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Miguel Angel Escontria Ceron | Dieciseisava Junta Especial De La Exp: 58/2023

Federal > Primer Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Tercer Circuito de Tercer Circuito
Actor: Miguel Angel Escontria Ceron
Demandado: Dieciseisava Junta Especial De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Jalisco
Materia: Laboral
Tipo: Queja

RESUMEN: El Expediente 58/2023 en Materia Laboral y de tipo Queja fue promovido por Miguel Angel Escontria Ceron en contra de Dieciseisava Junta Especial De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Jalisco en el Primer Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Tercer Circuito en Circuito 3 (Jalisco). El Proceso inició el 23 de Febrero del 2023 y cuenta con 4 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 58/2023

  • 07 de Junio del 2023

    Actor: Miguel Angel Escontria Ceron

    Demandado: Dieciseisava Junta Especial de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco

    Agréguese el oficio que suscribe electrónicamente la Actuaria Judicial del Juzgado Decimocuarto de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco, mediante el cual acusa recibo del comunicado 4424, de este tribunal, con el que le fue enviada la documentación que ahí se detalló. Por ello, archívese este expediente como caso concluido y, háganse las anotaciones correspondientes en el libro de control. Por último, debido a que se declaró fundado el recurso, el presente expediente es susceptible de depuración, conforme al Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, así como al Manual para la Organización de los Archivos Judiciales resguardados por dicho Consejo, que establecen las disposiciones en materia de valoración, transferencia y resguardo de los expedientes judiciales generados por los Órganos Jurisdiccionales, y con apoyo en este acuerdo y en dicho manual, transcurrido el plazo de tres años, procédase a su depuración; aunado a que el mismo no contiene documentos originales; por tanto, es considerado sin valor jurídico

  • 24 de Mayo del 2023

    Actor: Miguel Angel Escontria Ceron

    Demandado: Dieciseisava Junta Especial de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco

    Esta queja resulta fundada

  • 13 de Marzo del 2023

    Actor: Miguel Angel Escontria Ceron

    Demandado: Dieciseisava Junta Especial de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco

    Túrnese el presente expediente a la ponencia "B", a cargo del Magistrado Jesús Alberto Ávila Garavito

  • 23 de Febrero del 2023

    Actor: Miguel Angel Escontria Ceron

    Demandado: Dieciseisava Junta Especial de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco

    Se admite el recurso de queja. Se hace del conocimiento de la parte recurrente que, a fin de respetar el derecho a la privacidad, en la versión pública de la resolución que se dicte en el presente asunto se suprimirá la información que por normativa se clasifica como reservada, confidencial o datos personales, cuando así proceda. Se le tiene proporcionando números de teléfono celular y correo electrónico, a través de los cuales sólo se podrán entablar comunicaciones no procesales. Con apoyo en el artículo 26, fracción IV, de la Ley de Amparo, se ordena practicar las notificaciones de carácter personal a la parte recurrente por vía electrónica; asimismo se autoriza la consulta del expediente electrónico del presente recurso de queja, bajo los usuarios "........" y ".........". En atención a ello, se instruye al oficial judicial "A" encargado del "Sistema Integral del Seguimiento de Expedientes" (SISE 2.0), a fin de que realice los movimientos informáticos necesarios para tal efecto. Finalmente, con apoyo en el arábigo 263 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que abroga los acuerdos de contingencia por COVID-19 y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones relativas a la utilización de medios electrónicos y soluciones digitales como ejes rectores del nuevo esquema de trabajo en las áreas administrativas y órganos jurisdiccionales del propio Consejo, se EXHORTA a las partes para que, de estimarlo pertinente, transiten al esquema de actuación desde el Portal de Servicios en Línea

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