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Mspv Seguridad Privada S.a. De C.v. . | Junta Especial Número 5 Exp: 192/2021

Federal > Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Mspv Seguridad Privada S.a. De C.v. .
Demandado: Junta Especial Número 5 De La Local De Conciliación Y Arbitraje En El Estado De Tamaulipas, Ciudad .
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 192/2021 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Mspv Seguridad Privada S.a. De C.v. en contra de Junta Especial Número 5 De La Local De Conciliación Y Arbitraje En El Estado De Tamaulipas, Ciudad en el Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 09 de Febrero del 2021 y cuenta con 22 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 192/2021

  • 21 de Diciembre del 2023

    Actor: MSPV Seguridad Privada S.A. de C.V. .

    Demandado: Junta Especial número 5 de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Tamaulipas, Ciudad .

    Reynosa********************Tamaulipas********************veinte de diciembre de dos mil veintitrés.****************************************Visto el estado que guardan los presentes autos********************se advierte que en proveído de veintiséis de febrero de dos mil veintiuno********************se tuvo a la autoridad responsable Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado********************con residencia en esta ciudad********************remitiendo copias certificadas de la totalidad de las constancias que integran el expediente laboral 71/5/2018********************de su índice********************mismas que se encuentran por cuerda separada; en consecuencia********************toda vez que en fecha veintisiete de julio de dos mil veintiuno********************causó estado el auto que sobreseyó fuera de audiencia el presente juicio de amparo********************se ordena devolver mediante oficio que para tal efecto se gire las copias certificadas de trato********************para los efectos legales conducentes********************al ser innecesaria su retención.****************************************Finalmente********************devuélvase el presente expediente al archivo definitivo del cual se extrajo para su acuerdo.****************************************Notifíquese.****************************************Así lo proveyó y firma Juan Fernando Alvarado López********************Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas********************con residencia en Reynosa********************ante Nora Hilda Luna Lugo********************Secretaria que autoriza y da fe.

  • 30 de Julio del 2021

    :::republicación::: Reynosa, Tamaulipas, veinticuatro de junio de dos mil veintiuno. Agréguese al juicio de amparo en que se actúa para que obre como en derecho corresponda, el oficio 882/2021, enviado por la autoridad responsable Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado, con sede en esta ciudad; ahora bien, de las constancias con las que apoya su comunicación oficial se advierte que se actualiza una causal de improcedencia en este juicio. ...Por tanto, es evidente que se actualiza la causal de improcedencia contenida en la fracción XXII, del artículo 61, de la Ley de Amparo, por lo que lo procedente en el caso concreto, es sobreseer en el presente juicio de amparo fuera de audiencia, en términos del artículo 63, fracción V, de la invocada ley. Finalmente, se ordena cancelar la fecha señalada para la celebración de la audiencia constitucional, lo que deberá hacerse del conocimiento de las partes en el juicio. Háganse las anotaciones necesarias en el Libro Uno de Juzgado y en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes. Notifíquese personalmente. ...

  • 28 de Julio del 2021

    Reynosa, Tamaulipas, veintisiete de julio de dos mil veintiuno. Vista la certificación que antecede, se advierte que ha transcurrido el plazo de diez días que establece el artículo 86, en relación con el numeral 81, fracción I, inciso d), ambos de la Ley de Amparo, sin que la parte quejosa haya recurrido el acuerdo en el que se sobreseyó fuera de audiencia el presente juicio de amparo, no obstante haber quedado legalmente notificada de dicho acuerdo; por tanto, se declara que ha perdido el derecho que debió ejercer en dicho plazo, de conformidad con el artículo 288 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por lo que el auto en comento HA CAUSADO ESTADO para todos los efectos legales a que haya lugar. Archívense las actuaciones como asunto totalmente concluido, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 214 de la Ley de Amparo. ...

  • 25 de Junio del 2021

    Reynosa, Tamaulipas, veinticuatro de junio de dos mil veintiuno. Agréguese al juicio de amparo en que se actúa para que obre como en derecho corresponda, el oficio 882/2021, enviado por la autoridad responsable Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado, con sede en esta ciudad; ahora bien, de las constancias con las que apoya su comunicación oficial se advierte que se actualiza una causal de improcedencia en este juicio. ...Por tanto, es evidente que se actualiza la causal de improcedencia contenida en la fracción XXII, del artículo 61, de la Ley de Amparo, por lo que lo procedente en el caso concreto, es sobreseer en el presente juicio de amparo fuera de audiencia, en términos del artículo 63, fracción V, de la invocada ley. Finalmente, se ordena cancelar la fecha señalada para la celebración de la audiencia constitucional, lo que deberá hacerse del conocimiento de las partes en el juicio. Háganse las anotaciones necesarias en el Libro Uno de Juzgado y en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes. Notifíquese personalmente. ...

