Federal
> Tercer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Cuarto Circuito de Cuarto Circuito
Actor: Melecio Cavazos Garza
Demandado: Juzgado Tercero De Lo Civil Del Primer Distrito Judicial En El Estado | Actuarios Adscritos A La Unidad De Medios De Comunicación Del Poder Judicial De Los Juzgados De Lo Civil, De Juicio Civil Oral, De Lo Concurrente Y Menores De Monterrey, Nuevo León Del Poder Judicial En El Estado De Nuevo León
Materia: Civil
Tipo: Amparo en revisión
RESUMEN: El Expediente 393/2019 en Materia Civil y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por Melecio Cavazos Garza en contra de Juzgado Tercero De Lo Civil Del Primer Distrito Judicial En El Estado en el Tercer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Cuarto Circuito en Circuito 4 (Nuevo León). El Proceso inició el 26 de Agosto del 2019 y cuenta con 8 Notificaciones.
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Actor: Melecio Cavazos Garza
Demandado: Actuarios adscritos a la Unidad de Medios de Comunicación del Poder Judicial de los Juzgados de lo Civil, de Juicio Civil Oral, de lo Concurrente y Menores de Monterrey, Nuevo León del Poder Judicial en el Estado de Nuevo León
Archívese este asunto como concluido. Se decreta que este expediente es depurable. Por otra parte, este asunto no es de relevancia documental
Actor: Melecio Cavazos Garza
Demandado: Juzgado Tercero de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado
Sentencia: primero.- queda firme el sobreseimiento. Segundo.- en la materia de la revisión se confirma la sentencia recurrida. Tercero.- se sobresee
La nueva integración de este Tribunal Colegiado a partir del once de mayo del presente año, está conformado por los magistrados Abel Anaya García, Francisco Eduardo Flores Sánchez y la magistrada Rebeca del Carmen Gómez Garza, lo que se ordena hacer del conocimiento de las partes, para los efectos legales correspondientes; asimismo, se instruye a éstas que, en caso de que consideren actualizado alguna causa de impedimento deberán formularlo hasta antes de que se celebre la sesión respectiva, desde el Portal de Servicios en Línea, aun cuando no estén actuando de manera electrónica a través del uso de la "FIREL" o de la "e.firma" o por escrito digitalizado y remitido al correo institucional 3tc4ctoc@correo.cjf.gob.mx. En la inteligencia que los asuntos se resolverán por el Pleno del Tribunal en sesión ordinaria virtual vía remota mediante videoconferencia sin la presencia de público, de acuerdo a lo establecido en los artículos 27, fracción III, del Acuerdo General 21/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al esquema de trabajo y medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID19, hasta en tanto dicho Consejo determine que se realice de manera presencial. Por otro lado, con fundamento en el artículo 183 de la Ley de Amparo y 41, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se ordena returnar este asunto a la ponencia a cargo del magistrado Francisco Eduardo Flores Sánchez, para que formule el proyecto de sentencia. Finalmente, con lo previsto con el artículo 2, fracción VI, del Acuerdo General 21/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a las medidas de contingencia, se deberán llevar a cabo las acciones necesarias para garantizar que tanto el expediente electrónico, como el impreso coincidan en su totalidad, así también deberán de estar integradas todas las actuaciones electrónicas en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes
Actor: Melecio Cavazos Garza
Demandado: Juzgado Tercero de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado
La nueva integración de este Tribunal Colegiado a partir del once de mayo del presente año, está conformado por los magistrados Abel Anaya García, Francisco Eduardo Flores Sánchez y la magistrada Rebeca del Carmen Gómez Garza, lo que se ordena hacer del conocimiento de las partes, para los efectos legales correspondientes; asimismo, se instruye a éstas que, en caso de que consideren actualizado alguna causa de impedimento deberán formularlo hasta antes de que se celebre la sesión respectiva, desde el Portal de Servicios en Línea, aun cuando no estén actuando de manera electrónica a través del uso de la "FIREL" o de la "e.firma" o por escrito digitalizado y remitido al correo institucional 3tc4ctoc@correo.cjf.gob.mx. En la inteligencia que los asuntos se resolverán por el Pleno del Tribunal en sesión ordinaria virtual vía remota mediante videoconferencia sin la presencia de público, de acuerdo a lo establecido en los artículos 27, fracción III, del Acuerdo General 21/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al esquema de trabajo y medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID19, hasta en tanto dicho Consejo determine que se realice de manera presencial. Por otro lado, con fundamento en el artículo 183 de la Ley de Amparo y 41, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se ordena returnar este asunto a la ponencia a cargo del magistrado Francisco Eduardo Flores Sánchez, para que formule el proyecto de sentencia. Finalmente, con lo previsto con el artículo 2, fracción VI, del Acuerdo General 21/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a las medidas de contingencia, se deberán llevar a cabo las acciones necesarias para garantizar que tanto el expediente electrónico, como el impreso coincidan en su totalidad, así también deberán de estar integradas todas las actuaciones electrónicas en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes
Túrnense los autos a la ponencia a cargo del licenciado Napoleón Nevárez Treviño, secretario en funciones de magistrado de circuito, a quien correspondió formular el proyecto de sentencia
Actor: Melecio Cavazos Garza
Demandado: Juzgado Tercero de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado
Túrnense los autos a la ponencia a cargo del licenciado Napoleón Nevárez Treviño, secretario en funciones de magistrado de circuito, a quien correspondió formular el proyecto de sentencia
Se admite el recurso de revisión
Actor: Melecio Cavazos Garza
Demandado: Juzgado Tercero de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado
Se admite el recurso de revisión
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