Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En El Estado De Chihuahua de Décimo Séptimo Circuito
Actor: Nestora Gonzáles Altamirano Y Otros..
Demandado: Juez Mixto De Primera Instancia Del Ramo Civil, Del Apartado Judicial De Compostela Nayarit Y Otros..
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 412/2021 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Incidental fue promovido por Nestora Gonzáles Altamirano Y Otro en contra de Juez Mixto De Primera Instancia Del Ramo Civil, Del Apartado Judicial De Compostela Nayarit Y Otro en el Juzgado Noveno De Distrito En El Estado De Chihuahua en Circuito 17 (Chihuahua). El Proceso inició el 11 de Junio del 2021 y cuenta con 42 Notificaciones.
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Se advierte que este incidente se encuentra totalmente concluido, por lo cual lo conducente es, en su oportunidad, enviarlo al archivo definitivo; el expediente original es susceptible de depuración, al haberse concedido la suspensión definitiva, lo que ocurrirá en el plazo de tres años de conservación, contado a partir de este auto.
Queda firme la resolución en la que se tuvo por cumplido el fallo recaído en este juicio, para todos los efectos legales; se ordena su archivo como asunto totalmente concluido; este expediente es susceptible de depuración, salvo la demanda y el fallo relativo, provéase lo relativo a la depuración o destrucción del incidente, en términos del Acuerdo General invocado.
Se reciben el oficio y anexo del Juez Mixto de Primera Instancia en Compostela, Nayarit, y agréguense a los autos únicamente para efectos de control, toda vez que ya se tuvo por cumplida la ejecutoria de amparo dictada en el presente asunto.
Se restituyó a la parte quejosa en el goce del derecho vulnerado con los actos en el juicio, en los términos de los artículos 77 y 196 de la Ley de Amparo, por lo cual dese vista a las partes por el plazo de quince días, contado a partir de su legal notificación, para que manifiesten lo que a su interés convenga, con el apercibimiento que de no hacerlo así, se tendrá por consentida esta determinación y se ordenará el archivo del presente asunto como totalmente concluido, de conformidad con el diverso 214 de la ley de la materia.
Se notifica por lista a la parte quejosa el proveído de seis de enero de dos mil veintiuno que a la letra dice: "se reciben el oficio y anexo del Juzgado Mixto de Primera Instancia en Compostela, Nayarit, por los cuales informa sobre el cumplimiento dado a la ejecutoria de amparo. se ordena dar vista a las partes quejosa y tercero interesada con su contenido, así como con el diverso oficio del jefe del Registro Público de la Propiedad del Distrito Judicial Bravos, recibido con antelación para que dentro del plazo de tres días manifiesten lo que a su derecho convenga".
Se advierte que no fue posible notificar a la parte quejosa el auto de seis de enero de dos mil veintidós, por las razones que ahí se expresan. Con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso a), de la Ley de Amparo, notifíquese a la parte quejosa el presente proveído, el de seis de enero de dos mil veintidós, así como los subsecuentes, aun los que ordenen notificaciones de carácter personal, por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado, hasta en tanto señale domicilio para tales efectos.
Visto el oficio de cuenta, los Oficiales Notificadores y Ministros Ejecutores adscritos a la Unidad de Notificación y Ejecución del Distrito Judicial Bravos, informan los actos tendientes al cumplimiento de la ejecutoria de amparo, las que serán tomadas en consideración en el momento procesal oportuno.
se reciben el oficio y anexo del Juzgado Mixto de Primera Instancia en Compostela, Nayarit, por los cuales informa sobre el cumplimiento dado a la ejecutoria de amparo. se ordena dar vista a las partes quejosa y tercero interesada con su contenido, así como con el diverso oficio del jefe del Registro Público de la Propiedad del Distrito Judicial Bravos, recibido con antelación para que dentro del plazo de tres días manifiesten lo que a su derecho convenga.
Se recibe el oficio y anexo de la autoridad responsable Jefa del Registro Público de la Propiedad del Distrito Judicial Bravos, por medio de los cuales informa sobre el cumplimiento dado a la ejecutoria de amparo; resérvese acordar lo conducente hasta en tanto las restantes autoridades den cumplimiento a la ejecutoria de amparo.
las autoridades responsables Juez y Secretario del Juzgado Mixto de Primera Instancia, con residencia en Compostela, Nayarit, informan las gestiones realizadas a fin de cumplir con la sentencia dictada en el presente juicio de amparo.
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