Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Mayra Pasaye Barajas .
Demandado: Junta Especial Número Doce De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México Y Otros..
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3461/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Mayra Pasaye Barajas en contra de Junta Especial Número Doce De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México Y Otro en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 13 de Noviembre del 2023 y cuenta con 9 Notificaciones.
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Actor: Mayra Pasaye Barajas .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DOCE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Vista la certificación. Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. se considera cumplida la sentencia de amparo, sin que se advierta exceso o defecto en su cumplimiento. archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido. este expediente deberá conservarse en el archivo de este Juzgado por el término de tres años y es susceptible de conservación. este expediente no es de relevancia documental. NOTIFÍQUESE; PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Mayra Pasaye Barajas .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DOCE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguese a los autos el oficio de la autoridad responsable, mediante el cual informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, y con la diversa registrada con folio 2002, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Mayra Pasaye Barajas .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DOCE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguese a los autos el oficio signado por la Presidenta y Secretario de Acuerdos de la Junta Especial F (antes Junta Especial Número Doce) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, en que atiende al requerimiento de veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro. SE REQUIERE a la Junta Especial F (antes Junta Especial Número Doce) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México y Actuario adscrito, para que dentro del plazo legal de TRES DÍAS... Se apercibe. De igual forma, se REQUIERE al Presidente de la Junta responsable. NOTIFÍQUESE.
Actor: Mayra Pasaye Barajas .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DOCE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguese a los autos el oficio signado por la Presidenta y la Secretaria de Acuerdos de la Junta Especial "F" (antes Número Doce) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, atiende al requerimiento de diecisiete de enero de dos mil veinticuatro, y al efecto remiten copia certificada. SE REQUIERE a la Junta Especial "F" (antes Número Doce) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, para que dentro del plazo legal de TRES DÍAS, realice lo siguiente: . . . Se apercibe. NOTIFÍQUESE.
Actor: Mayra Pasaye Barajas .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DOCE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguese a los autos el oficio signado por la Presidenta y la Secretaria de Acuerdos de la Junta Especial "F" (antes Número Doce) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, atienden al requerimiento de diez de enero de dos mil veinticuatro, hacen del conocimiento el contenido del acuerdo de dieciséis de enero de dos mil veinticuatro. SE REQUIERE a la Junta Especial "F" (antes Número Doce) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, y Actuario adscrito, para que dentro del plazo legal de TRES DÍAS, realicen lo siguiente: . . . Se apercibe. De igual forma, se REQUIERE al Presidente de la Junta responsable, en su carácter de superior jerárquico del Actuario de su adscripción, con apercibimiento. NOTIFÍQUESE.
Actor: Mayra Pasaye Barajas .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DOCE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Vista la certificación, se declara que la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, ha causado ejecutoria. SE REQUIERE. Se apercibe. NOTIFÍQUESE.
Actor: Mayra Pasaye Barajas .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DOCE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
VISTOS PARA RESOLVER: ÚNICO. SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL A LA PARTE QUEJOSA. NOTIFÍQUESE.
Actor: Mayra Pasaye Barajas .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DOCE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguense a los autos los oficios signados por las autoridades responsables, mediante los cuales rinden su informe justificado; y en su apoyo, la junta remite copia certificada de diversas constancias relativas al juicio de origen; en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónense en la audiencia constitucional. Notifíquese.
Actor: Mayra Pasaye Barajas .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DOCE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las ONCE HORAS CON TRES MINUTOS DEL SIETE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En cuanto al tercero interesado, quien es contraparte de la parte quejosa en el juicio laboral de origen, conforme al acto reclamado, este juzgado federal considera que no le asiste tal carácter, en razón de que no ha sido emplazado al trámite del juicio natural, por ende, no se ha constituido la relación jurídico procesal. Notifíquese.
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