Federal
> Segundo Tribunal Colegiado Del Vigésimo Cuarto Circuito de Vigésimo Cuarto Circuito
Actor: Mateo Coppel Godoy
Demandado: Juzgado Segundo De Primera Instancia Del Ramo Mercantil, Con Residencia En Tepic, Nayarit
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 646/2012 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Mateo Coppel Godoy en contra de Juzgado Segundo De Primera Instancia Del Ramo Mercantil, Con Residencia En Tepic, Nayarit en el Segundo Tribunal Colegiado Del Vigésimo Cuarto Circuito en Circuito 24 (Nayarit). El Proceso inició el 22 de Noviembre del 2012 y cuenta con 8 Notificaciones.
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Actor: Mateo Coppel Godoy
Demandado: Juzgado Segundo de Primera Instancia del Ramo Mercantil, Con Residencia En Tepic, Nayarit
La autoridad responsable acusa recibo del oficio girado. Se ordena el archivo del presente asunto. Luego, al no ser de relevancia documental, se concluye que el presente expediente es susceptible de depuración, por lo tanto, consérvese en el archivo de este tribunal durante tres años
Actor: Mateo Coppel Godoy
Demandado: Juzgado Segundo de Primera Instancia del Ramo Mercantil, Con Residencia En Tepic, Nayarit
único. La justicia de la unión no ampara ni protege
Actor: Mateo Coppel Godoy
Demandado: Juzgado Segundo de Primera Instancia del Ramo Mercantil, Con Residencia En Tepic, Nayarit
Vista la certificación de cuenta de la que se desprende que el pleno del consejo de la judicatura, acordó la readscripción del magistrado josé fernando guadalupe suárez correa, a este órgano colegiado, a partir del uno de marzo del presente año; en consecuencia, con fundamento en lo establecido por el artículo 99 de la ley de amparo, retúrnesele el presente asunto para que formule el proyecto de resolución que en derecho corresponda
Actor: Mateo Coppel Godoy
Demandado: Juzgado Segundo de Primera Instancia del Ramo Mercantil, Con Residencia En Tepic, Nayarit
Túrnese el presente expediente a la ponencia de la licenciada laura pöhls covarruibias, secretaria en funciones de magistrada de circuito, para los efectos legales del articulo 184 de la ley de amparo
Actor: Mateo Coppel Godoy
Demandado: Juzgado Segundo de Primera Instancia del Ramo Mercantil, Con Residencia En Tepic, Nayarit
Agreguese a sus autos sin mayor acuerdo el oficio de cuenta suscrito por el juez segundo de primera instancia del ramo mercantil de tepic, nayarit, toda vez que se acordó lo conducente en proveido de once de diciembre de dos mil doce
Actor: Mateo Coppel Godoy
Demandado: Juzgado Segundo de Primera Instancia del Ramo Mercantil, Con Residencia En Tepic, Nayarit
Se admite la demanda de amparo. Se reconoce el carácter del tercero perjudicado. Gírese oficio a la autoridad responsable y al agente del ministerio público de la federación adscrito. Hágase saber a las partes que pueden manifestar su oposición a la publicación de sus datos personales
Actor: Mateo Coppel Godoy
Demandado: Juzgado Segundo de Primera Instancia del Ramo Mercantil, Con Residencia En Tepic, Nayarit
Requiérase por segunda ocasion a la autoridad responsable, para que dentro del término de veinticuatro horas, remita las constancias de emplazamiento referidas, o bien, informe el impedimento legal que tenga para ello, apercibido que de no hacerlo se le impondrá multa
Actor: Mateo Coppel Godoy
Demandado: Juzgado Segundo de Primera Instancia del Ramo Mercantil, Con Residencia En Tepic, Nayarit
Previo a la admision o desechamiento de la demanda de garantias se advieerte que le reviste el caracter de tercero perjudicado a sixto alejandro uribe ortega. Toda vez que la autoridad responsable no emplazo bien al citado tercero, remitase a la autoridad responsable copia de la demanda para que lo emplace de manera correcta. En el entendido que de no hacerlo se le impondra multa. Haganse las anotaciones en el libro de gobierno. Se tiene como domicilio para oir y recibir notificaciones el señalado. Gírese oficio a la autoridad responsable y al agente del ministerio público de la federación adscrito. Hágase saber a las partes que pueden manifestar su oposición a la publicación de sus datos personales
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