Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Menihcia Fernanda Suárez Sánchez
Demandado: Agente Del Ministerio Público Investigador Encargado De Los Expedientes Nones De La Ciudad De Chigna
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 708/2009 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Menihcia Fernanda Suárez Sánchez en contra de Agente Del Ministerio Público Investigador Encargado De Los Expedientes Nones De La Ciudad De Chigna en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 02 de Junio del 2009 y cuenta con 13 Notificaciones.
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Actor: MENIHCIA FERNANDA SUÁREZ SÁNCHEZ
Demandado: AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO INVESTIGADOR ENCARGADO DE LOS EXPEDIENTES NONES DE LA CIUDAD DE CHIGNA
Agréguese para que obre como corresponda, el oficio signado por el Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla, mediante el cual acusa de recibo el oficio 25769, de los del índice de este juzgado, por el se le remitieron las constancias de notificación practicadas a los quejosos. Por otra parte, visto el diverso oficio suscrito por la Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla, mediante el cual remite copia autorizada de la sentencia dictada en el juicio de amparo 947/2009, de su índice
Actor: MENIHCIA FERNANDA SUÁREZ SÁNCHEZ
Demandado: AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO INVESTIGADOR ENCARGADO DE LOS EXPEDIENTES NONES DE LA CIUDAD DE CHIGNA
Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa y se procede a notificar por lista el auto de treinta de julio de dos mil nueve, dictado dentro del juicio de amparo 947/2009, del índice del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla , que en síntesis dice: ".Se admite a trámite la demanda de amparo, fórmese expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número que corresponda. Se fijan las ONCE HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL TRECE DE AGOSTO DE DOS MIL NUEVE, para la celebración de la audiencia constitucional. Pídase al Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala con residencia en la ciudad del mismo nombre, se sirva notificar a la parte quejosa el contenido del presente proveído y le requiera para que, dentro del término de tres días, señale domicilio en la ciudad de puebla, o en San Andrés Cholula, Puebla, para oír y recibir notificaciones, con el apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se le harán por lista en los estrados de este Juzgado. En cumplimiento a la ley de transparencia indiquese el derecho que les asiste, hasta dictarse sentencia, para oponerse de manera expresa, en relación con los terceros, a la publicación de sus datos personales, en la inteligencia de que la falta de oposición conlleva su consentimiento para la sentencia respectiva se publique sin supresión de datos; así como el diverso proveído de de veinte de agosto de dos mil nueve, dictado en el Cuaderno de Antecedentes derivado del Juicio de amparo 708/2009-H, del índice del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala , que en síntesis dice: ".Visto que se advierte que mediante auto de cinco de agosto de dos mil nueve, se tuvo por recibido el oficio 21446-T, signado por el Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla, en el que informa que por proveído de treinta de julio del año en curso, el juzgado de su adscripción aceptó la competencia planteado, para conocer del juicio de amparo promovido por Menihcia Fernanda Suárez Sánchez y Mariano Aguilar Salazar, contra actos del Agente del Ministerio Público Investigador, adscrito a los procesos nones, con residencia en la ciudad de Chignahuapan, Puebla y otras autoridades, el cual quedó registrado con el número de expediente 947/2009, de su índice. Sin embargo, en dicho auto se omitió acordar lo referente a la petición de la autoridad oficiante en el sentido de que se notificara a los quejosos Menihcia Fernanda Suárez Sánchez y Mariano Aguilar Salazar, el referido auto de treinta de julio de dos mil nueve, dictado dentro del juicio de amparo 947/2009, de su índice, el cual viene trascrito en el oficio 21446-T. En consecuencia, se comisiona a uno de los actuarios adscritos a este juzgado, a fin de que se constituya en el domicilio señalado y previamente cerciorado de que en ese domicilio pueden ser notificados Menihcia Fernanda Suárez Sánchez y Mariano Aguilar Salazar, les notifique el auto de treinta de julio de dos mil nueve, dictado dentro del juicio de amparo 947/2009, del índice del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla, así como el presente auto, corriéndoles traslado con copia simple de los mismos; asimismo, los requiera para que dentro del término de tres días contados a partir de la legal notificación del presente proveído, señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en la ciudad de San Andrés Cholula Puebla, Estado de Puebla, o en la ciudad de Puebla, Puebla, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les harán por lista que se fije en los estrados del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla. En la inteligencia, que una vez practicada la diligencia de notificación encomendada, remítase al juzgado solicitante, la constancia de notificación respectiva. Por otro lado, agréguese a los autos para que surta sus efectos legales, el oficio signado por la Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla, del que sea tomado debido conocimiento de su contenido, resaltando que la audiencia constitucional del juicio de amparo 947/2009, de su índice, fue diferida para las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL CUATRO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL NUEVE..."
