Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Materiales Eléctricos De Santa Ana, Sociedad Anónima De Capital Variable | Fidencio Arturo Mendieta Mendoza -representante Legal- | José Bernardo Jaime Paredes Sánchez
Demandado: Sala Civil-familiar Del Tribunal Superior De Justicia Del Estado De Tlaxcala
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 616/2024 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Materiales Eléctricos De Santa Ana, Sociedad Anónima De Capital Variable en contra de Sala Civil-Familiar Del Tribunal Superior De Justicia Del Estado De Tlaxcala en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 21 de Mayo del 2024 y cuenta con 9 Notificaciones.
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Actor: Materiales Eléctricos de Santa Ana, Sociedad Anónima de Capital Variable
Demandado: Sala Civil-Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala
Agréguese a los autos el oficio de cuenta, signado por el actuario judicial adscrito al Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, mediante el cual transcribe el acuerdo dictado el veintisiete del mes y año en curso, dentro de los autos del recurso de revisión ***, de su índice, del que se advierte que se admitió a trámite el medio de impugnación hecho valer por la quejosa; situación de la que este Juzgado de Distrito toma conocimiento para los efectos legales conducentes. Finalmente, en cumplimiento a lo ordenado en proveído de doce de noviembre del año en curso, se faculta al Oficial Judicial "A" de la adscripción, para que dentro del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, efectúe la captura en la cejilla "Vincular con otro órgano", a fin de que esté disponible para el tribunal oficiante, la información electrónica del expediente en que se actúa
Actor: Materiales Eléctricos de Santa Ana, Sociedad Anónima de Capital Variable
Demandado: Sala Civil-Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala
Visto el escrito de cuenta signado por ***, autorizado legal en término amplios, de la parte quejosa, mediante el cual interpone recurso de revisión en contra de la sentencia de veinticinco de julio del año en curso; atento a ello, se provee: Se tiene a la parte quejosa interponiendo recurso de revisión en contra de la citada sentencia; procédase a distribuir entre las partes copia del escrito de expresión de agravios de la revisión. En atención a lo ordenado en el auto admisorio, hágase llegar al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito copia del escrito de expresión de agravios, así como del presente proveído, vía electrónica. Una vez que obren la totalidad de las constancias de notificación a las partes del presente proveído, previa certificación de esa circunstancia, sin necesidad de ulterior proveído, remítase el juicio de amparo en que se actúa, así como el original del escrito de expresión de agravios y dos tomos de prueba identificados como "anexo I y II" al Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, en turno, para la substanciación del recurso que se interpone. Intégrese por separado el cuaderno de antecedentes respectivo, en el que deberán constar únicamente las constancias conducentes. Se destaca que el expediente impreso de este juicio de amparo, se encuentra formado únicamente con las promociones recibidas físicamente y las constancias de notificación que se generen de la misma manera; así como las constancias y documentos necesarios para la práctica de notificaciones que deban realizarse físicamente y la digitalización de las razones, constancias y acuses que deriven de las mismas. En consecuencia, una vez que se tenga conocimiento del número de expediente que el Tribunal Colegiado de mérito dé al presente recurso, se ordena al Oficial Judicial "A", adscrito a este órgano jurisdiccional, haga disponible este asunto para que el órgano colegiado revisor, se encuentre en aptitud de consultar el expediente electrónico, hasta en tanto se resuelva el citado medio de impugnación
Actor: Fidencio Arturo Mendieta Mendoza -representante legal-
Demandado: Sala Civil-Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala
Se: R E S U E L V E: ÚNICO. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a ***, a través de su representante legal Fidencio Arturo Mendieta Mendoza; respecto del acto reclamado a la Sala Civil Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala, consistente en la resolución interlocutoria de dieciocho de abril de dos mil veinticuatro en términos del considerando último de esta sentencia. Notifíquese. Así lo resolvió y firma, Anastacio Romo Vargas, Titular del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala, con residencia en Apizaco, Tlaxcala, ante la Licenciada Janeth Ávila Sepúlveda, Secretaria de Juzgado que autoriza y da fe
Actor: Materiales Eléctricos de Santa Ana, Sociedad Anónima de Capital Variable
Demandado: Sala Civil-Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala
Vista la certificación secretarial que antecede, se advierte que está transcurriendo el plazo de ocho días concedido a las partes en auto de diecisiete de junio del año en curso, a efecto de que se impongan del contenido del informe justificado rendido por la autoridad responsable Magistrados integrantes de la Sala CivilFamiliar del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala. En consecuencia, se difiere la audiencia constitucional señalada para este día y en su lugar, se fijan las DOCE HORAS CON VEINTICINCO MINUTOS DEL VEINTICINCO DE JULIO DE DOS MIL VEINTICUATRO, para su celebración
Actor: Materiales Eléctricos de Santa Ana, Sociedad Anónima de Capital Variable
Demandado: Sala Civil-Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala
