Oliverio Sánchez Hernández, al no haber esperado al actuario el día y hora fijados en el citatorio de espera, en el domicilio señalado en autos y se procede a notificar por lista el auto de veinticinco de abril de dos mil doce que en síntesis dice: "...Se admite a trámite la demanda de amparo, fórmese expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número que corresponda. Se fijan las ONCE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL VEITNIDÓS DE MAYO DE DOS MIL DOCE, para la celebración de la audiencia constitucional. Emplácese al tercero perjudicado Lino Oliverio Sánchez Hernández, en el domicilio señalado, y requiérase para que dentro del término de tres días señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad de Tlaxcala, Tlaxcala, apercibiéndose que de no hacerlo en el lapso concedido, las subsecuentes notificaciones se le practicarán en el domicilio de la diligencia de emplazamiento. En cumplimiento a la ley de transparencia indiquese el derecho que les asiste, hasta dictarse sentencia, para oponerse de manera expresa, en relación con los terceros, a la publicación de sus datos personales, en la inteligencia de que la falta de oposición conlleva su consentimiento para la sentencia respectiva se publique sin supresión de datos..."

  • 26 de Abril del 2012

    Actor: MARIO GONZÁLEZ MONTIEL

    Demandado: JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE PARA EL ESTADO DE TLAXCALA

    Se admite a trámite la demanda de amparo, fórmese expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número que corresponda. Se fijan las ONCE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL VEINTIDÓS DE MAYO DE DOS MIL DOCE, para la celebración de la audiencia constitucional. Emplácese al tercero perjudicado Lino Oliverio Sánchez Hernández, en el domicilio señalado, y requiérase para que dentro del término de tres días señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad de Tlaxcala, Tlaxcala, apercibiéndose que de no hacerlo en el lapso concedido, las subsecuentes notificaciones se le practicarán en el domicilio de la diligencia de emplazamiento. En cumplimiento a la ley de transparencia indiquese el derecho que les asiste, hasta dictarse sentencia, para oponerse de manera expresa, en relación con los terceros, a la publicación de sus datos personales, en la inteligencia de que la falta de oposición conlleva su consentimiento para la sentencia respectiva se publique sin supresión de datos

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