Actor: MENIHCIA FERNANDA SUÁREZ SÁNCHEZ
Demandado: AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO INVESTIGADOR ENCARGADO DE LOS EXPEDIENTES NONES DE LA CIUDAD DE CHIGNA
Visto que se advierte que mediante auto de cinco de agosto de dos mil nueve, se tuvo por recibido el oficio 21446-T, signado por el Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla, en el que informa que por proveído de treinta de julio del año en curso, el juzgado de su adscripción aceptó la competencia planteado, para conocer del juicio de amparo promovido por Menihcia Fernanda Suárez Sánchez y Mariano Aguilar Salazar, contra actos del Agente del Ministerio Público Investigador, adscrito a los procesos nones, con residencia en la ciudad de Chignahuapan, Puebla y otras autoridades, el cual quedó registrado con el número de expediente 947/2009, de su índice. Sin embargo, en dicho auto se omitió acordar lo referente a la petición de la autoridad oficiante en el sentido de que se notificara a los quejosos Menihcia Fernanda Suárez Sánchez y Mariano Aguilar Salazar, el referido auto de treinta de julio de dos mil nueve, dictado dentro del juicio de amparo 947/2009, de su índice, el cual viene trascrito en el oficio 21446-T. En consecuencia, se comisiona a uno de los actuarios adscritos a este juzgado, a fin de que se constituya en el domicilio señalado y previamente cerciorado de que en ese domicilio pueden ser notificados Menihcia Fernanda Suárez Sánchez y Mariano Aguilar Salazar, les notifique el auto de treinta de julio de dos mil nueve, dictado dentro del juicio de amparo 947/2009, del índice del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla, así como el presente auto, corriéndoles traslado con copia simple de los mismos; asimismo, los requiera para que dentro del término de tres días contados a partir de la legal notificación del presente proveído, señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en la ciudad de San Andrés Cholula Puebla, Estado de Puebla, o en la ciudad de Puebla, Puebla, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les harán por lista que se fije en los estrados del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla. En la inteligencia, que una vez practicada la diligencia de notificación encomendada, remítase al juzgado solicitante, la constancia de notificación respectiva. Por otro lado, agréguese a los autos para que surta sus efectos legales, el oficio signado por la Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla, del que sea tomado debido conocimiento de su contenido, resaltando que la audiencia constitucional del juicio de amparo 947/2009, de su índice, fue diferida para las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL CUATRO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL NUEVE. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE A MENIHCIA FERNANDA SUÁREZ SÁNCHEZ Y MARIANO AGUILAR SALAZAR
Actor: MENIHCIA FERNANDA SUÁREZ SÁNCHEZ
Demandado: AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO INVESTIGADOR ENCARGADO DE LOS EXPEDIENTES NONES DE LA CIUDAD DE CHIGNA
Agréguese a los presentes autos el oficio 21446-T, signado por el Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Puebla, mediante el cual acusa de recibo del oficio por el se le remitió la demanda interpuesta por Menihcia Fernanda Suárez Sánchez y Mariano Aguilar Salazar, toda vez que este Órgano Jurisdiccional se declaró legalmente incompetente para conocer de dicha demanda. Ahora bien, con apoyo en el acuerdo 1/2001 dictado por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación así como del Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación, que establece los lineamientos para el flujo documental, depuración y digitalización del acervo archivístico de los Juzgados de Distrito, Tribunales Unitarios de Circuito y Tribunales Colegiados de Circuito, de veintisiete de agosto de dos mil uno, en el expediente en que se actúa surte el supuesto fijado en dicho acuerdo, en consecuencia, una vez que obren las constancias de notificación del presente proveído, sin ulterior acuerdo, resérvese el presente expediente en el archivo para su depuración. En tal sentido y toda vez que el presente expediente será destruido en su totalidad, notifíquese lo anterior a las partes, para que dentro del plazo de seis meses manifiesten lo que a su derecho convenga, con el apercibimiento que de no hacerlo dentro del plazo concedido, se procederá a la destrucción del expediente, previa anotación correspondiente en el libro de gobierno. Notifíquese, personalmente a la parte quejosa
Actor: MENIHCIA FERNANDA SUÁREZ SÁNCHEZ
Demandado: AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO INVESTIGADOR ENCARGADO DE LOS EXPEDIENTES NONES DE LA CIUDAD DE CHIGNA
SE RESUELVE: PRIEMRO. Este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala, se declara legalmente incompetente para seguir conociendo y resolver el presente juicio de garantías. SEGUNDO. Una vez que obren e los autos las constancias de notificación de l presente proveído, remítase al Juez de Distrito, en turno, en el Estado de Puebla, con residencia en San Andrés Cholula, el original del presente expediente, con sus anexos, para que resuelva lo que en derecho corresponda, así como los cuaderno incidentales relativos
Actor: MENIHCIA FERNANDA SUÁREZ SÁNCHEZ
Demandado: AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO INVESTIGADOR ENCARGADO DE LOS EXPEDIENTES NONES DE LA CIUDAD DE CHIGNA
Se resuelve.- Primero: Se niega la suspensión definitiva. Segundo: Se concede la suspensión definitiva
Actor: MENIHCIA FERNANDA SUÁREZ SÁNCHEZ
Demandado: AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO INVESTIGADOR ENCARGADO DE LOS EXPEDIENTES NONES DE LA CIUDAD DE CHIGNA
Agréguense el oficio y telegrama, signados por el Agente del Ministerio Público adscrito Non al Juzgado de Defensa Social y Comandante de la Policía Judicial del Estado, ambos del Distrito Judicial de Chignahuapan, Puebla, mediante el cual rinden sus informes previos, sin que haya lugar a proveer sobre su contenido, toda vez que por auto de cinco de junio del año en curso, se proveyó lo relativo a dichos informes
Actor: MENIHCIA FERNANDA SUÁREZ SÁNCHEZ
Demandado: AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO INVESTIGADOR ENCARGADO DE LOS EXPEDIENTES NONES DE LA CIUDAD DE CHIGNA
Dése vista a las partes con los informes justificados que rinden las autoridades referidas
Actor: MENIHCIA FERNANDA SUÁREZ SÁNCHEZ
Demandado: AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO INVESTIGADOR ENCARGADO DE LOS EXPEDIENTES NONES DE LA CIUDAD DE CHIGNA
Se tienen por recibidos los informes previos que rinden las autoridades responsables en cita
Actor: MENIHCIA FERNANDA SUÁREZ SÁNCHEZ
Demandado: AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO INVESTIGADOR ENCARGADO DE LOS EXPEDIENTES NONES DE LA CIUDAD DE CHIGNA
Dése vista a las partes con los informes justificados que rinden las autoridades referidas
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