Federal
> Juzgado Tercero De Distrito En El Estado De Yucatán de Décimo Cuarto Circuito
Actor: Mario Paul Jimenez Brito
Demandado: Titular De La Agencia Mixta Numero Tres Del Ministerio Publico Dependiente De La Fiscalia General Del Estado
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 620/2015 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Mario Paul Jimenez Brito en contra de Titular De La Agencia Mixta Numero Tres Del Ministerio Publico Dependiente De La Fiscalia General Del Estado en el Juzgado Tercero De Distrito En El Estado De Yucatán en Circuito 14 (Yucatán). El Proceso inició el 27 de Mayo del 2015 y cuenta con 18 Notificaciones.
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Actor: Mario Paul Jimenez Brito
Demandado: Titular de la Agencia Mixta Numero Tres del Ministerio Publico Dependiente de la Fiscalia General del Estado
MESA V.Visto el estado que guardan los presentes autos y toda vez que de los mismos se advierte que no existe motivo legal alguno para que continúe al buen resguardo de la Secretaría de este Juzgado, las copias certificadas de la carpeta de investigación ******************** que la Fiscalía Investigadora Número Uno, en ausencia temporal de la Fiscalía Investigadora Número Tres, ambas del Ministerio Público del Fuero Común de la Fiscalía General del Estado, con sede en esta ciudad, acompaño a su informe justificado; devuélvase a dicha autoridad las referidas copias certificadas, y pídasele que informe a este órgano jurisdiccional cuando las haya recibido, como constancia de su recepción
Visto el estado que guardan los presentes autos y lo de cuenta, se acuerda: habiendo transcurrido el término que señala el artículo 86 de la Ley de Amparo en vigor, sin que se hubiera interpuesto el recurso de revisión en contra de la resolución constitucional firmada el veinticinco de septiembre del año en curso; con fundamento en el artículo 81, fracción I, inciso e) de la Ley de Amparo en vigor, se declara que la expresada resolución, que en su primer punto resolutivo sobresee en el presente juicio de amparo, HA CAUSADO EJECUTORIA, para todos los efectos legales correspondientes; háganse las anotaciones en el libro respectivo, notificado que sea este acuerdo, con fundamento en el artículo 214 de la Ley de Amparo, archívese este expediente como asunto definitivamente concluido. En cumplimiento al Punto Vigésimo Primero del Acuerdo General Conjunto Número 1/2009, de veintiocho de septiembre de dos mil nueve, de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la transferencia, digitalización, depuración y destrucción de los expediente generados en los Juzgados de Distrito, se determina que en virtud de que se sobreseyó en el juicio de amparo, así como que carece de documentos originales, se encuentra dentro de la hipótesis establecida en la fracción II del Punto Vigésimo primero del citado Acuerdo General, por lo que ES SUSCEPTIBLE DE DESTRUCCIÓN, lo que se podrá realizar una vez transcurridos los cinco años a que se refiere la parte final del Primer Párrafo del Punto Vigésimo Primero del Acuerdo antes citado. De conformidad con lo establecido en el punto Undécimo del Capítulo Tercero del Acuerdo General Conjunto Número 1/2009, de veintiocho de septiembre de dos mil nueve, de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la transferencia, digitalización, depuración y destrucción de los expedientes generados en los Juzgados de Distrito, realícese la anotación que corresponde en la carátula del presente expediente, en el sentido de que el presente expediente no tiene relevancia documental. Finalmente, en cuanto al valor jurídico, no lo tiene el presente juicio de amparo
Actor: Mario Paul Jimenez Brito
Demandado: Titular de la Agencia Mixta Numero Tres del Ministerio Publico Dependiente de la Fiscalia General del Estado
MESA V. Se difiere la audiencia constitucional señalada para tener verificativo el día de hoy y se fijan como nuevas fecha y hora para su desahogo las DIEZ HORAS CON NUEVE MINUTOS DEL CATORCE DESEPTIEMBRE DE DOS MIL QUINCE
Actor: Mario Paul Jimenez Brito
Demandado: Titular de la Agencia Mixta Numero Tres del Ministerio Publico Dependiente de la Fiscalia General del Estado
MESA V. Téngase por apersonado a este juicio con al tercero interesado y por señalado su domicilio y autorizados