Visto el oficio de cuenta, en atención a su contenido, téngase a los Magistrados integrantes de la Sala Civil-Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala, rindiendo su informe justificado; con su contenido y anexos, dese vista a las partes para que manifiesten lo que su interés convenga. Asimismo, téngase como pruebas las documentales que anexa, a su informe justificado. Dada la voluminosidad de las constancias remitidas por la autoridad responsable, fórmense dos tomos de pruebas por separado, debidamente identificado como anexos I y II. Por otra parte, informa que el quejoso también promovió diverso juicio de amparo, radicado en este juzgado con el número de juicio ***; de lo que se toma conocimiento. Finalmente, se tiene por señalado el número de teléfono que proporciona, a efecto de entablar comunicaciones no procesales
Actor: José Bernardo Jaime Paredes Sánchez
Demandado: Sala Civil-Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala
Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte TERCERO INTERESADA, al no haber acudido a este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala, con residencia en Apizaco, dentro de los dos días siguientes, en el horario comprendido entre las nueve y las quince horas, a partir de la fecha en que se le dejó el AVISO JUDICIAL en el domicilio señalado en autos y se procede a notificar por lista que se fija en los estrados del Juzgado y en la página electrónica www.cjf.gob.mx, EL AUTO DE CINCO DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICUATRO, del cual ya existe síntesis publicada con anterioridad
Actor: Materiales Eléctricos de Santa Ana, Sociedad Anónima de Capital Variable
Demandado: Sala Civil-Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala
Agréguese el escrito signado por el quejoso ***, por el que en cumplimiento a la prevención formulada. Se admite la demanda de amparo. No es el caso tramitar por separado el incidente de suspensión relativo a este juicio constitucional, toda vez que la parte quejosa no lo solicitó expresamente. Se señalan las TRECE HORAS CON TREINTA Y CINCO MINUTOS DEL VEINTISIETE DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICUATRO, para llevar a cabo la audiencia constitucional en este juicio; la que se podrá celebrar a partir de los escritos presentados física o electrónicamente por las partes. Dese la intervención que corresponde al Agente del Ministerio Público Federal adscrito. Se requiere a la autoridad responsable su informe con justificación, el cual deberá rendir dentro del plazo de quince días, por cualquier vía a su alcance, pero de manera preferente a través de documentos, servicios y procesos digitales (impulso tecnológico). Ahora bien, se tiene como tercero interesado a *** con domicilio ubicado en: - ***. En consecuencia, se comisiona a uno de los actuarios judiciales adscritos a este juzgado para que se constituya en el domicilio antes señalado, a efecto de que, con copia simple de a) la demanda de amparo y b) del presente acuerdo, emplace a juicio al tercero interesado de referencia. Asimismo, le haga saber la fecha de la audiencia constitucional y el derecho que tiene de apersonarse a juicio si a su interés conviene, debiendo requerirle para que en el mismo acto de la diligencia, o dentro del plazo de tres días, señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la zona metropolitana Tlaxcala-Apizaco, lugar donde tiene residencia este Juzgado Federal, con el apercibimiento de que, en caso de no hacerlo así, las subsecuentes, aun las de carácter personal, sin ulterior acuerdo se le harán mediante la lista que se fija en los estrados de este Juzgado
Actor: Fidencio Arturo Mendieta Mendoza -representante legal-
Demandado: Sala Civil-Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala
Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte QUEJOSA, al no haber acudido a este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala, con residencia en Apizaco, dentro de los dos días siguientes, en el horario comprendido entre las nueve y las quince horas, a partir de la fecha en que se le dejó el AVISO JUDICIAL en el domicilio señalado en autos y se procede a notificar por lista que se fija en los estrados del Juzgado y en la página electrónica www.cjf.gob.mx, EL AUTO VEINTE DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO, del cual ya existe síntesis publicada con anterioridad
Actor: Materiales Eléctricos de Santa Ana, Sociedad Anónima de Capital Variable
Demandado: Sala Civil-Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala
Vista la demanda de amparo promovida por ***. Se ordena: a) anotar en el Libro de Control Electrónico de Juicios de Amparo con el número 616/2024-K. Ahora bien, previo a acordar lo que en derecho corresponda sobre la presente demanda, prevéngase a la parte quejosa para que, dentro del plazo de cinco días, dé cumplimiento a lo ordenado en el presente auto. Se apercibe a la parte quejosa que en caso de no dar cumplimiento al requerimiento formulado se tendrá por no presentada la demanda de amparo. En la inteligencia de que, deberá anexar las copias suficientes de su escrito por el cual desahogue dicha prevención con los insertos necesarios por los cuales acredite su personalidad para correr traslado a las partes en unión de la demanda de amparo. Téngase como domicilio para oír y recibir notificaciones de la parte quejosa el que señala en su escrito de demanda, y como autorizados en términos amplios a ***, toda vez que cuentan con cédula profesional registrada en el Sistema Computarizado para el Registro Único de Profesionales del Derecho ante los Órganos Jurisdiccionales
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