Federal
> Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Miguel Herrera Garcia
Demandado: Juez Septimo De Primera Instancia Del Ramo Familiar En Altamira, Tam
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 19/2025 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Miguel Herrera Garcia en contra de Juez Septimo De Primera Instancia Del Ramo Familiar En Altamira, Tam en el Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 10 de Enero del 2025 y cuenta con 3 Notificaciones.
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Actor: Miguel Herrera Garcia
Demandado: Juez Septimo de Primera Instancia del Ramo Familiar En Altamira, Tam
De la certificación secretarial de cuenta, se advierte que ha transcurrido el término para interponer recurso de queja contra el acuerdo en el que se desechó de plano la demanda de amparo, sin que la parte quejosa lo haya hecho valer; por tanto, con apoyo en lo dispuesto en el artículo 356, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se declara que HA CAUSADO ESTADO para los efectos legales procedentes. Hágase la anotación de rigor en el Libro de Gobierno correspondiente y con fundamento en el artículo 214 de la Ley de Amparo archívese este expediente como concluido
Actor: Miguel Herrera Garcia
Demandado: Juez Septimo de Primera Instancia del Ramo Familiar En Altamira, Tam
CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 27 DE LA LEY DE AMPARO, SE NOTIFICA A LA PARTE QUEJOSA MIGUEL HERRERA GARCIA, POR MEDIO DE LISTA DE ACUERDOS QUE SE FIJE EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO, ASÍ COMO EN EL PORTAL DE INTERNET DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN (www.cjf.gob.mx), EL ACUERDO DE NUEVE DE ENERO DE DOS MIL VEINTICINCO, EN EL QUE En consecuencia, como los actos reclamados no son de imposible reparación, es evidente que se actualiza la hipótesis normativa que establece los artículos 61, fracción XXIII, en relación con el diverso numeral 107, fracción V, a contrario sensu, ambos de la Ley de Amparo; por tanto, procede DESECHAR DE PLANO LA DEMANDA DE AMPARO
Actor: Miguel Herrera Garcia
Demandado: Juez Septimo de Primera Instancia del Ramo Familiar En Altamira, Tam
En consecuencia, como los actos reclamados no son de imposible reparación, es evidente que se actualiza la hipótesis normativa que establece los artículos 61, fracción XXIII, en relación con el diverso numeral 107, fracción V, a contrario sensu, ambos de la Ley de Amparo; por tanto, procede DESECHAR DE PLANO LA DEMANDA DE AMPARO
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