Actor: Mario Paul Jimenez Brito
Demandado: Titular de la Agencia Mixta Numero Tres del Ministerio Publico Dependiente de la Fiscalia General del Estado
MESA V. Agréguese a estos autos el escrito signado por el quejoso mediante el cual cumple con el requerimiento que se le hizo en proveído de treinta de julio del año en curso, y señala que en la declaración preparatoria rendida ante la autoridad responsable, el tercero interesado nombró defensor particular y domicilio para oír y recibir notificaciones, motivo por el cual solicita que por medio de su defensor particular se realice el emplazamiento a este juicio. Atento a lo anterior, comisiónese al Actuario adscrito a este Juzgado Tercero de Distrito, a efecto de se constituya en el predio antes citado, y se sirva emplazar a juicio al tercero interesado ; dese conocimiento de la promoción de la demanda, con entrega de una copia simple de ella; asimismo, hágasele saber que puede apersonarse a este juicio en su carácter de tercero interesado si así le conviniere, y prevéngasele para que dentro del término de tres días siguientes al de su notificación de este auto, señale domicilio en esta ciudad, para oír y recibir notificaciones, con el apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este órgano de control constitucional. Asimismo, con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo en vigor, póngase a la vista del mencionado tercero interesado, el informe justificado rendido por la autoridad responsable que obra glosado en autos. Finalmente, hágasele saber al citado tercero interesado que la audiencia constitucional esta señala para que tenga verificado el día diecisiete de agosto del año en curso a las diez horas con quince minutos
Actor: Mario Paul Jimenez Brito
Demandado: Titular de la Agencia Mixta Numero Tres del Ministerio Publico Dependiente de la Fiscalia General del Estado
MESA V. Agréguese a estos autos el escrito signado por el quejoso mediante el cual cumple con el requerimiento que se le hizo en proveído de treinta de julio del año en curso, y señala que en la declaración preparatoria rendida ante la autoridad responsable, el tercero interesado nombró defensor particular y domicilio para oír y recibir notificaciones, motivo por el cual solicita que por medio de su defensor particular se realice el emplazamiento a este juicio. Atento a lo anterior, comisiónese al Actuario adscrito a este Juzgado Tercero de Distrito, a efecto de se constituya en el predio antes citado, y se sirva emplazar a juicio al tercero interesado ; dese conocimiento de la promoción de la demanda, con entrega de una copia simple de ella; asimismo, hágasele saber que puede apersonarse a este juicio en su carácter de tercero interesado si así le conviniere, y prevéngasele para que dentro del término de tres días siguientes al de su notificación de este auto, señale domicilio en esta ciudad, para oír y recibir notificaciones, con el apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este órgano de control constitucional. Asimismo, con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo en vigor, póngase a la vista del mencionado tercero interesado, el informe justificado rendido por la autoridad responsable que obra glosado en autos. Finalmente, hágasele saber al citado tercero interesado que la audiencia constitucional esta señala para que tenga verificado el día diecisiete de agosto del año en curso a las diez horas con quince minutos
Actor: Mario Paul Jimenez Brito
Demandado: Titular de la Agencia Mixta Numero Tres del Ministerio Publico Dependiente de la Fiscalia General del Estado
MESA V. Visto la certificación secretarial que antecede, y toda vez que de autos se advierte que se han agotado diversas medidas con el propósito de investigar el domicilio del tercero interesado ... para que pudiera ser emplazado a juicio. Atento a lo anterior, mediante proveído de veintiocho de mayo del año en curso, se reservó acordar lo relativo al emplazamiento del citado tercero interesado hasta en tanto obrara el informe justificado de la autoridad responsable, en virtud de que el domicilio que proporciono la parte quejosa en su demanda de amparo, se encuentra abandonado desde hace varios meses, tal y como se advierte de la constancia levantada de fecha veintisiete de