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Moises Madrigal Arias | Junta Local De Conciliación Y Arbitraje Exp: 877/2021

Federal > Juzgado Primero De Distrito En El Estado De Tabasco de Décimo Circuito
Actor: Moises Madrigal Arias
Demandado: Junta Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Tabasco
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 877/2021 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Moises Madrigal Aria en contra de Junta Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Tabasco en el Juzgado Primero De Distrito En El Estado De Tabasco en Circuito 10 (Tabasco). El Proceso inició el 12 de Agosto del 2021 y cuenta con 9 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 877/2021

  • 03 de Diciembre del 2021

    Actor: Moises Madrigal Arias

    Demandado: Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tabasco

    CONSENTIDA Visto el estado procesal que guardan los presentes autos, se advierte que ha transcurrido el término para interponer el recurso de inconformidad contra el proveído de cuatro de noviembre de dos mil veintiuno, por el cual, se tuvo por cumplida la sentencia dictada en el presente asunto, sin que alguna de las partes lo haya hecho valer; en consecuencia, el auto de mérito se tiene por consentido para los efectos legales conducentes

  • 05 de Noviembre del 2021

    Actor: Moises Madrigal Arias

    Demandado: Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tabasco

    con apoyo en lo dispuesto por el artículo 196 de la Ley de Amparo, se declara que la sentencia de amparo ha quedado cumplida

  • 26 de Octubre del 2021

    Actor: Moises Madrigal Arias

    Demandado: Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tabasco

    Con fundamento en el artículo 27 fracción I, inciso c) de la Ley de Amparo, se notifica por medio de lista de acuerdos en el portal de internet del Poder Judicial de la Federación, el proveído de 19 de octubre de 2021, a la parte quejoso

  • 20 de Octubre del 2021

    Actor: Moises Madrigal Arias

    Demandado: Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tabasco

    Consecuentemente, con fundamento en el artículo 196, de la Ley de Amparo, dese vista a la parte quejosa, para que dentro del término de tres días, siguientes al en que surta efectos la notificación del presente proveído, manifieste lo que a su interés legal convenga, en relación con el informe de cumplimiento remitido por la responsable, del cual córrasele traslado con copia autorizada de las constancias relativas al cumplimiento al fallo protector.  

  • 15 de Octubre del 2021

    Actor: Moises Madrigal Arias

    Demandado: Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tabasco

    Téngase por recibido el oficio 2703/JLCA-AMP/2021, suscrito por la Presidenta de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, del que se advierten las gestiones que se encuentra realizando a fin de dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo. En virtud de lo anterior, téngase a la autoridad responsable en vías de cumplimiento al fallo protector

  • 11 de Octubre del 2021

    Actor: Moises Madrigal Arias

    Demandado: Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tabasco

    Visto el estado procesal que guardan los presentes autos, se advierte que no se interpuso el recurso de revisión contra la sentencia dictada el veintiuno de septiembre de dos mil veintiuno, por la que se concedió el amparo promovido por Moisés Madrigal Arias, contra actos de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tabasco y Actuario adscrito, sin que la hubiese recurrido. En consecuencia, con fundamento en el artículo 356, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se declara que dicha sentencia ha causado ejecutoria para todos los efectos legales. Solicitud de cumplimiento Atento lo anterior, de conformidad con el artículo 192, de la ley de la materia, se requiere a la autoridad responsable Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tabasco, para que dentro del término de tres días hábiles siguientes a la recepción del oficio en el que se transcribe este acuerdo, proceda a dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo, o bien, informe a este Juzgado sobre los actos que se encuentre realizando para ese fin; la que se concedió para los efectos siguientes: "Dicte un acuerdo en el que provea lo que en derecho corresponda a la razón actuarial de tres de junio de dos mil veintiuno, en el expediente laboral 3139/2013." Apercibimiento a la autoridad Se apercibe a la autoridad responsable que de no cumplir con lo ordenado dentro del término señalado, se seguirá el procedimiento previsto en el artículo 107, fracción XVI, de la Constitución Federal, en relación con los numerales 192, 193, 195, 238 y 258, de la Ley de Amparo; y, además, se le impondrá una medida de apremio consistente en una multa de cien veces el valor de la unidad de medida y actualización; con independencia de que podrá incurrir en el delito previsto en el artículo 267, de la Ley de Amparo. Plazo razonable

  • 22 de Septiembre del 2021

    Actor: Moises Madrigal Arias

    Demandado: Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tabasco

    único. La justicia de la unión ampara y protege

  • 20 de Septiembre del 2021

    Actor: Moises Madrigal Arias

    Demandado: Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tabasco

    Con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, agréguense a los autos y dese vista a las partes con el informe justificado rendido por la autoridad responsable

  • 12 de Agosto del 2021

    Actor: Moises Madrigal Arias

    Demandado: Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tabasco

    FÓRMESE EXPEDIENTE IMPRESO Y ELECTRÓNICO, SE ADMITE A TRÁMITE LA DEMANDA DE GARANTÍAS ... PÍDASELE A LA RESPONSABLE SU INFORME JUSTIFICADO.... Audiencia constitucional Se señalan las NUEVE HORAS CON SIETE MINUTOS DEL VEINTIUNO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO, para celebrar la audiencia constitucional

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