  • 21 de Junio del 2021

    Reynosa, Tamaulipas, dieciocho de junio de dos mil veintiuno. Vista la certificación secretarial que antecede se advierte la imposibilidad de celebrar la audiencia constitucional señalada para esta propia fecha, toda vez que no ha sido posible emplazar al presente juicio de amparo al tercero interesado Comercializadora de Lácteos y Derivados, Sociedad Anónima de Capital Variable; por tanto, para dar oportunidad a lo anterior se difiere la audiencia constitucional y se fijan las DIEZ HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL VEINTISIETE DE JULIO DE DOS MIL VEINTIUNO, para que tenga verificativo la misma. En mérito de lo anterior, con fundamento en el artículo 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, requiérase a la autoridad responsable Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Tamaulipas, con sede en esta ciudad, para que en el término de tres días, contado a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación del presente proveído, informe el último domicilio proporcionado por la aquí tercero interesado Comercializadora de Lácteos y Derivados, Sociedad Anónima de Capital Variable, en el expediente laboral 71/5/2018, a fin de lograr su emplazamiento a juicio. ... Notifíquese. ...

  • 31 de Mayo del 2021

    Visto lo de cuenta, téngase por recibido el oficio UN-417/2021, signado por Jorge Félix Vázquez Ruelas, representante legal de Teléfonos de México, con sede en esta ciudad, mediante el cual en cumplimiento a lo ordenado en auto de siete de abril del año en curso, informa que después de realizar una búsqueda en los archivos con que cuenta dicha autoridad no encontró domicilio alguno donde pueda ser localizada la tercero interesada Comercializadora de Lácteos y Derivados S.A. de C.V.; en ese contexto, téngasele dando cumplimiento a dicho requerimiento y agréguese a los presentes autos para que obre como corresponda.

  • 14 de Mayo del 2021

    se difiere la audiencia constitucional y se fijan las DIEZ HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL DIECIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIUNO, para el desahogo de la misma.

  • 23 de Abril del 2021

    Reynosa, Tamaulipas, veintidós de abril de dos mil veintiuno. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el oficio JUR-384/2021, signado por el Subdirector Jurídico de la Comisión Municipal de Agua Potable y Alcantarillado, con sede en esta ciudad, por medio del cual en atención al requerimiento formulado en auto de siete de abril del año en curso, informa que después de realizar una búsqueda en su base de archivo no encontró información alguna del tercero interesado Comercializadora de Lácteos y Derivados Sociedad Anónima de Capital Variable; en consecuencia, téngasele dando cumplimiento a dicho requerimiento y agréguese dicha comunicación a los presentes autos para que obre como corresponda. Notifíquese. ...

  • 22 de Abril del 2021

    Reynosa, Tamaulipas, veintiuno de abril de dos mil veintiuno. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el oficio 61.5/763/2021, signado por el Apoderado Legal del Instituto Mexicano del Seguro Social, con sede en esta ciudad, por medio del cual en atención al requerimiento formulado en auto de siete de abril del año en curso, proporciona como domicilio del tercero interesado Comercializadora de Lácteos y Derivados Sociedad Anónima de Capital Variable, el ubicado en Calzada Carlos Herrera Araluce, número 185, en Ciudad Gómez Palacio, Durango; en consecuencia, téngasele dando cumplimiento a dicho requerimiento y respecto al domicilio proporcionado se reserva a acordar lo conducente en derecho hasta en tanto las demás autoridades requeridas den cumplimiento a dicho requerimiento. Notifíquese...

  • 15 de Abril del 2021

    Reynosa, Tamaulipas, catorce de abril de dos mil veintiuno. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el 700-63-00-00-00-2021-0099, signado por el Administrador Desconcentrado de Servicios de Contribuyentes de Tamaulipas "4", con sede en esta ciudad, por medio del cual en atención al requerimiento formulado en auto de siete de abril del año en curso, proporciona como domicilio del tercero interesado Comercializadora de Lácteos y Derivados Sociedad Anónima de Capital Variable, el ubicado en Calzada Carlos Herrera Araluce, número 185, colonia Parque Industrial Carlos A. Herrera Araluce, C.P. 35079, en Ciudad Gómez Palacio, Durango; en consecuencia, téngasele dando cumplimiento a dicho requerimiento y respecto al domicilio proporcionado se reserva a acordar lo conducente en derecho hasta en tanto las demás autoridades requeridas den cumplimiento a dicho requerimiento. Notifíquese....

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