mayo del año en curso, realizada por el Actuario Judicial adscrito a este Juzgado. Asimismo por diverso proveído de dieciocho de junio del año en curso, se le requirió a la autoridad responsable Fiscalía Investigadora Número Uno, en ausencia temporal de la Fiscalía Investigadora Número Tres ambas del Ministerio Público del Fuero Común de la Fiscalía General del Estado, con residencia en esta ciudad y a la parte quejosa a efecto de que aporte un domicilio del tercero interesado para efectuar el emplazamiento, siendo que el domicilio que proporciono la autoridad responsable no se logró ubicar el citado domicilio, tal y como se advierte de la constancia levantada de fecha veintinueve de junio del año en curso, realizada por el Actuario Judicial adscrito a este Juzgado; y la parte quejosa no cumplió con la prevención al efecto se le hizo en proveído de dieciocho de junio del año en curso. Por otra parte, en proveído de uno de julio del año en curso, se les requirió al Secretario de Seguridad Pública del Estado, Director de la Policía Ministerial Investigadora del Estado, Vocal del Registro Federal Electoral de la Junta Local Ejecutiva en Yucatán, Jefe de Servicios Jurídicos del Instituto Mexicano del Seguro Social, Jefe de Servicios Jurídicos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Delegado Estatal de la Comisión Federal de Electricidad, Secretaría de Administración y Finanzas del Poder ejecutivo del Gobierno del Estado de Yucatán, Director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Instituto de Seguridad Jurídica del Estado, Director del Registro Civil del Estado, Director del Catastro Municipal, Administrador Local de Servicios al Contribuyente de Mérida, y apoderado legal de Teléfonos de México, Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable, todos con sede en esta ciudad, para que dentro del término de tres días, informaran a este Juzgado si en los archivos de dichas dependencias tienen registrado el domicilio del referido tercero interesado ... lo anterior, a fin de que este tribunal esté en aptitud de emplazarlo a juicio de amparo. Asimismo; en proveídos de tres, siete, ocho, nueve, y trece de julio del año en curso, se glosaron a los presentes autos, los oficios signados por dichas autoridades, quienes informaron en sus archivos que existen registros relativos al domicilio de la referida tercera interesada. Sin embargo, de la lectura de los oficios remitidos por las autoridades antes citadas, se advierte que los domicilios proporcionados por las mismas, son los mismos donde se constituyó el Actuario Judicial adscrito a este Juzgado, tal y como se advierte de las constancias levantadas de fecha veintisiete y veintinueve de mayo del año en curso. Por tal motivo, con fundamento en la fracción II del artículo 297 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria de conformidad con el artículo 2º de la Ley de Amparo en vigor, prevéngase al quejoso ... para que dentro del término de tres días contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación de este acuerdo, proporcione algún otro domicilio donde pueda ser emplazado el tercero interesado aludido; apercibido que de no cumplir con lo anterior, se procederá al emplazamiento del citado tercero interesado por medio de edictos a su costa
Actor: Mario Paul Jimenez Brito
Demandado: Titular de la Agencia Mixta Numero Tres del Ministerio Publico Dependiente de la Fiscalia General del Estado
MESA V. Visto la certificación secretarial que antecede, y toda vez que de autos se advierte que se han agotado diversas medidas con el propósito de investigar el domicilio del tercero interesado ... para que pudiera ser emplazado a juicio. Atento a lo anterior, mediante proveído de veintiocho de mayo del año en curso, se reservó acordar lo relativo al emplazamiento del citado tercero interesado hasta en tanto obrara el informe justificado de la autoridad responsable, en virtud de que el domicilio que proporciono la parte quejosa en su demanda de amparo, se encuentra abandonado desde hace varios meses, tal y como se advierte de la constancia levantada de fecha veintisiete de mayo del año en curso, realizada por el Actuario Judicial adscrito a este Juzgado. Asimismo por diverso proveído de dieciocho de junio del año en curso, se le requirió a la autoridad responsable Fiscalía Investigadora Número Uno, en ausencia temporal de la Fiscalía Investigadora Número Tres ambas del Ministerio Público del Fuero Común de la Fiscalía General del Estado, con residencia en esta ciudad y a la parte quejosa a efecto de que aporte un domicilio del tercero interesado para efectuar el emplazamiento, siendo que el domicilio que proporciono la autoridad responsable no se logró ubicar el citado domicilio, tal y como se advierte de la constancia levantada de fecha veintinueve de junio del año en curso, realizada por el Actuario Judicial adscrito a este Juzgado; y la parte quejosa no cumplió con la prevención al efecto se le hizo en proveído de dieciocho de junio del año en curso. Por otra parte, en proveído de uno de julio del año en curso, se les requirió al Secretario de Seguridad Pública del Estado, Director de la Policía Ministerial Investigadora del Estado, Vocal del Registro Federal Electoral de la Junta Local Ejecutiva en Yucatán, Jefe de Servicios Jurídicos del Instituto Mexicano del Seguro Social, Jefe de Servicios Jurídicos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Delegado Estatal de la Comisión Federal de Electricidad, Secretaría de Administración y Finanzas del Poder ejecutivo del Gobierno del Estado de Yucatán, Director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Instituto de Seguridad Jurídica del Estado, Director del Registro Civil del Estado, Director del Catastro Municipal, Administrador Local de Servicios al Contribuyente de Mérida, y apoderado legal de Teléfonos de México, Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable, todos con sede en esta ciudad, para que dentro del término de tres días, informaran a este Juzgado si en los archivos de dichas dependencias tienen registrado el domicilio del referido tercero interesado ... lo anterior, a fin de que este tribunal esté en aptitud de emplazarlo a juicio de amparo. Asimismo; en proveídos de tres, siete, ocho, nueve, y trece de julio del año en curso, se glosaron a los presentes autos, los oficios signados por dichas autoridades, quienes informaron en sus archivos que existen registros relativos al domicilio de la referida tercera interesada. Sin embargo, de la lectura de los oficios remitidos por las autoridades antes citadas, se advierte que los domicilios proporcionados por las mismas, son los mismos donde se constituyó el Actuario Judicial adscrito a este Juzgado, tal y como se advierte de las constancias levantadas de fecha veintisiete y veintinueve de mayo del año en curso. Por tal motivo, con fundamento en la fracción II del artículo 297 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria de conformidad con el artículo 2º de la Ley de Amparo en vigor, prevéngase al quejoso ... para que dentro del término de tres días contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación de este acuerdo, proporcione algún otro domicilio donde pueda ser emplazado el tercero interesado aludido; apercibido que de no cumplir con lo anterior, se procederá al emplazamiento del citado tercero interesado por medio de edictos a su costa
Actor: Mario Paul Jimenez Brito
Demandado: Titular de la Agencia Mixta Numero Tres del Ministerio Publico Dependiente de la Fiscalia General del Estado
MESA V. Agréguese a estos autos para que obre como legalmente corresponda el oficio signado por la Apoderada Legal del Instituto Mexicano del Seguro Social con sede en esta ciudad, con residencia en esta ciudad, mediante los cuales cumple con el requerimiento contenido en proveído de uno de los corrientes
Actor: Mario Paul Jimenez Brito
Demandado: Titular de la Agencia Mixta Numero Tres del Ministerio Publico Dependiente de la Fiscalia General del Estado
MESA V. Agréguense a estos autos los oficios signados por el Secretario de Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Gobierno y por el Vocal del Registro Federal de Electores del Instituto Nacional Electoral ambos del Estado, con residencia en esta ciudad, mediante los cuales cumplen con el requerimiento contenido en proveído de uno de los corrientes, y en atención a lo que manifiestan en los mismos, resérvense acordar lo conducente hasta en tanto todas las autoridades cumplan con el requerimiento de mérito
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